Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/03/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 14 de marzo de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXVIII - Nº 52
CORDOBA, R.A. VIERNES 14 DE MARZO DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DECRETOS
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 302
Córdoba, 10 de marzo de 2008

Declaran de interés provincial la XIV Cabalgata Brocheriana
VISTO: El Expediente Nº 0034-058778/2008 y lo dispuesto en el artículo 102
de la Ley Impositiva Nº 9443.

PODER EJECUTIVO

Y CONSIDERANDO:
Que la Provincia, con el objetivo de mejorar la eficiencia en su función de administración tributaria, continúa instrumentando una serie de medidas tendientes a facilitar el cumplimiento por parte de los contribuyentes y/o responsables de sus obligaciones tributarias.
Que con fecha 23 de julio de 2003 la Provincia suscribió un convenio con la Administración Federal de Ingresos Públicos A.F.I.P. a los fines de la recepción por parte de ese Organismo Nacional de las declaraciones juradas y los pagos correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con posibilidad de extenderlo a otros tributos provinciales, encontrándose en su etapa final de concreción el procedimiento para la cancelación de tributos por transferencia electrónica.
Que el pago de impuestos por transferencia electrónica constituye una beneficiosa herramienta para los contribuyentes y/o responsables de las obligaciones tributarias, ya que no sólo facilita la ejecución del mismo sino por la mayor seguridad que brinda la utilización de medios electrónicos en reemplazo del manejo de dinero en efectivo.
Que asimismo, la citada herramienta constituye un medio ágil y menos costoso para el cobro de los tributos provinciales por parte de esta Administración.
Que para la concreción de esta medida se hace necesario suscribir convenios con Entidades Financieras regidas por la Ley Nº 21.526 a los fines de que realicen en nombre y representación de la Provincia de Córdoba, el servicio de cobranza de tributos provinciales, transmisión de información y acreditación de los fondos mediante transferencia electrónica.
Que en ese sentido se estima oportuno eximir del Impuesto de Sellos a los Convenios de Recaudación Bancaria celebrados entre la Provincia de Córdoba y las Entidades Financieras que realizarán dicho servicio.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para adecuar exenciones, mínimos, impuestos fijos, disposiciones, escalas y alícuotas respecto de los tributos legislados en el Código Tributario Provincial, de conformidad a los programas de reestructuración y armonización tributaria que se consideren oportunos, entre los que se encuentra el Impuestos de Sellos.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas y a lo informado por la Dirección de Asesoría Fiscal de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Finanzas CONTINÚA EN PÁGINA 2

DECRETO Nº 300
Córdoba, 10 de marzo de 2008
VISTO: La Nota N FE- 071764017-008, por la que los legisladores provinciales, señores Mabel del Carmen Genta, Hugo Oscar Cuello y Alfredo Altamirano, propician la declaración de Interés Provincial de la XIV CABALGATA BROCHERIANA, que se realizará entre los días 14 y 18 de marzo próximo.
Y CONSIDERANDO
Que desde hace catorce años, la Municipalidad de Villa Cura Brochero junto al Movimiento Transerrano Senderos del Cura Brochero, con el apoyo del Gobierno de la Provincia de Córdoba y la Agencia Córdoba Turismo S.E., organizan la expedición por caminos de las serranías provinciales con la intención de evocar las travesías que realizara a finales del siglo XIX y principios del siglo pasado José Gabriel del Rosario Brochero, el Cura Gaucho, misionando y realizando numerosas obras en el Valle de Taslasierra.
Que gracias a la obra, acción pastoral y peregrinaje de José Gabriel del Rosario Brochero, la región occidental de la Cumbre de Achala, mantuvo su identidad forjando un fuerte sentido de pertenencia a la Provincia de Córdoba.
Que debe destacarse la labor apostólica y secular realizada por el sacerdote, que con la travesía cuya declaración de interés provincial se propicia, quien con su acción abnegada, luchó durante toda su vida por el avance del oeste provincial, fundando escuelas y propiciando la realización de obras de infraestructura que llevaran el progreso y mejoraran la calidad de vida de sus coterráneos.
Que para la Edición 2008 de la Cabalgata se han previsto cinco días de travesía, teniendo salida el día catorce de marzo frente a la Catedral de la Ciudad de Córdoba y finalizando en Villa Cura Brochero el día dieciocho del mismo mes, recorriendo aproximadamente doscientos kilómetros, a lomo de caballos y mulas, atravesando los bellísimos paisajes de las sierras grandes y rememorando las sacrificadas travesías del Cura Gaucho.
Que, en esta edición se espera la participación de aproximadamente quinientos jinetes, quienes recorrerán el sendero que el religioso transitara hace más de cien años a
lomo de mula llevando la palabra de Dios por los más recónditos lugares.
Por ello, las disposiciones del Decreto N 592/04, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTÍCULO 1.- DECLÁRASE de Interés Provincial la realización de la XIV CABALGATA BROCHERIANA, que se llevará a cabo por caminos de las serranías de la Provincia de Córdoba, entre los días catorce y dieciocho de marzo próximo.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese copia a la Agencia Córdoba Turismo S.E., publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

ACUERDOS
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NUMERO NOVECIENTOS TREINTA Y DOS - SERIE A. En la Ciudad de Córdoba, a cinco días del mes de marzo de dos mil ocho, con la presidencia de su titular, Dr. Armando Segundo ANDRUET h, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. María Esther CAFURE DE BATTISTELLI, CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/03/2008 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date14/03/2008

Page count4

Edition count4177

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Dernière édition12/07/2024

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