Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/9/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

GOBIERNO
PROVINCIA DE
DE SANTA
SANTA CRUZ
CRUZ
GOBIERNODE
DE LA
LA PROVINCIA
Ministerio laSecretaría SecretaríaGeneral Generalde de la laGobernación Gobernación Ministerio de la
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RIO
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GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
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DIRECCION GENERAL
GENERAL BOLETIN
IMPRENTA
DIRECCION
BOLETIN OFICIAL
OFICIAL EE IMPRENTA
VICTOR HUGO
HUGO LANARO
LANARO
VICTOR
Director General General Director
CUENTA Nº 07-0034

AÑO XLIX - Nº 3783

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 2388
RIO GALLEGOS, 13 de Agosto de 2004.VISTO:
El Expediente MG-Nº 574.109/04, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la ratificación del Acuerdo Marco de Asistencia y Cooperación celebrado con fecha 9 de Agosto de 2004 entre el Ejército Argentino representado por el Comandante de la XIra.
Brigada Mecanizada, Coronel Eduardo Luis Federico ANSCHUTZ y el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el titular del Poder Ejecutivo, doctor Sergio Edgardo ACEVEDO, el cual como Anexo I forma parte integrante del presente;
Que el referido Acuerdo ha sido suscripto en el marco de formación de aspirantes a integrar el servicio policial de esta Provincia, asumiendo las partes el compromiso de efectuar tareas de coordinación y aunar esfuerzos de manera organizada para con dicha labor, teniendo en cuenta el interés general, el bien social en todo el ámbito de la Provincia y en especial el compromiso asumido por el Gobierno Provincial en materia de Seguridad;
Que a tal fin, el Ejército Argentino brindará alojamiento y racionamiento completo a una cantidad máxima de ciento veinte 120 aspirantes, a través de los Casinos de Oficiales, de Suboficiales y de Soldados Voluntarios, respectivamente, para lo cual la Provincia arbitrará los medios administrativo-contables y de presupuesto por las áreas competentes, para retribuir económicamente el servicio brindado por los referidos Casinos;
Que dicha retribución asciende a la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL
CUATROCIENTOS $ 158.400,00 y será abonada en dos 2 cuotas iguales de PESOS CINCUENTA
MIL $ 50.000,00 cada una con vencimiento los días 12 y 24 de Agosto del año en curso y una 1 cuota de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS $ 58.400,00 con vencimiento el 10 de Septiembre de 2004, siendo esta última variable, sujeta a reducción, conforme los servicios efectivamente brindados;
Por ello y atento al Dictamen Nº 726-04, emitido por Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 10;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- RATIFICAR en todas sus partes, el Acuerdo Marco de Asistencia y Cooperación celebrado con fecha 9 de Agosto de 2004 entre el Ejército Argentino representado por el Comandante de la XIra. Brigada Mecanizada, Coronel Eduardo Luis Federico ANSCHUTZ y el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el titular del Poder Ejecutivo, doctor Sergio EdgardoACEVEDO, el cual como ANEXO I, forma parte integrante del presente y en un todo de acuerdo a los fundamentos expuestos en los considerandos del presente.-

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves RIO GALLEGOS S.C., 21 de Septiembre de 2004.Dr. SERGIO EDGARDO ACEVEDO
Gobernador Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO
Ministro de Gobierno Ing.º LUIS VILLANUEVA
Ministro de Economía y Obras Públicas NELIDA LEONOR ALVAREZ
Ministro de Asuntos Sociales Sr. LIDORO ALBERTO CHAILE
Ministro de la Secretaría General de la Gobernación Sra. INGRID BEATRIZ BORDONI
Presidente del Consejo Provincial de Educación Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Fiscal de Estado Artículo 2º.-AFECTARpreventivamente el gasto, con cargo al ANEXO: Ministerio de Gobierno - ITEM:
Secretaría de Estado de Seguridad - CARACTER:
Administración Central - FINALIDAD: Seguridad FUNCION: Seguridad sin Discriminar - SECCION:
Erogaciones Corrientes - SECTOR: Operación PARTIDA PRINCIPAL: Bienes y Servicios no Personales - PARTIDA PARCIAL: Servicios no Personales - PARTIDA SUB-PARCIAL: 250-Otros Servicios no Personales - Ejercicio 2004.Artículo 3º.-ABONARpor Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General, a favor del Ejército Argentino en la persona del Coronel Eduardo Luis Federico ANSCHUTZ, la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL
CUATROCIENTOS $ 158.400,00 en dos 2 cuotas iguales de PESOS CINCUENTA MIL $ 50.000,00
cada una con vencimiento los días 12 y 24 de Agosto del año en curso y una 1 cuota de PESOS
CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS
$ 58.400,00 con vencimiento el 10 de Septiembre de 2004, siendo esta última variable, sujeta a reducción, conforme los servicios efectivamente brindados.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Gobierno, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO-Lic. Juan Antonio Bontempo ________
DECRETO Nº 2411
RIO GALLEGOS, 19 de Agosto de 2004.VISTO:
El Expediente MAS-Nº 213.843-04, elevado por el Ministerio de Asuntos Sociales; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se gestiona la ratificación del Acta-Acuerdo Plan Nacional de Seguridad Alimentaria "EL HAMBRE MAS
URGENTE" - Refuerzo de Comedores Escolares, celebrado entre elMinisterio de Desarrollo Social de la Nación, representado por el señor Secretario de Políticas Sociales, Licenciado DanielARROYO, por una parte y por la otra, el Ministerio de Asuntos Sociales de la Provincia de Santa Cruz, representado por su titular, señora Nélida Leonor ALVAREZ;

