Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/07/2015 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 22 de julio de 2015

Cuarta Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCVII - Nº 137

de Personal a los fines que se notifique al causante del contenido de la presente y demás efectos. 3º Al Departamento Finanzas, a los efectos que asuma la participación de su competencia conforme las expresiones efectuadas en el análisis precedente, de acuerdo a las disposiciones previstas en el art. 01 de la Ley 10.001 modificatoria del 93º inc. "c" y "a"
según corresponda de la Ley 9728. 4º Al Departamento Medicina Laboral a los efectos de que se efectúen los registros de rigor. 5º PROTOCOLISECE. JEFATURA DE POLICIA, 06 de Marzo de 2015.RESOLUCION Nº 59438/2015.Que es cuanto hay que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de todo su contenido.Queda Ud.
debidamente notificado.
5 días - Nº 14427 - s/c - 24/07/2015 - BOE
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Señor Jefe del Departamento Administración de Personal, Comisario Inspector Carlos I.
Caminos, NOTIFICA al Agente SAVID ALEJANDRO NICOLAS M.l. N 16.818.445, de la parte resolutiva del contenido obrante en la Resolución de Jefatura de Policía Nº 58294 de fecha 17/
09/2014 la cual a continuación se transcribe: EL JEFE DE POLICIA DE LA PROVINCIA, en uso de facultades que le son propias, RESUELVE: 1.- REGULARIZAR la situación y en su mérito HOMOLOGAR la colocación en Situación de Disponibilidad del Agente SAVID ALEJANDRO
NICOLAS M.l. N 16.818.445, desde el 10/03/2014 al 23/04/2014, todo ello de acuerdo a las disposiciones previstas en el art. 69 inc. c de la Ley Nº 9728, hasta tanto se disponga la modificación de su situación medico laboral y en caso de continuar, hasta el plazo máximo de seis 06 meses. 2.- Al Departamento Administración de Personal, a los fines que se notifique al causante del contenido de la presente y demás efectos, corresponde otorgar participación a este Departamento a los fines que esa instancia efectué las pertinentes constancias en los legajos personales de los causantes en virtud de NO haberse modificado el temperamento dispuesto en las resoluciones que homologaron las situaciones médico laborales en las que se encontraron los causantes y hasta cumplimentar los plazos máximos establecidos por la normativa vigente; correspondiendo emitir instrumento resolutivo sólo cuando se produzca el cambio de la situación de revista que corresponda.. 3.- Al Departamento Finanzas, a los fines del Art. 94º y 95º de la Ley Nº 9728, según corresponda, y en caso de corresponder, a los efectos que procure la restitución de los montos indebidamente percibidos mediante el pertinente acuerdo extrajudicial, conforme las expresiones efectuadas en el análisis precedente.
4.- Al Departamento Medicina Laboral a los efectos que se realicen los registros de rigor en el legajo médico laboral de los encartados. 5.- PROTOCOLÍCESE. JEFATURA DE POLICÍA, 17
de Septiembre de 2014 RESOLUCIÓN N 58294/2015 Que es cuanto hay que notificar con lo que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de su contenido. Queda Ud., debidamente notificado.
5 días - Nº 14553 - s/c - 27/07/2015 - BOE
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Jefe del Departamento Administración de Personal Comisario Inspector Carlos I. Caminos, NOTIFICA al Sargento GAMBARO EDGARDO HUGO M.I.Nº 20.993.946, de la parte resolutiva obrante en la Resolución de Jefatura de Policía Nº 59360 de fecha 05/02/15, la cual a continuación se transcribe: JEFE DE POLICIA DE LA PROVINCIA, en uso de facultades que le son propias, RESUELVE: 1.- CESAR la condición de Tareas No Operativas en que se encontraba el Sargento EDGARDO HUGO GAMBARO M.I.Nº 20.993.946, retomando su situación de servicio efectivo en los términos del Art. 68º inc. a de la Ley Nº 9728, todo ello por resultar legalmente procedente, a partir del 09/05/2014. 2.- Al Departamento Administración de Personal a los fines que se notifique al causante del contenido de la presente y demás efectos. 3.- Al Departamento Finanzas, a los efectos que asuma la participación de su competencia conforme las expresiones efectuadas en el análisis precedente, de acuerdo a las disposiciones previstas en el Art. 93º inc. a de la Ley Nº 9728. 4.- Al Departamento Medicina Laboral, a los efectos que se realicen los registros de rigor en el legajo médico laboral del encartado. 5.- PROTOCOLICESE. JEFATURA DE POLICIA, 05 de Febrero de 2015. RESOLUCIÓN Nº 59360/2015. Que es cuanto hay que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de todo su contenido. Queda Ud. debidamente notificado.
5 días - Nº 14656 - s/c - 28/07/2015 - BOE
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Señor Jefe del Departamento Administración de Personal Comisario Inspector Carlos I.
Caminos, NOTIFICA al Sargento Ayudante ANA BEATRIZ VEGA M.I.Nº 21.995.322, de la parte resolutiva del contenido de la Resolución de Jefatura Nº 60341/15 la que a continuación se transcribe: JEFE DE POLICIA DE LA PROVINCIA, en uso de sus facultades que le son propias, RESUELVE: 1.- DISPONER que se efectúe el desglose de DOSCIENTOS DOCE
212 días de licencia por embarazo usufructuados por la Sargento Ayudante ANA BEATRIZ
VEGA M.I.Nº 21.995.322, relacionados a su estado de gravidez, de acuerdo a lo previsto en el art. 54º Punto 11 del Anexo del Dcto. Nº 763/12, reglamentario de la Ley Nº 9728 y de las disposiciones comunes de los incisos D y E del artículo 68º del citado cuerpo normativo. 2.RECTIFICAR la Resolución de Jefatura de Policía Nº 58.014/2014 por la cual se realizo el desglose de los días correspondientes al Dcto. Nº 304/2013, de dicho desglose en que se ratifica el tiempo por el cual la causante queda en Situación de Disponibilidad por los períodos comprendidos desde el 30/05/2011 al 30/05/2011, 17/11/2013 al 19/11/2013, 31/01/2014 al 05/
02/2014, 06/06/2014 al 08/06/2014, 14/06/2014 al 16/06/2014 y del 30/06/2014 al 01/07/2014
reconocidos los mismos por el Departamento Medicina Laboral. 3.- Al Departamento Administración de Personal a los fines que se notifique a la interesada del contenido de la presente y demás efectos que estime correspondan. 4.- Al Departamento Finanzas a los fines
3

