Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/11/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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Córdoba, 27 de noviembre de 2006

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AGUA Y SANEAMIENTO
RESOLUCION Nº 446 - 6/09/06 - Aprobar la documentación técnica de cálculo de redeterminación de precios por reconocimiento de variación de costos acompañadas por la Empresa Odisa Obras De Ingenieria S.A.C.C. e I. Referentes a la Obra: Defensa Y
Costanera Miramar por un monto de Pesos Trece Millones Novecientos Cincuenta y Seis Mil Ochocientos Nueve Con Setenta y Seis Centavos $ 13.956.809,76, integrada por:
Redeterminación a Marzo 2006, Planilla de cotización de oferta, Análisis de Precios Comparados, Listado de Materiales, Mano de Obra y Equipos, actualizado a Marzo de 2006, Plan de Trabajos e Inversiones, actualizado a Marzo de 2006, Plan de Trabajos Contractual, Planilla de Equipos presentados con la Oferta, Índice de Precios considerados en la actualización a Marzo de 2006, Oferta y Análisis de Precios Contractuales, obrantes a Fojas 04/202 de las presentes actuaciones, s/ Expte. Nº 0416-035804/2003.RESOLUCION Nº 447 - 7/09/06 - Autorizarcon carácter Precario, Personal y Extraordinario -, a la Municipalidad De Mina Clavero a extraer material árido del cauce del Río de Los Sauces en la zona ubicada aguas abajo del antiguo vado San Sebastián con una pala cargadora frontal, bajo las siguientes condiciones: ALa autorización es de carácter Precario, Personal y Extraordinario y tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre de 2006. BLas extracciones deberán realizarse en forma longitudinal siguiendo el cauce y de modo mantiforme no superando los cuarenta 40 centímetros de profundidad. CEl tramo a remover será de trescientos 300 m de largo por diez 10 metros de ancho y cuarenta 40 centímetros de profundidad. DDeberá respetarse para la extracción el horario comercial de la Zona, siendo diez horas diarias el máximo permitido. ELas tareas del retiro del material árido deberán ser realizadas de forma tal que no provoquen daños a las márgenes ni realizar pozos ni alterar las condiciones naturales del escurrimiento de las aguas. FEl transporte del material extraído deberá hacerse con sus correspondientes guías. GDe no cumplimentarse con lo arriba señalado o de extraer material fuera de los lugares indicados, es facultad de esta Dirección aplicar las sanciones previstas apercibimiento, multas, decomiso de equipos y/o dejar sin efecto la presente autorización HDentro de los cinco días hábiles posteriores a la recepción de la notificación, el recurrente deberá presentarse ante personal del Dpto. Explotación de esta Di.P.A.S.
para retirar los talonarios de guías, formularios de declaraciones juradas y ser instruido en los procedimientos administrativos y técnicos, s/ Expte. Nº 0416-046651/06.RESOLUCION Nº 451 - 11/09/06 - Autorizarcon carácter Precario, Personal y Extraordinario -, a la Municipalidad De Las Arrias, con domicilio en calle Manuel Belgrano s/n , a extraer material árido del Río Pisco Huasi a la altura del paraje denominado El Corito, con una pala cargadora frontal. El frente asignado se medirá desde 200 metros agua arriba del paso existente. ALa autorización es de carácter Precario, Personal y Extraordinaria y tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre de 2006. BLas extracciones deberán realizarse en forma longitudinal siguiendo el cauce y de modo mantiforme no superando los 80 cm. de profundidad. C La sección a extraer será de cinco 5 metros de solera y ochenta 80 centímetros de profundidad con taludes de pendiente 1:2, siguiendo la traza longitudinal del río en un frente de cien 100 metros. D El volumen máximo a remover mensualmente será de quinientos 500 metros cúbicos. E Deberá respeterse para la extracción el horario comercial de la Zona, siendo diez horas diarias el máximo permitido. F Las tareas del retiro del material árido deberán ser realizadas de forma tal que no provoquen daños a las márgenes ni realizar pozos ni alterar las condiciones naturales del escurrimiento de las aguas. G El transporte del material extraído deberá hacerse con sus correspondientes guías. HDe no cumplimentarse con lo arriba señalado o de extraer material fuera de los lugares indicados, es facultad de esta Dirección aplicar las sanciones previstas apercibimiento, multas, decomiso de equipos y/o dejar sin efecto la presente autorización. IDentro de los cinco días hábiles posteriores a la recepción de la notificación, el recurrente deberá presentarse ante personal del Dpto. Explotación de esta Di.P.A.S. para retirar los talonarios de guías, formularios de declaraciones juradas y ser instruido en los procedimientos administrativos y técnicos, s/ Expte. Nº 0416-45307/
06.RESOLUCION Nº 452 - 11/09/06 - Ordenar el cese inmediato del vertido de efluentes líquidos al Embalse Piedras Moras por parte del Establecimiento La Costa ubicado en la zona rural de la localidad de Almafuerte. Aplicar al Establecimiento La Costa, ubicado en la zona rural de la localidad de Almafuerte, una multa de Pesos Cinco Mil Ochocientos $ 5.800,00, por efectuar el vertido de sus líquidos residuales al Embalse Piedras Moras sin autorización de esta Dirección. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de Diez l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial.- Emplazar al Sr. Aldo Antonio Bordiga, y/o quien resulte responsable y/o responsable legal del establecimiento dedicado a la cría y engorde de cerdos denominado Establecimiento La Costa, para que en el plazo de Treinta 30 días, contados a partir de su notificación, cumplimente con la normativa contenida en el Decreto 415/99 y su modificatorio 2711/01 bajo apercibimiento de los Arts. 183, 187 y 276 del Código de Aguas de la Provincia de Córdoba Dec. Ley Nº 5589. Notificar a la Municipalidad De Almafuerte que el Establecimiento La Costa, ubicado en la zona rural de la localidad de Almafuerte, no ha cumplimentado con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estas actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función