Que el mismo tiene por objeto financiar acciones que garanticen la Seguridad Alimentaria de personas en condiciones de vulnerabilidad social, asistentes a Comedores Escolares de la Provincia de Santa Cruz, con el objeto de mejorar la calidad de los servicios alimentarios de las Escuelas en situación de Mayor Vulnerabilidad Socioeducativa, todo ello en los términos del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria "EL HAMBRE MAS URGENTE", y teniendo en cuenta lo establecido en la Ley Nº 25.724, Decretos P.E.N.-Nros. 1018/03 y 1069/03 y Resolución M.D.S.
Nº 2040/03;
Que "La Nación" se compromete a transferir a "La Provincia" aportes financieros por un total de PESOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA $ 18.550,00, en concepto de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas y con arreglo a las condiciones específicas en el referido convenio, teniendo en cuenta las asignaciones establecidas en la Cláusula sexta, los fondos serán depositados en una cuenta específica habilitada por el Ministerio en una sucursal local del Banco de la Nación Argentina, que permita su uso inmediato para el cumplimiento de la finalidad del subsidio;
Que a tal efecto el Ministerio asume la obligación de ejecutar los fondos en un plazo máximo a cinco 5
meses contando a partir de la recepción del primer desembolso, utilizar los fondos de acuerdo al destino establecido precedentemente, etc., emitir informes de ejecución Social de los recursos invertidos a "LA
NACION";
Que en caso de verificarse incumplimiento respecto a las obligaciones prescriptas, como así también la comprobación de falsedad u ocultamiento en la información o la falta proporcionada o que proporcione en lo sucesivo, o bien la falta de cumplimiento de los objetivos sociales programados, facultará asimismo a "LA NACION" a declarar la caducidad de ese Acuerdo en los términos del Artículo 21º de la Ley Nº 19.549
pudiéndose demandar el reintegro de la/s entregada/s, sin necesidad de previo requerimiento, sin perjuicio del inicio de la acción legal pertinente;
Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 742/04, emitido por la Dirección General deAsuntos Jurídicos, obrante a fojas 03;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- RATIFICASE, en todas sus partes el Acta - Acuerdo Plan Nacional de Seguridad Alimentaria "EL HAMBRE MAS URGENTE" - Refuerzo de Comedores Escolares, celebrado entre elMinisterio de Desarrollo Social de la Nación, representado por el señor Secretario de Políticas Sociales, Licenciado Daniel ARROYO, por una parte y por la otra, el Ministerio de Asuntos Sociales de la Provincia de Santa Cruz, representado por su titular, señora Nélida Leonor ALVAREZ, con domicilios legales en Avenida 9 de Julio Nº 1925 - Piso 15, ciudad Autónoma de Buenos Aires y Salta Nº 75 de la ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, respectivamente, el cual tiene por objeto financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de personas en condición de vulnerabilidad social, asistentes a Comedores Escolares de nuestra Provincia y mejorar la calidad de los servicios alimentarios de las Escuelas en situación de Mayor Vulnerabilidad Socioeducativa, a partir de un refuerzo presupuestario, en total conformidad a las CATORCE 14 CLAUSULAS y ANEXO A, que la componen y que como ANEXO I,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/9/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha21/09/2004

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1767

Primera edición19/02/2002

Ultima edición11/07/2024

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