Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/09/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Período Mes 2010/01
2010/01
2010/01
2009/01
2010/01
2010/01
2006/01
2007/01
2008/01
2009/01
2010/01
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2009/01
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2010/01
2010/01
2008/01
2009/01
2010/01
2009/01
2010/01
2010/01
2010/01

Cód. Marca 37 Suzuki 37 Suzuki 37 Suzuki 38 Toyota 38 Toyota 38 Toyota 40 Kia 40 Kia 40 Kia 40 Kia 40 Kia 46 Chrysler 48 Hyundai 48 Hyundai 48 Hyundai 83 Jeep 83 Jeep 113 Kawasaki 113 Kawasaki 113 Kawasaki 113 Kawasaki 115 Yamaha 115 Yamaha 120 Zanella 122 Guerrero 122 Guerrero 122 Guerrero 122 Guerrero 122 Guerrero 122 Guerrero 123 Kymco 123 Kymco 123 Kymco 125 Maverick 125 Maverick 125 Maverick 136 Panther
BOLETIN OFICIAL N 4866

Cód. Modelo Cód.
17 GS
4 17 GS
5 27 Intruder 0
2 Land Cruiser 7
2 Land Cruiser 7
7 Hilux 4
17 K2700
0 17 K2700
0 17 K2700
0 17 K2700
0 17 K2700
0 18 PT Cruiser 7
28 Genesis 0
28 Genesis 1
28 Genesis 2
3 Cherokee 10
3 Cherokee 13
8 ER
1 10 KX
0 10 KX
0 10 KX
0 8 YZ
2 9 FZ
3 6 RX
6 4 Mapuche 1
4 Mapuche 1
4 Mapuche 1
4 Mapuche 1
4 Mapuche 1
4 Mapuche 1
13 Pleasure 0
13 Pleasure 0
13 Pleasure 0
10 Big Force 0
10 Big Force 0
10 Big Force 0
2 QM
0

Descripción Grupo Año R 600 Calle C1 2008
R 600 Supersport C1 2010
1400
C1 2002
VX 100 TD Todo Terreno A1 2001
VX 100 TD Todo Terreno A1 2001
4x4 D. Cab/s B1 1981
L/B S/C Pick Up B1 2003
L/B S/C Pick Up B1 2003
L/B S/C Pick Up B1 2003
L/B S/C Pick Up B1 2003
L/B S/C Pick Up B1 2003
2.4 Touring 5 Ptas.
A1 2010
2.0 T Coupé A1 2010
3.8 V6 Premium Coupé 2 Ptas. A1 2010
3.8 V6 Premium Aut Coupé 2 P. A1 2010
Limited 3.7 Todo Terreno A1 2010
Limited 3.7 ATX Todo Terreno A1 2010
Ninja 650R
C1 2010
250 F
C1 2009
250 F
C1 2010
250 F
C1 2009
450 F Motocross Comp C1 2010
16N 153CC
C1 2010
250
C1 2010
GFT 300 / Sport Cuatric C1 2008
GFT 300 / Sport Cuatric C1 2009
GFT 300 / Sport Cuatric C1 2008
GFT 300 / Sport Cuatric C1 2010
GFT 300 / Sport Cuatric C1 2008
GFT 300 / Sport Cuatric C1 2009
125
C1 2008
125
C1 2008
125
C1 2008
250 Sport ATV
C1 2009
250 Sport ATV
C1 2010
250 Sport ATV
C1 2009
200 ATV-D
C1 2010

Valuación 45.600,00
85.900,00
22.400,00
120.000,00
117.000,00
18.000,00
29.000,00
33.000,00
38.000,00
39.000,00
44.000,00
84.500,00
145.500,00
172.000,00
183.500,00
171.500,00
171.500,00
48.500,00
34.300,00
41.000,00
31.500,00
44.800,00
12.900,00
15.000,00
16.100,00
17.000,00
13.200,00
17.000,00
13.200,00
14.500,00
6.500,00
5.600,00
4.800,00
15.200,00
15.200,00
13.700,00
12.900,00

Período Mes 2010/01
2010/01
2010/01

Viedma, 23 de Septiembre de 2010

Cód. Marca Cód. Modelo Cód.
Descripción 160 Chery 2 Face 0 1.3 Luxury Sedan 5 Ptas.
163 Peterbilt 2 387
0 Tractor de Carretera 178 Cfmoto/Jinwe 1 CF
0 500-2A 4x4 ATV
oOo
Grupo Año A1 2010
B1 2001
C1 2009

