Boletín Oficial de la República Argentina del 20/01/2015 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 20 de enero de 2015

Pág.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.053

9

MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
Decisión Administrativa 1245/2014
Contratación en la Agencia Nacional de Seguridad Vial

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2683/2014
Danse por asignadas funciones en la Dirección de Inspección Federal

10

MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
Decisión Administrativa 1246/2014
Contrataciones en la Agencia Nacional de Seguridad Vial

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2648/2014
Designación en la Dirección de Programación Operativa

10

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2682/2014
Designación en la Unidad de Auditoría Interna

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2649/2014
Designación en la Secretaría de Trabajo
MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2650/2014
Designación. .

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2652/2014
Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales

13

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2653/2014
Designación en la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera

14

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2654/2014
Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales

15

15

AVISOS OFICIALES
Nuevos
Anteriores

23
36

TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES

47

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

47

d Incorporar mecanismos de control necesarios que garanticen la entrega en tiempo y en forma de los materiales necesarios para las personas ostomizadas.
ARTÍCULO 3 La cantidad de dispositivos que se le otorgará mensualmente al paciente dependerá de las necesidades del mismo conforme a la prescripción del profesional médico.
ARTÍCULO 4 Las características técnicas y de calidad de los dispositivos o bolsas y los elementos accesorios deberán garantizar la tolerancia del organismo de las personas ostomizadas y su calidad de vida.

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1244/2014
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público

16

MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decisión Administrativa 1249/2014
Apruébase contratación en la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa

16

17

MINISTERIO DECULTURA
Decisión Administrativa 1253/2014
Autorízase contratación

17

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 1252/2014
Autorízase contratación en la Subsecretaría de Organización Comunitaria

18

ARTÍCULO 5 La cobertura del total de los dispositivos está destinada al universo que componen todas las personas con ostomía, incluyendo como mínimo las prestaciones que determine la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 6 La cobertura debe disponer de un equipo interdisciplinario que garantice la salud física del paciente para su total rehabilitación y reinserción en la vida social.
ARTÍCULO 7 El Ministerio de Salud de la Nación desarrollará una guía clínica de distribución nacional en la que se especifiquen los cuidados necesarios para mejorar la calidad de vida de las personas ostomizadas.

MINISTERIO DEECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS
Decisión Administrativa 1248/2014
Dase por aprobada contratación en la Dirección General de Asuntos Jurídicos

18

MINISTERIO DEJUSTICIA YDERECHOS HUMANOS
Decisión Administrativa 1256/2014
Autorízanse contrataciones en la Unidad de Información Financiera

19

ARTÍCULO 8 Se recomienda al Ministerio de Salud de la Nación que incluya la información indispensable con indicaciones de hábitos saludables para el cuidado de las personas ostomizadas. Promoviendo en la comunidad espacios de reflexión y acción para la aprehensión de conocimientos básicos vinculados a la problemática.

19

ARTÍCULO 9 La presente ley entrará en vigor a partir de los noventa 90 días de su promulgación.

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 1257/2014
Autorízase contratación

20

ARTÍCULO 10. Invítese a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 11. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 1258/2014
Autorízase contratación

20

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 1251/2014
Autorízase contratación

20

MINISTERIO DECULTURA
Decisión Administrativa 1254/2014
Autorízase contratación

22

servicios referidos a la salud de los pacientes ostomizados;

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DEJUSTICIA YDERECHOS HUMANOS
Decisión Administrativa 1255/2014
Autorízanse contrataciones

21

12

12

MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decisión Administrativa 1250/2014
Apruébase contratación en la Unidad Ministro

Pág.

11

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 2651/2014
Designación

VIAJES OFICIALES
Decreto 2313/2014
Autorízase desplazamiento

2

21

DECRETOS

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decreto 2656/2014
Inclúyese a un funcionario en los alcances del Decreto N1840/86.

Bs. As., 30/12/2014
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0033403/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nros. 1840 del 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios y complementarios y 795 del 29 de mayo de 2014, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N1840 del 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios y complementarios, se prevé un régimen especial de compensación de los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados para cumplir funciones políticas, cuando su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN 100 kilómetros de la sede de sus funciones.
Que el señor D. Juan Diego LUNA D.N.I.
N28.122.571 ha sido designado mediante el Decreto N 795 del 29 de mayo de 2014 como Director Nacional de Estrategias para la Resolución de Conflictos de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION
Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que el referido funcionario ha acreditado su domicilio en MZA D TIRA 27 CASA
549 S/N B San Cayetano RESISTENCIA Provincia del CHACO, por medio de su Documento Nacional de Identidad, alcanzándole los beneficios acordados por el Decreto N1840/86 y sus modificatorios y complementarios.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL CATORCE.

Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

REGISTRADA BAJO EL N27.071

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

JULIAN A. DOMINGUEZ. JUAN H.
ESTRADA. Lucas Chedrese. Juan C. Marino.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/01/2015 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha20/01/2015

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones9395

Primera edición02/01/1989

Ultima edición13/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2015>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031