Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/05/2013 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 24 de mayo de 2013

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Segunda Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO C - T OMO DLXXX - Nº 82

SECCIÓN

AÑO C - TOMO DLXXX - Nº 82
CORDOBA, R.A., VIERNES 24 DE MAYO DE 2013

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

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PODER

LEGISLATIVO

Bandera Oficial de la Provincia de Córdoba Establecen el diseño, las dimensiones, proporciones, características de la tela, colores y accesorios.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

Ley: 10145
TÍTULO I
PRINCIPIOS GENERALES
Capítulo Único Del Objeto ARTÍCULO 1º.- Objeto. La presente Ley tiene por objeto establecer el diseño, las dimensiones, proporciones, características de la tela, colores y accesorios de la Bandera Oficial de la Provincia de Córdoba -en adelante la Banderacreada por Ley Nº 9806.
TÍTULO II
ESPECIFICACIONES DE LA BANDERA
Capítulo I
De las Características Generales ARTÍCULO 2º.- Diseño. La Bandera debe estar compuesta por tres 3 franjas verticales de igual ancho, una roja, una central blanca y una celeste, dispuestas en el orden y con la gradación de los colores indicados en esta Ley.
Debe llevar delineada en el centro de la franja blanca la imagen del Sol Jesuita, compuesto de treinta y dos 32 rayos -dieciséis 16 rectos y dieciséis 16 flamígeros, dispuestos alternadamente-, tal como se muestra en las imágenes contenidas en el Anexo I que, compuesto de dos 2 fojas, forma parte de la presente Ley.
El baricentro de la Bandera debe coincidir con el centro del sol, después de la confección.
ARTÍCULO 3º.- Dimensiones. Las medidas modelo para la Bandera son: novecientos milímetros 900 mm de ancho por un mil cuatrocientos cuarenta milímetros 1.440 mm de largo.
ARTÍCULO 4º.- Proporciones. La Bandera, sin importar su tamaño, guardará las siguientes proporciones entre sus distintos elementos:

a Ancho y largo. La proporción entre el ancho y el largo, independientemente de su tamaño, debe respetar la siguiente ecuación:
L = 1,6 x a, siendo L el largo de la Bandera y a su ancho.
En la Bandera de izar el ancho debe ser -como mínimoigual a un quinto 1/5 de la altura del mástil, a excepción de los mástiles de los frentes de edificios.
b Franjas. El ancho de cada franja debe obtenerse dividiendo el largo por tres 3.
c Sol. El diámetro interior del sol, como así también su diámetro exterior, deben guardar las siguientes proporciones respecto del largo de la Bandera:
d = L/8,5
D = d x 2,5
siendo d el diámetro interior o cara del sol y D su diámetro total o exterior tomado de extremo a extremo de los rayos rectos opuestos.
ARTÍCULO 5º.- Colores. Los colores de la Bandera son los siguientes:
a Rojo: Pantone 186 C;
b Azul Celeste: Pantone 284 C;
c Dorado: Pantone 873 C, y d Blanco.
ARTÍCULO 6º.- Tela. La tela de la Bandera debe ser de la fibra establecida por el organismo requirente y de filamento continuo. Su determinación debe hacerse según la norma IRAMAAQCT B 7841. Puede ser tejido de calada o de punto y debe cumplir los requisitos establecidos en las Tablas 1 ó 2 -según correspondadel Anexo II que, compuesto de dos 2 fojas, forma parte de esta Ley.
ARTÍCULO 7º.- Terminaciones y tolerancias. El color y el acabado de la Bandera deben ser uniformes. Todas las especificaciones determinadas en la presente Ley tienen una tolerancia en más o en menos de un cinco por ciento 5%.
Capítulo II
De las Características de su Confección ARTÍCULO 8º.- Cuerpo. La Bandera debe ser confeccionada:

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a Con tres 3 franjas verticales de igual tamaño, con costuras o sin ellas;
b De tela simple las de izar, pudiendo llevar refuerzos de la misma tela de la que estuviere confeccionada, de forma triangular, ubicados en los vértices, y c De tela doble, sin refuerzos, las banderas de ceremonia.
ARTÍCULO 9º.- Paños. En el caso de paños estampados acorde al diseño de la Bandera, no deben existir uniones entre franjas costuras horizontales internas pero el resto de las costuras deben ser iguales a las indicadas en esta Ley, según posea refuerzos o no.
ARTÍCULO 10.- Sol. En la Bandera de ceremonia el sol debe ser enteramente bordado a mano o a máquina con hilo tipo lurex dorado u otra fibra similar que simule hilo metálico de oro.
En la Bandera de izar puede -indistintamenteestar bordado o estampado, respetando las especificaciones del párrafo precedente.
En ambos casos, el sol debe coincidir con el diseño establecido en los artículos 2º y 4º de la presente Ley.
ARTÍCULO 11.- Hilo y tipo de puntadas. Las puntadas dadas en la costura de la Bandera deben hacerse con hilo multifilamento de dos 2 cabos -como mínimonúmero sesenta 60, de poliamida estabilizada a la luz o de poliéster. Las puntadas deben ser del tipo 301, realizadas con máquina de dos 2 agujas o con dos 2 pasadas en máquinas de una 1 sola aguja, conforme detalle obrante en la figura 1 del Anexo III que, compuesto de una 1 foja, forma parte de la presente Ley.
ARTÍCULO 12.- Costuras de la Bandera de izar. Las costuras de la Bandera de izar deben tener las siguientes características:
A Costuras de las banderas sin refuerzo:
a Costuras verticales:
1 Externa: del lado del mástil debe ser del tipo 3.22.02 ver figura 2 del Anexo III con dos 2 o más pasadas de la aguja, según el tamaño de la Bandera;
2 Externa: del lado opuesto al mástil, debe formar un dobladillo del lado del reverso, con costuras del tipo 6.03.01 ver figura 2
del Anexo III, más ancho y con más pasadas de la aguja que en
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
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Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/05/2013 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date24/05/2013

Page count10

Edition count4170

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Dernière édition02/07/2024

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