de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente, según Expediente Nº 0416-046397/06.RESOLUCION Nº 453 - 11/09/06 - Autorizar En Forma Precaria al Lavadero de Prendas Textiles de propiedad de la Sra. Ana Gladys Cardone, denominado comercialmente Lavandería Gafa y ubicado en Recta Martinolli N 5921 del B Villa Belgrano la descarga, al subsuelo a través de un pozo absorbente, de efluentes líquidos residuales tratados, los cuales son generados en el lavado de las prendas textiles, bajo las condiciones establecidas, s/ Expte. Nº 0416-037306/04.RESOLUCION Nº 454 - 11/09/06 - Autorizarcon carácter Precario, Personal y Extraordinario -, a la Municipalidad De San José De La Dormida, con domicilio en Av.
San Martín nº 590 -, a extraer material árido del Río Pisco Huasi a la altura del paraje denominado El Corito, con una pala cargadora frontal, bajo las siguientes condiciones:
A La autorización es de carácter Precario, Personal y Extraordinaria, y tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre de 2006. BLas extracciones deberán realizarse en forma longitudinal siguiendo el cauce y de modo mantiforme no superando los 80 cm. de profundidad. CLa sección a extraer será de cinco 5 metros de solera y ochenta 80
centímetros de profundidad con taludes de pendiente 1:2, siguiendo la traza longitudinal del río en un frente de cien 100 metros. DDeberá respetarse para la extracción el horario comercial de la Zona, siendo diez horas diarias el máximo permitido. EEl volumen máximo a remover mensualmente será de quinientos 500 metros cúbicos.
FLas tareas del retiro del material árido deberán ser realizadas de forma tal que no provoquen daños a las márgenes ni realizar pozos ni alterar las condiciones naturales del escurrimiento de las aguas. Los trabajos serán controlados por personal de esta Di.P.A.S. GEl transporte del material extraído deberá hacerse con sus correspondientes guías. HDe no cumplimentarse con lo arriba señalado o de extraer material fuera de los lugares indicados, es facultad de esta Dirección aplicar las sanciones previstas apercibimiento, multas, decomiso de equipos y/o dejar sin efecto la presente autorización IDentro de los cinco días hábiles posteriores a la recepción de la notificación, el recurrente deberá presentarse ante personal del Dpto. Explotación de esta Di.P.A.S. para retirar los talonarios de guías, formularios de declaraciones juradas y ser instruido en los procedimientos administrativos y técnicos, s/ Expte. Nº 041645421/06.RESOLUCION Nº 455 - 11/09/06 - Aplicar al Lavadero De Autos y Camiones, propiedad del Sr. Carlos Minetti y/o quien resulte propietario y/o responsable legal, sito en calle Agustín P. Justo Nº 106 de la localidad de Tránsito, una multa de Pesos Cuatrocientos Treinta y Cinco $ 435,00 por incumplimiento a los emplazamientos formulados por esta Dirección a los fines de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales.
Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial y de persistir en la omisión de presentación de la documentación exigida, de aplicar lo establecido en el Art. 276º multa conminatoria de la Ley 5589.
Notificar a la Municipalidad De Transito que el Lavadero De Autos y Camiones, propiedad del Sr. Carlos Minetti, sita en calle Agustín P. Justo Nº 106 de esa localidad, No Ha Cumplimentado con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estos actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente, s/ Expte. Nº 0416-041835/05.DIRECCIÓN DE TRANSPORTE
RESOLUCION Nº 276 - 7/09/06 - Dejar sin efecto, a mérito de la renuncia presentada por el señor Roberto Irastorza -D.N.I. Nº 6.652.037-, el permiso de explotación que le fuera conferido por Decreto Nº 1437/95, para que prestara un Servicio Especial de transporte de pasajeros mediante contratación previa en cada caso y sin recorrido permanente, con centro en Coronel Moldes. Autorizar la baja de la unidad que estuviera afectada al servicio que prestaba el señor Roberto Irastorza, cuyos datos identificatorios se detallan: - Marca Iveco, modelo del año 2001, chasis Nº ZCFA3570115293909, motor Nº 37113192986, de 15 asientos, Tacógrafo Digitac AA5046, Dominio Nº DQV 264, chapa MOP Nº E 1241, s/
Expte. Nº 0048-29402/06.RESOLUCION Nº 277 - 7/09/06 - Dejar efecto, a mérito de la renuncia presentada por el señor Saurit Antonio Eder -D.N.I. Nº 4.582.950-, el permiso de explotación que le fuera conferido por Resolución Nº 024/03, para que prestara un Servicio Especial de transporte de pasajeros mediante contratación previa en cada caso y sin recorrido permanente.
Autorizar la baja de la unidad que estuviera afectada al servicio que prestaba el señor Saurit Antonio Eder, cuyos datos identificatorios se detallan: - Marca Toyota, modelo del año 1996, chasis Nº HZB500006074, motor Nº 0141763, de 19 asientos, Tacógrafo Digitac 1994, Dominio Nº BAD 453, chapa MOP Nº E 1637, s/ Expte. Nº 0048-29356/06.RESOLUCION Nº 278 - 7/09/06 - Autorizar la baja de la unidad que estuviera afectada al servicio que presta la empresa Expreso Diferencial Córdoba Río Cuarto S.R.L., cuyos datos identificatorios se detallan: - Marca Toyota, modelo del año 1997, chasis Nº

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/11/2006 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date27/11/2006

Page count7

Edition count4175

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