Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 23/9/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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DIRECCION GENERAL BOLETIN
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IMPRENTA
DIRECCION
VICTOR HUGO
HUGO LANARO
LANARO
VICTOR
Director General General Director
CUENTA Nº 07-0034

AÑO XLIX - Nº 3784

LEYES
LEY Nº 2708
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
Artículo 1.- ADHERIR en todos sus términos a la Ley Nacional 25.394, que establece la fecha del 11 de Octubre de cada año como "Día Nacional de la Patagonia", en recuerdo del 11 de Octubre de 1878
en que se promulgó la Ley 954 la cual crea la Gobernación del Territorio de la Patagonia.Artículo 2.- DECLARAR de Interés Provincial las evocaciones que se realicen en el ámbito de la Provincia de Santa Cruz en recordación de esta fecha histórica.Artículo 3.- INVITAR a las Municipalidades de la Provincia a adherir a la presente ley, con el fin de que la fecha del 11 de Octubre - "Día Nacional de la Patagonia" - sea recordada como tal, de acuerdo a la magnitud de celebración que determine el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz.Artículo 4.- REMITIR copia de la presente al Parlamento Patagónico con el fin de invitar a conjugar los trabajos de celebración, tratando de unificar las ciudades y comunidades de toda la Patagonia.Artículo 5.- El Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Santa Cruz incluirá en el Calendario Escolar la celebración de la fecha mencionada precedentemente.Artículo 6.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial, y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 26 de Agosto de 2004.CARLOS ALBERTO SANCHO
Presidente Honorable Cámara de Diputados JORGE MANUEL CABEZAS
Secretario General Honorable Cámara de Diputados DECRETO Nº 2772
RIO GALLEGOS, 17 de Setiembre de 2004.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Agosto de 2004, mediante la cual ADHIERE en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 25.394 que establece la fecha del 11 de Octubre de cada año como "DIA
NACIONAL DE LA PATAGONIA", en recuerdo del 11 de Octubre de 1878 en que se promulgó la Ley 954
la cual crea la Gobernación del Territorio de la Patagonia; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106º y 119º de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 2708 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Agosto de 2004, mediante la cual ADHIERE en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 25.394 que establece la fecha del 11 de Octubre de cada año como "DIA NACIONAL

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves RIO GALLEGOS S.C., 23 de Septiembre de 2004.Dr. SERGIO EDGARDO ACEVEDO
Gobernador Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO
Ministro de Gobierno Ing.º LUIS VILLANUEVA
Ministro de Economía y Obras Públicas NELIDA LEONOR ALVAREZ
Ministro de Asuntos Sociales Sr. LIDORO ALBERTO CHAILE
Ministro de la Secretaría General de la Gobernación Sra. INGRID BEATRIZ BORDONI
Presidente del Consejo Provincial de Educación Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Fiscal de Estado DE LA PATAGONIA", en recuerdo del 11 de Octubre de 1878 en que se promulgó la Ley 954 la cual crea la Gobernación del Territorio de la Patagonia.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.-

promulgación;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 2709 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Agosto de 2004, mediante la cual se CREA un Banco de Semillas de Ajo Violeta Santacruceño, cuyo objeto será la recuperación de la producción del mismo.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO-Ingº. Luis Villanueva ________
LEY Nº 2710
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY

Artículo 1.- ADHIERASE la Provincia de Santa Cruz a la Ley Nacional 25.844, la cual instituye el día 13 de Noviembre "Día del Pensamiento Nacional", Dr. ACEVEDO-Lic. Juan Antonio Bontempo en homenaje al nacimiento del escritor y pensador ________
Don Arturo Martín JAURETCHE e incorpórase los temas relativos a la vida y obra del escritor en los LEY Nº 2709
contenidos básicos comunes de la EGB y Educación Polimodal.El Poder Legislativo de la Artículo 2.- COMUNIQUESE al Poder EjecutiProvincia de Santa Cruz vo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, Sanciona con Fuerza de:
ARCHIVESE.LEY
DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GAArtículo 1.- CREASE un Banco de Semillas de LLEGOS; 26 de Agosto de 2004.Ajo Violeta Santacruceño cuyo objeto será la recuCARLOS ALBERTO SANCHO
peración de la producción del mismo.Presidente Artículo 2.- DESIGNASE como autoridad de Honorable Cámara de Diputados aplicación de la presente Ley al Consejo Agrario JORGE MANUEL CABEZAS
Provincial a efectos de instrumentar el préstamo de Secretario General semilla y garantizar la existencia de su precio sostén.Honorable Cámara de Diputados Artículo 3.- El Poder Ejecutivo Provincial asignará los fondos correspondientes a partir del PresuDECRETO Nº 2774
puesto año 2005.Artículo 4.- COMUNIQUESE al Poder EjecutiRIO GALLEGOS, 17 de Setiembre de 2004.vo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.VISTO:
DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALa Ley sancionada por la Honorable Cámara de LLEGOS; 26 de Agosto de 2004.Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Agosto de 2004, mediante la cual la Provincia de Santa Cruz CARLOS ALBERTO SANCHO
ADHIERE a la Ley Nacional Nº 25.844, la cual Presidente instituye el día 13 de Noviembre "DIA DEL
Honorable Cámara de Diputados PENSAMIENTO NACIONAL" en homenaje al naJORGE MANUEL CABEZAS
cimiento del escritor y pensador don Arturo Martín Secretario General JAURETCHE e incorpora los temas relativos a la Honorable Cámara de Diputados vida y obra del escritor en los contenidos básicos comunes de la EGB y Educación Polimodal; y DECRETO Nº 2773
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los RIO GALLEGOS, 17 de Setiembre de 2004.- Artículos 106º y 119º de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su VISTO:
promulgación;
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de POR ELLO:
Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Agosto de 2004, mediante la cual se CREA un Banco de EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Semillas de Ajo Violeta Santacruceño, cuyo objeto DECRETA:
será la recuperación de la producción del mismo; y CONSIDERANDO:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 2710 la Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados Artículos 106º y 119º de la Constitución Provincial, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Agosto de 2004, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su mediante la cual la Provincia de Santa CruzADHIERE

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 23/9/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha23/09/2004

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1767

Primera edición19/02/2002

Ultima edición11/07/2024

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