que asuma la participación de su competencia. 5.- Al Departamento Medicina Laboral a los efectos que se efectúen los registros de rigor. 6.- PROTOCOLICESE. JEFATURA DE POLICIA, 03 de Julio de 2015. RESOLUCION Nº 60341/2015.Que es cuanto hay que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de todo su contenido. Queda Ud., debidamente notificado.
5 días - Nº 14646 - s/c - 28/07/2015 - BOE
POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Señor Jefe del Departamento Administración de Personal Comisario Inspector Carlos I.
Caminos, NOTIFICA al Sargento Ayudante ANA BEATRIZ VEGA M.I.Nº 21.995.322, de la parte resolutiva del contenido de la Resolución de Jefatura Nº 58014/14 la que a continuación se transcribe: JEFE DE POLICIA DE LA PROVINCIA, en uso de sus facultades que le son propias, RESUELVE: 1.- HOMOLOGAR el desglose de DOSCIENTOS DOCE 212 días de licencia por embarazo usufructuados por la Sargento Ayudante ANA BEATRIZ VEGA M.I.Nº 21.995.322, relacionados a su estado de gravidez, de acuerdo a lo previsto en el art. 54º Punto 11 del Anexo del Dcto. Nº 763/12, reglamentario de la Ley Nº 9728. 2.- RATIFICAR la Resolución de Jefatura de Policía Nº 51.471/2011 y su correspondiente anexo, en cuanto a la colocación de la causante en la situación de Disponibilidad. 3.- RECTIFICAR los períodos subsumidos en la Resolución de Jefatura de Policía Nº 51.471/2011 y su correspondiente anexo, quedando sólo con Cinco 05 días en Situación de Disponibilidad, considerando el resto de los días en Servicio Efectivo, todo ello en un todo de acuerdo con las disposiciones comunes a los incs.
d y e del art. 68º del Dcto. Nº 763/12 y su modificatorio Nº 304/13. 4.- Al Departamento Administración de Personal a los fines que se notifique a la interesada del contenido de la presente y demás efectos que estime correspondan. 5.- Al Departamento Finanzas a los fines que asuma la participación de su competencia, en los términos de los Art. 93º inc. a y 94º de la Ley Nº 9728. 6.- Al Departamento Medicina Laboral a los efectos que se efectúen los registros de rigor. 7.- PROTOCOLICESE. JEFATURA DE POLICIA, 07 de Agosto de 2014.
RESOLUCION Nº 58014/2014.Que es cuanto hay que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de todo su contenido. Queda Ud., debidamente notificado 5 días - Nº 14645 - s/c - 28/07/2015 - BOE
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESOLUCION DJRGDA-M 0248/2015 - Córdoba, 23 JUN 2015 - VISTO, este expediente Nº SF 8091503/14, resulta que de los antecedentes obrantes en autos, la firma contribuyente VANGUARDIA CORDOBA S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 270632106, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N: 30-70947359-6, con domicilio en calle Av. Gral Jose Maria Paz Nº 120 Piso 2 Of G, B Centro de la localidad Córdoba, Pcia. de Córdoba, se instruyó Sumario con fecha 27-10-14, y CONSIDERANDO: Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley por el término de QUINCE 15 DIAS, para que la parte ejerza su derecho defensa y ofrezca las pruebas que entiende hacen a su derecho Art. 82 hoy Art 86 del C.T.P.
