Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/11/2009 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 3 de noviembre de 2009

1

SECCIÓN

PUBLICACIONES

AÑO XCVII - TOMO DXXXVIII - Nº 204
CORDOBA, R.A. MARTES 3 DE NOVIEMBRE DE 2009

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
Ministerio de Salud
Dirección de Inspección de Personas Jurídicas
Plan de lucha contra el Dengue: relevamiento domiciliario Fijan el 15 de noviembre de 2009
para su realización.
Resolución Nº 818

Plan Director, la determinación de la fecha de realización del relevamiento domiciliario.
Por ello y por lo informado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales:

Córdoba, 30 de Octubre de 2009

VISTO: La competencia funcional acordada a esta Cartera de Salud, en virtud de las disposiciones de los incisos 3, 15, 20, 22 y 23 del Artículo 26 de la Ley N 9.454; y de las disposiciones emanadas de la Ley N 9.666, aprobatoria del Plan Director de Lucha contra el Dengue.
Y CONSIDERANDO:
Que el Plan Director de Lucha contra el Dengue establece como objetivo central, la prevención de la aparición o reaparición de casos de Dengue en el Territorio Provincial;
Que el dicho Plan prevé como una de sus acciones básicas ,el control de los criaderos de agentes transmisores de la enfermedad existentes en inmuebles públicos o privados, con el propósito de impedir la cría y reproducción del mosquito transmisor.
Que como acción específica de prevención se ha contemplado en la Ley N 9.666, artículo 6º, la realización de un relevamiento domiciliario, con rigor metodológico censal estadístico.
Que las Secretarías de Programación Sanitaria y de Coordinación Técnico Administrativo han sido instruidas por el suscripto para ejecutar la actividad de que se trata.
Que la Dirección de Estadística y Censos, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, en coordinación con el Ministerio de Salud, ha tomado la intervención que el artículo 6º de la Ley N 9.666 y su reglamentación le asignan.
Que asimismo y con la coordinación de dicha unidad de organización, participan de las diligencias preparatorias del relevamiento, e intervendrán en su ejecución, el Ministerio de Educación a los fines de la convocatoria a encuestadores y jefes de radio, fracción o regionales, el Ministerio de Gobierno a los fines de la participación de la Policía de la Provincia y la Secretaría de Prensa y Difusión de la Provincia de Córdoba al efecto de la amplia difusión del relevamiento.
Que corresponde a esta Cartera, en tanto autoridad de aplicación del
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
1.- FÍJESE el día QUINCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL NUEVE 15/
11/2009 para la realización del Relevamiento Domiciliario previsto en el Artículos 4 incisos a, b, c y d y 6 del Anexo I al Decreto N 1447/09, reglamentario de la Ley N 9666, del Plan Director de Lucha contra el Dengue.2.- APRUEBANSE las Normas de procedimiento y el Instrumento de relevamiento domiciliario que como Anexos I y II, lo que compuestos de DOS 2 y UNA 1 fojas, respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución.
3.- LAS Secretarías de Programación Sanitaria y de Coordinación Técnico Administrativo tendrán a su cargo la coordinación operativa del Relevamiento Domiciliario objeto del presente instrumento legal.
4º.- REQUIERASE al Ministerio de Gobierno, y por su digno intermedio a la Jefatura de Policía; a la Secretaría General de la Gobernación, y por su digno intermedio a la Dirección de Estadística y Censos; al Ministerio de Educación, y por su digno intermedio a la Secretaría de Relaciones Institucionales; y a la Secretaría de Prensa y Difusión, la cooperación institucional y asistencia técnica que sea menester, en el marco de las competencias funcionales de cada una de las estructuras relacionadas, teniendo en cuenta la especificidad del Relevamiento Domiciliario.
5.- EN el marco de las competencias otorgadas al titular de esta Cartera por el artículo 2 de la Ley N 9.666 y atento el carácter de orden público que reviste la misma, REQUIÉRASE a los Municipios y Comunas de la Provincia, hayan adherido o no a la ley, que efectúen las previsiones logísticas, administrativas e institucionales que fuesen necesarios a los fines de facilitar el desarrollo del relevamiento domiciliario en sus respectivas jurisdicciones.6º.- LA Dirección General de Planificación y Control Administrativo gestionará y realizará las adecuaciones pertinentes, a fin de dar previsión presupuestaria y financiera a las erogaciones que el Relevamiento Domiciliario demande.
CONTINÚA EN PÁGINA 2

Resolución Nº 526 A/09
Córdoba, 16 de Octubre de 2009
VISTO: El Expediente Nº 0007-077132/
2009 en el cual constan actuaciones referidas a la Entidad ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL INSTITUTO PRIVADO DE
ENSEÑANZA ESPECIAL INED DE CORRAL DE BUSTOS, con asiento en la localidad de Corral de Bustos, Provincia de Córdoba.Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 se presentan un grupo de asociados, manifestando una serie de irregularidades de la Entidad, ASOCIACIÓN
COOPERADORA DEL INSTITUTO PRIVADO DE ENSEÑANZA ESPECIAL INED
DE CORRAL DE BUSTOS, con asiento en la localidad de Corral de Bustos, Provincia de Córdoba y solicitan se designe una Comisión Normalizadora.Que conforme lo manifiesta el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones en el Informe Técnico obrante a fs.13/14 la Entidad posee Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 009 A de fecha 24 de Enero de 1986.Que de nuestros registros surge que la fecha de cierre del ejercicio económico opera el 31 de Agosto de cada año, registrándose el último acto social realizado por dicha entidad, es una asamblea de fecha 28 de Mayo de 1993, encontrándose actualmente los mandatos vencidos, adeudándose los balances desde el 31/
08/1993 al 31/08/2009, por lo tanto la Institución se encuentra en la situación prevista en el Inc. j, Apartado 2 del Art. 10
de la Ley Nº 8652.Que se estiman cumplidos los requisitos CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/11/2009 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date03/11/2009

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