Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/11/2009 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 23 de noviembre de 2009

1

SECCIÓN

AÑO XCVII - TOMO DXXXVIII - Nº 218
CORDOBA, R.A. LUNES 23 DE NOVIEMBRE DE 2009

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
Ministerio de Obras y Servicios Públicos
Dirección General de Rentas
Resolución Nº 143

Intiman a contribuyentes con créditos fiscales incobrables Resolución General Nº 1680

contribuyentes para que acrediten la regularización de la deuda.

Córdoba, 16 de Noviembre de 2009
VISTO: la Resolución del Ministerio de Finanzas N 43/2003 B.O 28-08-03 y la Resolución Normativa Nº 1/2009 B.O. 05-10-09 y modificatorias.
Y CONSIDERANDO:
QUE a través de la mencionada Resolución Ministerial se creó el Registro Único de Deudores Fiscales Morosos con la finalidad de incorporar al mismo a las personas físicas o jurídicas demandadas por créditos fiscales en ejecuciones fiscales, cuya incobrabilidad se establezca.
QUE en el Capítulo 11 del Título II de la Resolución Normativa N 1/2009 y modificatorias se reglamentaron las condiciones que deben verificarse a los fines de determinar la presunta incobrabilidad por inexistencia de bienes susceptibles de ser ejecutadosasegurando un adecuado procedimiento de selección para disponer como última medida de acción por parte del Fisco la inhibición general del deudor y su consecuente inclusión en el Registro Único de Deudores Fiscales Morosos.
QUE verificadas las condiciones establecidas por Resolución Normativa y no habiéndose acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección el cumplimiento de las obligaciones tributarias, es que se procede a efectuar la presente nominación de contribuyentes personas físicas o jurídicas - demandados por créditos fiscales.
QUE se estima prudente, previo a disponer su incorporación al Registro y a su publicación, intimar y otorgar un plazo adicional de cinco 5 días a los
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 18 del Código Tributario, Ley Nº 6006, T.O. 2004 y sus modificatorias, y el Artículo 4 de la Resolución Ministerial N 43/2003
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER la nómina de contribuyentes con créditos fiscales incobrables que se detallan en el Anexo I y que forman parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- INTIMAR a los Contribuyentes nominados en el Anexo mencionado en el artículo precedente, para que en el término de cinco 5 días hábiles de la publicación acrediten en forma fehaciente la regularización de la deuda.
ARTÍCULO 3º.- DISPONER la incorporación en el Registro Único de Deudores Fiscales Morosos creado por Resolución Ministerial N 43/2003- a los contribuyentes nominados en el Anexo I de la presente que no hubiesen acreditado la regularización de la deuda en el plazo previsto en el artículo anterior y DAR A PUBLICIDAD del mismo en la página de Gobierno www.cba.gov.ar en el apartado del Ministerio de Finanzas -Dirección de Rentas-.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE
en el Boletín Oficial, PASE conocimiento de los Sectores pertinentes y archívese.
CR. ALFREDO LALICATA
DIRECTOR GENERAL
CONTINÚA EN PÁGINAS 2 Y 3

Expediente Nº 0451-056219/09

Córdoba, 6 de Octubre de 2009

VISTO: este expediente en el que obra la Resolución Nº 126/09 de este Ministerio por la cual se imputó el egreso que implica el cumplimiento del Convenio celebrado con fecha 15 de junio de 2009, entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Malagueño, del cual surge el compromiso asumido por ambas partes de llevar adelante la Obra: CONSTRUCCIÓN DE CÁMARA
REDUCTORA DE PRESIÓN DE GAS NATURAL EN BARRIOS VILLA LA
PERLA Y VILLA LA PERLA AMPLIACIÓN DE LA LOCALIDAD DE
MALAGUEÑO.
Y CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Malagueño ha presentado oportunamente el Proyecto, Cómputo y Presupuesto y demás documentos para la concreción de la obra de que se trata.
Que en el Convenio mencionado, obrante a fs. 6/7 de autos, la citada Municipalidad se obliga a realizar las contrataciones que sean necesarias para ejecutar la obra, en la forma, condiciones y demás especificaciones establecidas en el proyecto respectivo, vinculando dichas relaciones contractuales de manera exclusiva y excluyente a la Municipalidad, como asimismo la Dirección Técnica de la Obra, Inspecciones y Certificados de avance de la misma, mientras que la Provincia tendrá la facultad de supervisar el avance de los trabajos que realice la Municipalidad y/o Terceros.
Que la Provincia de Córdoba, a través de este Ministerio, asume el costo que demande la ejecución de la obra de referencia, el cual asciende a la suma de $ 192.977,00, a través de aportes económicos no reintegrables, que se harán efectivos en cada caso mediante un adelanto y el saldo contra la certificación mensual y consecutiva de avance de obra, la que será expedida por la Municipalidad, hasta completar el monto total del Convenio.
Que el Convenio mencionado se refiere al otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de Malagueño, por el monto consignado en su artículo primero, con la modalidad prevista en su artículo tercero y con una finalidad determinada, encuadrándose en las previsiones del artículo 6º de la Ley 9191, por lo que resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Nº 126/09 de este Ministerio.
Por ello y lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 458/09, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 126, de fecha 4 de setiembre de 2009, de este Ministerio.
ARTÍCULO 2º.- OTORGAR un subsidio por la suma de PESOS CIENTO
NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE $ 192.977,00
a favor de la Municipalidad de Malagueño, conforme lo establecido en el Convenio celebrado con fecha 15 de junio de 2009, entre la Provincia de Córdoba, representada por el señor Gobernador, Cr. Juan SCHIARETTI, por una parte, y la citada Municipalidad, representada por su Intendente , señor Pedro Pascual CONTINÚA EN PÁGINA 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/11/2009 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date23/11/2009

Page count5

Edition count4177

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Dernière édition12/07/2024

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