Ley 6006 t.o. 2015 decreto 400/15 y modif.-, la misma deja vencer el plazo sin presentar objeción alguna. Que dicha instrucción de Sumario fue notificada de acuerdo a lo establecido en el Art. 63 inc. d 2º párrafo y Art. 54 y 58 Ley procedimiento Administrativo N 6658 y modificatorias siendo el último día de publicación en el Boletín oficial el 10-04-2014. Que debe quedar en claro que los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes establecidos por éste Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones Art. 45 Primer Párrafo del CTP hoy Art 47. Que de las constancias obrantes en autos se desprende que la firma contribuyente no ha cumplimentado en los términos del Art. 45 inc. 2 hoy Art 47 al no haber presentado la Declaración Jurada correspondiente al periodo Diciembre 2013, Marzo, Abril, Mayo, Julio y Agosto 2014, dentro del plazo previsto en la Resolución Ministerial vigente. Que atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se juzgan, la conducta descripta por el contribuyente como en este caso es "la no presentación en tiempo y forma de la Declaración Jurada de hechos imponibles que el CTP o Leyes especiales le atribuyan, y el no cumplimiento a la intimación de la Dirección", actúa como presupuesto objetivo de responsabilidad tributaria por su sola configuración, máxime si se tiene en cuenta que el contribuyente no ha aportado elementos jurídicamente relevantes.- Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción a la Responsable de referencia con una Multa que en esta instancia se gradúa en la Suma de Pesos TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 CENTAVOS $ 3.600,00. Señálese que a fin de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta, lo establecido en el segundo párrafo del Art. 70 hoy Art 74 del C.T.P. -Ley 6006 t.o 2015 decreto 400/15 y modif., el cual nos lleva al Art. 2 de la LIA que en su apartado A Inc. 3 dice: Omisión de presentar declaraciones juradas: 3.- Grandes Contribuyentes de acuerdo a las disposiciones de la Resolución 123/2007 del Ministerio de Finanzas y complementarias - Que en virtud de lo manifestado precedentemente y existiendo elementos de convicción que la sostienen, debe darse por cierta la materialidad de la infracción que se le imputa, la cual transgrede normas tributarias de cumplimiento obligatorio, resultando incuestionable la aplicación al caso del régimen sancionatorio del Art. 70 hoy Art 74 del C.T.P. -Ley 6006 t.o 2015 decreto 400/15 y modif.- Por lo expuesto y de conformidad a lo estipulado en el Art. 82 hoy Art 86 del ya mencionado texto legal, EL JUEZ ADMINISTRATIVO
RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- APLICAR a la firma contribuyente VANGUARDIA CORDOBA
S.R.L., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 270632106, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. N: 30-70947359-6, una multa de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS
CON 00/100 CENTAVOS $ 3.600,00, en virtud de haber incurrido en incumplimiento a los deberes formales establecidos en el art. 45 inc. 2 hoy Art 47 del Código Tributario de la Provincia. Ley 6006 t.o.2015 decreto 400/15 y Modificatorias.- ARTÍCULO 2º.- DECLARAR a la firma responsable obligada al pago del sellado de actuaciónLibro 2º Título 7º del Código

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/07/2015 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha22/07/2015

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4005

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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