Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
VIENE DE TAPA

Córdoba, como así la designación de los coordinadores de la citada Junta.
Que obra Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 20 de Agosto de 2015
por los integrantes de dicho Barrio.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 5 ap.
III, 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución N 03/09 del entonces Ministerio de Gobierno.
Que asimismo se propone designar para desempeñarse como Coordinador y Coordinador suplente de la mencionada Junta, a las señoras Marisa Susana Leiva y Rosana Beatriz Leiva.
Que dentro del marco de la Ley de Seguridad Pública, las Juntas de Participación Ciudadana como auxiliares del Sistema de Seguridad Pública, se constituyen como ámbito de encuentro comunitario donde se desarrollan programas, subprogramas, proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan Estratégico Provincial para la Prevención Integral, que atienden problemáticas específicas locales y/o regionales, enmarcadas en el irrestricto respeto por los derechos humanos y el estado de derecho.
Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción en el Registro creado al efecto.
Por ello y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad bajo el N 841/2015, y en uso de las atribuciones conferidas mediante los Arts. 18 inc 4, ap. d, 10 y 11 del Decreto N 1387/2013, ratificado por la Ley 10.185;
EL MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio Los Eucaliptos, de la Ciudad de Córdoba, y por DESIGNADOS a las señoras
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 220

CÓRDOBA, 16 de Noviembre de 2015

Marisa Susana LEIVA D.N.I. N 21.756.223 y Rosana Beatriz LEIVA D.N.I. N 27.172.485 como Coordinadora y Coordinadora Suplente respectivamente.

Privados de Seguridad, en su informe N 000382, se expide favorablemente respecto a la habilitación de la firma peticionante, como así también la de sus Directores Técnicos Responsable y Sustituto.
Por ello, en virtud de lo prescripto en el art. 10 de la Ley N
9236, del art. 18 inc. 14 del Decreto N 1387/13 ratificado por la Ley N 10.185; y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad bajo el N 604/2014.

Artículo 2.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. MARCOS C. FARINA
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD

Resolución N 645
Córdoba, 3 de Noviembre de 2015.
VISTO: el Expediente Nº 0531-044874/2014, en el que se tramita la habilitación para funcionar como Prestadora Privada de Seguridad de la empresa LA TORRE SEGURIDAD INTEGRAL S.R.L, CUIT 30-71428460-2, y la habilitación de sus Directores Técnicos Responsable y Sustituto.

EL MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1º.- AUTORIZASE el funcionamiento como Prestadora Privada de Seguridad de la empresa La Torre Seguridad Integral S.R.L., CUIT 30-71428460-2, con domicilio en calle Oncativo Nº 67 1 B, de Barrio Centro, Córdoba Capital, Provincia de Córdoba, sin la autorización para el uso de armas.
Artículo 2º.- HABILITASE por el término de dos 2 años a los señores Daniel Alberto AGULLES D.N.I. N 14.693.421 y Vicente Norberto AGULLES D.N.I. N 12.626.000, como Directores Técnicos Responsable y Sustituto respectivamente, de la mencionada Entidad.

Y CONSIDERANDO:
Que analizada la documentación obrante en autos, se desprende que se han cumplimentado los requisitos legales exigidos por los artículos 17, 18, 24, 25 y concordantes de la Ley N 9236 para la habilitación y designación que se solicita.
Que dichos requisitos figuran en el detalle emitido por la Sección Control de la Dirección de Prestadores Privados de Seguridad que obra en autos.
Que luce incorporada Acta de Inspección realizada a la Empresa de autos, donde consta que la misma se encuentra en condiciones de funcionar.
Que al respecto, el Director de Jurisdicción de Prestadores
Artículo 3º.- Por intermedio de la Dirección de Jurisdicción de Prestadores Privados de Seguridad dependiente del Ministerio de Gobierno y Seguridad, extiéndase a ambos Directores Técnicos, Responsable y Sustituto respectivamente, credencial habilitante, sin autorización para el uso de armas.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

DR. MARCOS C. FARINA
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD

MINISTERIO DE

EDUCACION
Resolución N 1439
Córdoba, 5 de noviembre de 2015
VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-123595/2015, 0622125862/2014, 0109-123398/2015, 0109-116432/2013, 0109118626/2014 y 0109-119155/2014 del registro del Ministerio de Educación, Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias por motivos particulares presentadas por docentes dependientes de este Ministerio.
Que de las constancias de autos surge que los docentes que se nominan en el Anexo I del presente instrumento legal, presentaron la renuncia por razones particulares a cargos que cada uno detentaba.

particulares por el siguiente personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina en el Anexo I a la presente resolución, compuesto de una 1 foja, a los cargos, establecimientos y a partir de la fecha que en cada caso se especifican.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín ficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http goo.gl/d03kND

Resolución N 1440
Córdoba, 5 de noviembre de 2015

Que se ha dado cumplimiento con las disposiciones legales vigentes.
Que de las respectivas situaciones de revista surge que los docentes no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.

VISTO: Los Trámites Nros. DEIP01-751375050-812, SDEE01-248188132-014, DEIP01-775010050-914, DEIP01591346050-714, DEIP01-664387050-514 y DGES01552072132-414, del registro del Ministerio de Educación;

Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
ELMINISTRODEEDUCACION
RESUELVE
Art. 1.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de una 1 foja forma parte de este instrumento legal, a partir de las fechas que en cada caso se especifica, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.
Art. 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Y CONSIDERANDO:
Por ello, los informes producidos y lo dictaminado por el Área Jurídica de este Ministerio en cada caso en particular;
ELMINISTRODEEDUCACION
RESUELVE:

Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio previsional presentadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina en el Anexo I.

PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

ANEXO
http goo.gl/F6mMdw
Art. 1º.- ACEPTAR las renuncias presentadas, por razones
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/11/2015 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date16/11/2015

Page count3

Edition count4190

Première édition01/02/2006

Dernière édition31/07/2024

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