Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/02/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 2192

provincial como federal; con las autoridades del Poder Judicial; con las autoridades del Poder Ejecutivo Provincial; con los Intendentes Municipales; con las Universidades; los gremios; empresarios; colegios profesionales; organizaciones de la sociedad civil; con los representantes de la COMIPAZ; con los medios de comunicación social y con todos aquellos otros sujetos que a criterio de la Comisión Consultiva cooperen en una mejor realización de su labor.
Que el proceso de consulta amplia y plural que se expone, será ejecutado no sólo en la ciudad de Córdoba, sino también en las de Río Cuarto, Villa Maria y San Francisco, en atención a su importancia en el marco institucional provincial.
Que la Comisión dispondrá: 1 Su plan de trabajo; 2 El periodo de duración del mismo; 3
La creación de una secretaría ejecutiva y el personal de apoyo que al efecto se designe y que, transitoriamente resulten necesarios para el cumplimiento de sus funciones; 4 La sede o sedes donde llevara a cabo sus labores. Asimismo, elevará al Poder Ejecutivo una propuesta del presupuesto necesario para el cumplimiento de su finalidad.
Que para financiar las actividades de la Comisión, este Poder Ejecutivo, a través de su Ministerio de Finanzas, asignará las partidas presupuestarias pertinentes, sin perjuicio de los
fondos o contribuciones en especie que organismos internacionales, nacionales o provinciales puedan aportar a este respecto.
Que el periodo máximo de funcionamiento de la Comisión será de nueve 9 meses contados desde la fecha de su constitución formal, el cual podrá ser oportunamente prorrogado por este Poder Ejecutivo Provincial si hubiese fundados motivos para ello.
Que la creación de esta Comisión Consultiva de Expertos, con la naturaleza, integración y objetivos asignados, constituye una propuesta institucional que permitirá potenciar el entendimiento intersectorial e interjurisdiccional y la gestión común para reafirmar y fortalecer los mecanismos de participación político-electoral de toda la Provincia, al brindar un ámbito de diagnóstico, debate y propuesta de acción en pos del afianzamiento y perfeccionamiento de los instrumentos jurídicos de participación democrática.
Por ello, lo dispuesto en los artículos 2, 3, 8, 9, 30, 144 inciso 1, concordantes y correlativos de la Constitución Provincial,
Córdoba, 11 de febrero de 2008

de Expertos que estará presidida por el reconocido jurista y experto en materia electoral internacional Dr. Daniel Zovatto, Director Regional de IDEA Internacional para América Latina, e integrada por las siguientes personalidades:
Señora Rectora de la Universidad Nacional de Córdoba Prof. Dra. Carolina Scotto; Señor Rector de la Universidad Católica de Córdoba Rvdo.
Padre Rafael Velazco S.J; Señor Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba Prof. Dr.
Ramón Pedro Yanzi Ferreyra; Señor Decano de la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Católica de Córdoba Prof. Magíster Mario Riorda; Señor Profesor Titular de la Cátedra de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba Dr. Antonio Maria Hernández; Señor Profesor Titular de la Cátedra de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Católica de Córdoba Dr. Jorge Gentile; Señor Fiscal Adjunto del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba y Presidente del Foro Federal de Organismos Electorales Provinciales de la República Argentina Dr. Hugo Pittaro; Señora Presidenta de la Asociación Civil El Agora, Dra. Claudia Laub.

de plena autonomía e independencia funcional de todo Poder del Estado Provincial.

Artículo 2.- ESTABLECESE que la Comisión creada en el artículo precedente, cuyas funciones se ajustarán en todo momento al objetivo propuesto, actuará en el ámbito del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Córdoba, y gozará
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

Artículo 3º.- DISPONESE que los integrantes de la Comisión Consultiva de Expertos desempeñarán sus funciones "ad honorem", debiendo concretar su objetivo en el plazo de nueve 9
meses computados desde la fecha de su efectiva integración, el cual podrá ser prorrogado oportunamente por el Poder Ejecutivo Provincial, si concurren fundados motivos para ello.
Artículo 4.- FACULTASE al Ministerio de Finanzas a realizar los ajustes contables y presupuestarios pertinentes que permitan instrumentar lo dispuesto en el presente instrumento legal.
Artículo 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 6º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publiquese y archívese.

CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

En uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- CREASE una Comisión Consultiva
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Decretos Sintetizados
VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 138

EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

PODER EJECUTIVO

R E S U E L V E:

DECRETO Nº 1868 - 30/11/07 - APRUÉBASE el Acta Acuerdo de la primera y segunda Redeterminación de Precios por Reconocimiento de Variación de Costos por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra "Pavimentación Ruta Provincial E-90-Tramo: Alcira - General Cabrera - Departamentos: Río Cuarto - Juárez Celman - Long. 44,00 KM", por la suma Pesos Siete Millones Quinientos Cuarenta Mil Setecientos Cuarenta y Nueve Con Diecisiete Centavos $ 7.540.749,17 suscripta el 30 de agosto de 2007, entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, señor Horacio D. Vega por una parte y por la otra el Ingeniero Carlos Alberto Pagella, en representación de la Empresa PAOLINI HNOS. S.A., contratista de la obra que como ANEXO I compuesto por nueve 9 fojas, forma parte integrante del presente Decreto, s/ Expte. Nº 0045-013286/05/A50017/07.-