Valuación 55.500,00
235.000,00
26.100,00

Resolución Nº 1489
Viedma, 10 de septiembre de 2010.
Visto, el Expte. Nº 126226-R-09 del rgistro de la Dirección General de Rentas; y CONSIDERANDO:
Que a Fs. 17 a 19, obra Resolución Nº 1964/09, designando agente de recaudación en el Impuesto de Sellos a la Unidad Ejecutora Provincial cuya Cuit es 30-65472899-9;
Que, a fs, 21 a 22, obra constancia de Intimación Nº 1044/10 de la Delegación Zonal de Rentas Viedma, solicitando la presentación de Declaración Jurada de los períodos comprendidos entre el 12/09 a 04/10;
Que a Fs. 24 a 29 obran constancia de presentación de las Declaraciones Juradas reclamadas;
Que a Fs. 31 hay constancia de Nota Nº 105/10, presentada por el Coordinador Ejecutivo de la UEP Financiamiento Externo, Cr. Walter Azcárate, donde solicita la baja como agente de recaudación de sellos, dada la modalidad de funcionamiento de esta Unidad;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en los Arts. 5º del Código Fiscal Ley I Nº 2686.
Por ello, El Subsecretario de Ingresos Públicos a/c. de la Dirección General de Rentas RESUELVE:
Artículo 1º - Dar de baja como Agente de Recaudación en el Impuesto de Sellos a la Unidad Ejecutora Povincial UEP, Cuit 30-65472899-9, con domicilio fiscal en calle 25 de Mayo Nº 99, de la ciudad de Viedma, Povincia de Río Negro.
Art. 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al Agente de Recaudación y a la Delegación Zonal de Rentas Viedma. Cumplido, archívese.
Cr. Roberto Aníbal Gil, Subsecretario de Ingresos Públicos a/c. Dirección General de Rentas.

oOo
Provincia de Río Negro MINISTERIO DE TURISMO
Resolución Nº 636/10 MT
Viedma, 6 de septiembre de 2010.
Visto, el Expte n 1.839-AT-02 del registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado ACA, concesión de Carlos Ernesto Segovia, con domicilio en la Ruta Nacional 22 Km. 998 de la localidad de Choele Choel, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 20/10/02, con Acta de Inspección n 3304
de fecha 20/06/96, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Artículo 12 de la Resolución 228/05
y a fs. 24 obra Acta de Inspección n 0364 y a fs.
25/39 el relevamiento confeccionado con fecha 26 de enero de 2009;
Que a fs. 40/42, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 1: Hotel, y con un puntaje de doscientos noventa y tres con 25/100 293,25 puntos, lo que determina su categoría de Una 1 Estrella.

Por ello, El Ministro de Turismo de la Provincia de Río Negro RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado ACA, concesión de Carlos Ernesto Segovia, en el Tipo: 1 Hotel, Categoría: Una I Estrella, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de once 11 Unidades Alojativas y cuarenta 40 Plazas Hoteleras.
Artículo 2.- Inscribir al establecimiento ACA
en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Artículo 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Artículo 4.- Caducar la presente Habilitación Turística en caso de no mantener actualizada la documentación integrante de su Legajo Hotelero Provincial, presentando las renovaciones de las mismas para el caso de que se encuentren vencidas.
Artículo 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Choele Choel, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. José Omar Contreras, Ministro de Turismo.- Guillermo Pino, Supervisión Servicios Turísticos.

Resolución Nº 637/10 MT
Viedma, 6 de septiembre de 2010.
Visto, el Expte Nº 1.838-AT-03 del registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Rucantu, propiedad del Sr. Sebastián Altamiranda, con domicilio en la calle John Kénnedy 807 de la localidad de Choele Choel, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 03/09/02, con planos aprobados con fecha 13/07/99 y 7/09/04 y Habilitación Comercial de fecha 5/08/2004, por lo que se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Artículo 12 de la Resolución 228/05
y a fs. 68 obra Acta de Inspección n 0366 y a fs.
69/83 el relevamiento confeccionado con fecha 26 de enero de 2009;
Que a fs. 84/86, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 1: Hotel, y con un puntaje de trescientos cuarenta con 56/100 340,56 puntos, lo que determina que se debe habilitarse en la categoría de Dos 2
Estrellas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/09/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha23/09/2010

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones1918

Primera edición03/01/2002

Ultima edición08/07/2024

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