Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/03/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 17 de marzo de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXVIII - Nº 53
CORDOBA, R.A. LUNES 17 DE MARZO DE 2008

PUBLICACIONES

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
ACUERDOS
JUECES DE PAZ DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

SUBSECRETARÍA DE ARQUITECTURA

RESOLUCION Nº 10
Córdoba, 15 de enero de 2008
Expte. N 0047-012517/2005
VISTO este Expediente en el que a fs.2956 se eleva para su aprobación el Acta de Recepción Provisional Total, de la obra: PASEO DEL BUEN
PASTOR, ubicado en Hipólito Irigoyen Nº 325 Bº Nueva Córdoba - Córdoba - Departamento Capital, suscripta con la Contratista de la misma, la empresa HENISA SUDAMERICANA S.A; adreferendum de Autoridad Competente;
Y CONSIDERANDO:Que efectivamente a fs.2956 obra Acta de Recepción Provisional Total de fecha 17/12/07, la que labró sin observaciones, dejándose constancia que luego de inspeccionados los trabajos, los mismos han sido ejecutados conforme a lo establecido en documentación contractual;
Que a fs.2957 la inspección actuante propicia la aprobación de la mencionada Acta, como así también la devolución de las pólizas correspondientes, criterio que es compartido por División Inspección a fs.2958;
Que a fs.2959 corre agregada copia de la Resolución Nº 002/08 por la cual se amplía el plazo de obra;
Que a fs.2959 se expide División Jurídica mediante Dictamen Nº 12/2008 expresando que de la lectura del informe de inspección y del acto administrativo antes citado, surge que no existe mora alguna en la ejecución de los trabajos, habiendo sido concluídos los mismos dentro del término acordado para ello;
Que atento las constancias de autos, lo establecido por los arts.51 y 52 corr. Y conc. de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y lo dispuesto por los arts.79 y 108 inc.1º del Decreto Nº 4758/
77, puede la Superioridad, si así lo estima oportuno y conveniente, emitir acto administrativo aprobando el Acta de Recepción Provisional Total de fs.2956 y procediéndose a la devolución CONTINÚA EN PÁGINA 2

Modifican la tabla arancelaria TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NUMERO NOVECIENTOS
TREINTA Y UNO - SERIE A. En la ciudad de CORDOBA, a veintinueve días del mes de febrero del año dos mil ocho, se reúne en Acuerdo el Tribunal Superior de Justicia, bajo la Presidencia de su titular, Dr. Armando Segundo ANDRUET h, con la asistencia de los Señores Vocales, Dres. Aída TARDITTI, Luis Enrique RUBIO y María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, con la intervención del Administrador General, Lic. José María LAS HERAS, y ACORDARON:
VISTO: La presentación formulada por Jueces de Paz de este Poder Judicial, mediante la cual solicitan la actualización del valor arancelario establecido para la ejecución de mandamientos.
Y CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Reglamentario N 385
- Serie A, del 09/10/97, posteriormente modificado por Acuerdo Reglamentario N 437, del 12/05/98 del Tribunal Superior de Justicia, se fijó una tabla arancelaria a abonar por los litigantes por el diligenciamiento de procedimientos de los señores Jueces de Paz.
Que con posterioridad a la devaluación de la moneda operada en el año 2002, se han producido cambios relevantes en las variables macroeconómicas, provocando una consecuente readecuación de los precios relativos de los bienes, así como también del salario de tales Magistrados y recientemente, de la base de regulación de los honorarios de los letrados.
Que por ello, este Alto Cuerpo considera conveniente actualizar la tabla arancelaria establecida mediante los instrumentos legales respectivos, de tal manera que sea exclusivamente reparatorio del mayor costo que tienen que soportar dichos funcionarios por esta especial labor.
Que el Área Administración, conforme a un estudio de costos realizado, el cual contempla la evolución de los mismos desde que los aranceles fueron fijados, sugiere la siguiente tabla arancelaria: Embargos: Pesos Veinte $ 20,00; Constataciones: Pesos Veinte $ 20,00; Secuestros:
Pesos Treinta $ 30,00; Lanzamientos: Pesos Cuarenta $ 40,00;

Remates: Pesos Cuarenta $ 40,00 y Diligencias de toma de posesión de inmuebles e inventarios en general: Pesos Cuarenta $ 40,00.
Que por ello, SE RESUELVE:
Art. 1.- MODIFICAR, a partir del 10 de marzo del corriente año, la tabla arancelaria a abonar por los litigantes por el diligenciamiento de procedimientos de los señores Jueces de Paz, dispuesta mediante Acuerdo Reglamentario N 437, del 12/05/98 y establecer los siguientes valores: Embargos: Pesos Veinte $ 20,00; Constataciones: Pesos Veinte $ 20,00; Secuestros: Pesos Treinta $ 30,00; Lanzamientos:
Pesos Cuarenta $ 40,00; Remates: Pesos Cuarenta $ 40,00 y Diligencias de toma de posesión de inmuebles e inventarios en general:
Pesos Cuarenta $ 40,00.
Art. 2.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia. Colóquese en la página Web del Poder Judicial. Comuníquese a la Federación de Colegios de Abogados, Colegios de Abogados de la Provincia, al Sr.
Inspector de la Justicia de Paz y señores Jueces de Paz.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente del Tribunal Superior de Justicia y los Señores Vocales, con intervención del Administrador General, Lic.
José María LAS HERAS.
DR. ARMANDO SEGUNDO ANDRUET H
P RESIDENTE
DRA. AÍDA TARDITTI
VOCAL
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL
DRA. MARÍA DE LAS MERCEDES BLANC G. DE ARABEL
VOCAL
LIC. JOSÉ MARÍA LAS HERAS
ADMINISTRADOR GENERAL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/03/2008 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date17/03/2008

Page count3

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