Artículo 1º.- APROBAR el Acta de Recepción Provisional, de fecha 9 de febrero de 2007 correspondiente a los trabajos de la Obra: "MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO
CAMINERO REGIONAL Nº 15 - DEPARTAMENTO: RÍO CUARTO", a cargo del Consorcio Caminero Regional Nº 15.
Artículo 2º.- APROBAR la medición final efectuada y la Planilla Comparativa, según la cual se ha ejecutado la Obra por un monto total de Pesos Un Millón Cuatrocientos Ochenta y Tres Mil Ciento Cuarenta Con Ochenta Centavos $ 1.483,140,80, arrojando una diferencia en menos de Pesos Veintiún Mil Setecientos Noventa y Seis Con Setenta Centavos $ - 21.796,70.
Artículo 3º.- APROBAR el Certificado Nº 9 Final de Precios Contractuales por el mes de enero de 2007, que asciende a la suma de Pesos Treinta y Cinco $ 35,00, que será liquidado oportunamente mediante Orden de Pago Directa, según Informe Nº 25/07 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad.
Artículo 4º.- DESAFECTAR la suma de Pesos Veintiún Mil Setecientos Noventa y Seis Con Setenta Centavos $ -21.796,70, debido a la menor inversión por lo que se ha emitido Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Negativa Nº 1347/07 Compromiso Nº 552/07 , con cargo Jurisdicción 1.25, Sub-Programa 265/6, Proyecto 52, Partidas: Principal 12, Parcial 10, Obra 3101
del P.V.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Gerencia de recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

DECRETO Nº 1833 - 23/11/07 - APRUÉBASE el Acta Acuerdo De Redeterminación De Precios Por Reconocimiento De Variación De Costos por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: "Mejoramiento y Obras De Drenaje En Camino Al Cerro Los Linderos - Tramo: La Bifurcación - Cerro Los Linderos - Departamento: Calamuchita", por la suma de Pesos Un Millón Doscientos Veintidós Mil Seiscientos Sesenta y Cinco Con Treinta y Cinco $ 1.222.665,35 suscripta con fecha 23 de agosto de 2007, entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, señor Horacio D. VEGA por una parte y por la otra el señor Mauro César Britos en representación de la Empresa BRITOS Hnos. S.R.L., contratista de la obra, que como Anexo I compuesto por doce 12 fojas, forma parte integrante del presente Decreto, s/ Expte. Nº 0045-012972/04/A49649/07.DECRETO Nº 2077 - 6/12/07 - Convalídase lo actuado por la Dirección General de Rentas y en consecuencia déclarase de legítimo abono la deuda y autorízase el pago de la suma de Pesos Ciento Cincuenta y Seis Mil Cuatrocientos Seis Con Noventa Centavos $ 156.406,90
a favor de la firma Organización Courier Argentina S.A. OCASA, por el excedente de cedulones distribuidos por la misma en cumplimiento de lo dispuesto oportunamente por Decreto Nº 1529/07, s/ Expte. Nº 0027-035803/2007.DECRETO Nº 1248 - 21/08/07 - Apruébase el Acta Acuerdo de la primera y segunda Redeterminación de Precios por Reconocimiento de Variación de Costos por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: "Pavimentación Ruta Provincial Nº 10 - Tramo: Prog. 18.500 - Jovita Departamentos: Presidente Roque Sáenz Peña - General Roca", por la suma de Pesos Seis Millones Doscientos Dieciséis Mil Ciento Ochenta y Seis Con Noventa y Seis Centavos $ 6.216.186,96, suscripta con fecha 7 de diciembre de 2006, entre el entonces Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, señor Roberto René Jaime por una parte y por la otra el Ingeniero José María Urrutia y el señor Carlos Fernando Bergoglio, en representación de la firma Benito Roggio e Hijos S.A. - Electroingeniería S.A. - U.T.E., contratista de la obra, que como Anexo I compuesto por nueve 9 fojas forma parte integrante del presente Decreto, s/ Expte. Nº 0045-012612/04/A49296/06.DECRETO Nº 1877 - 3/12/07 - APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: "Puente Sobre Río Las Cañitas En Variante De Ruta Provincial Nº 23 - Departamento:
Río Cuarto", por la suma de Pesos Ciento Cincuenta y Dos Mil Doscientos Ochenta y Ocho Con Veintiún Centavos $ 152.288,21, suscripta el 18 de septiembre de 2007, entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, Horacio D. VEGA por una parte y por la otra el Ingeniero Raúl ENCABO, en su carácter de representante legal de la empresa Paschini Construcciones S.R.L., contratista de la obra, que como Anexo I compuesto de cinco 5 fojas, forma parte integrante del presente Decreto, s/ Expte. Nº 0045-013532/06/A50073/07.DECRETO Nº 1909 - 6/12/07 - Apruébase la contratación para la adquisición de un Inmueble ubicado en el lugar denominado Barrio Matienzo Ampliación Matienzo - Barrio Rosedal Anexo, Pueblo Alberdi según títulos, Departamento Capital de la Ciudad de Córdoba, en el marco del Programa Plurianual de Viviendas Federal II - "Hogar Clase Media", identificado como: Lote de Terreno, designado como lote Sesenta y Siete, linda al Norte con lote Sesenta y Uno; al Oeste con lote Sesenta y Seis; al Sur con lote Sesenta y Dos y al Este con Canal Nº 40, con una superficie de Noventa y Tres Mil Doscientos Diecinueve Metros Con Noventa y Nueve Decímetros Cuadrados 10 Has., más

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/02/2008 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date11/02/2008

Page count4

Edition count4177

Première édition01/02/2006

Dernière édition12/07/2024

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