Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/05/2013 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 13 de mayo de 2013

B OLETÍN OFICIAL - AÑO C - T OMO DLXXX - Nº 73
la Entidad Civil denominada ASOCIACION CIVIL
COOPERADORA IPEM 268 DEAN FUNES , con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2:AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 9 A/13
Córdoba, 13 de febrero de 2013

ARTICULO 2.- LOS agentes de percepción nominados en el articulo 1 deberán comenzar a actuar como tales a partir del 1 de junio de 2013 inclusive.
ARTICULO 3.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. LUIS DOMÍNGUEZ
SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
MINISTERIO DE FINANZAS

DIRECCIÓN DE

INSPECCIÓN de PERSONAS JURÍDICAS
Resolución Nº 7 A/13
Córdoba, 13 de febrero de 2013
VISTO: El Expediente N 0007-100061/2012
mediante el cual la Entidad Civil denominada FUNDACIÓN COMUNIDAD CRISTIANA
APOSTOLICA, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda parte, inc. 1_, 35, 45 -primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N
19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACIÓN COMUNIDAD CRISTIANA APOSTOLICA, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 8 A/13
Córdoba, 13 de febrero de 2013
VISTO: El Expediente N 0007-101403/2012
mediante el cual la Entidad Civil denominada ASOCIACION CIVIL COOPERADORA IPEM 268
DEAN FUNES, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda parte, inc. 1_, 35, 45 -primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: APROBAR el Estatuto Social de
VISTO: El expediente N 0528-0003464/2009, por el cual otorga Personería Jurídica a la entidad Civil denominada BOMBEROS VOLUNTARIOS
DE LAS VERTIENTES, con asiento en la Ciudad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba, mediante Resolución N 460"A/2011 de fecha 24 de Octubre de 2011, dictado por esta Dirección.-

Primera Sección
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verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda parte, inc. 1_, 35, 45 -primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N
19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACION
CONSTRUIRNOS Estrategias para el Bienestar de Todos, con asiento en la Ciudad de Brinkmann, Provincia de Córdoba.
ARTICULO 2.- AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO
3:
PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS

Y CONSIDERANDO:
Que sobre el particular se observa la necesidad de modificar la citada Resolución, habida cuenta que se ha incurrido en un error material involuntario con relación a la fecha de la Resolución ya que en la misma aparece como RESOLUCION N 460 A /12 debiendo decir RESOLUCION N 460 A /11" .LA DIRECCION DE INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: RECTIFIQUESE la Resolución N 523"A/012 de fecha 22 de Noviembre de 2012, en donde dice de fecha: RESOLUCION
N 460 A/12" debe decir RESOLUCION N
460 A/11" de fecha 24 de Octubre de 2011.ARTICULO
2:
PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el, Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones, a sus efectos DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 10 A/13

Resolución Nº 11 A/13
Córdoba, 13 de febrero de 2013
VISTO: El Expediente N 0007-100245/2012
mediante el cual la Entidad Civil denominada FUNDACIÓN VISION INTERNACIONAL DE
AMOR-V.I.D.A., con asiento en la Ciudad de Cosquín, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado él cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda parte, inc. 1-, 35, 45 -primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N
19.836, Y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCION DE INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACIÓN
VISION INTERNACIONAL DE AMOR-V.I.D.A., con asiento en la Ciudad de Cosquín, Provincia de Córdoba.ARTICULO 2: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-

Córdoba, 13 de febrero de 2013
VISTO: El Expediente N 0007-102525/2012
mediante el cual la Entidad Civil denominada FUNDACIÓN CONSTRUIRNOS Estrategias para el bienestar de todos, con asiento en, la Ciudad de Brinkmann, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha
ARTICULO
3:
PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/05/2013 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date13/05/2013

Page count5

Edition count4172

Première édition01/02/2006

Dernière édition04/07/2024

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