Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/05/2015 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 11 de mayo de 2015

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCV - Nº 86

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCV - Nº 86
CORDOBA, R.A., LUNES 11 DE MAYO DE 2015

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA

Convocatoria a Concurso de antecedentes y oposición Secretarios y Prosecretarios Letrados para Fiscalias y Juzgados Penales Juveniles ACUERDO NÚMERO DOSCIENTOS DIECIOCHO "A" En la ciudad de Córdoba, a veintitrés días del mes de abril del año dos mil quince, bajo la Presidencia de su titular Doctor Domingo Juan SESIN, se reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia, Doctores Aída Lucía Teresa TARDITTI, María Marta CÁCERES DE BOLLATI y Carlos Francisco GARCIA
ALLOCCO, con la asistencia de la Señora Directora General del Área de Administración, a cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ y ACORDARON:
Y VISTO: La necesidad de contar con aspirantes en condiciones de cubrir cargos de Prosecretarios Letrados para las Fiscalías y Juzgados Penales Juveniles del Centro Judicial de Capital Primera Circunscripción.
Y CONSIDERANDO: 1.- Que en función del rango del cargo aludido, la convocatoria deberá tomar en consideración sus características propias, la especificación de las aptitudes requeridas para cada rol, en orden a la conducción, organización y administración de los ámbitos de ejercicio funcional en su escenario sociocultural dimensión gerencial administrativa-comunitaria y las incumbencias funcionales del cargo dimensión técnico jurídica del rol; a la vez, todo ello, enmarcado en el contexto normativo general que regula los concursos de promoción en los niveles funcionales o de conducción en el área jurisdiccional.
2.- La convocatoria procura garantizar la legitimidad de los mecanismos institucionales de promoción a los cargos superiores, a través de un sistema de concurso orientado a la selección y evaluación integral del postulante acorde a objetivos cognitivos, actitudinales y operativos, inherentes al rol.
3.- Se establecen y/o modifican plazos previstos en el Acuerdo Reglamentario Nº 588 A del 13/
03/2001 con el fin de organizar y agilizar el procedimiento logrando mayor eficiencia.
4.- De conformidad a lo dispuesto por el Acuerdo Reglamentario N 588 Serie "A" del 13/03/
2001, modificado por Acuerdos Reglamentarios N 696 Serie A de fecha 17/12/03, N 706 Serie A de fecha 16/03/04, N 870 Serie A de fecha 13/03/07 y Nº 1240 Serie A del 05/11/2014 y su modificatorio Nº 1244 Serie A del 19/11/2014 corresponde fijar las reglas de la convocatoria de aspirantes, precisar la jerarquía del cargo a cubrir, la integración y funciones del Tribunal Examinador, lugar y horario de entrega de solicitudes y plazo de presentación y acreditación de los requisitos fijados, fechas para la recepción de las pruebas, pautas de corrección y evaluación de antecedentes y demás aspectos vinculados con el concurso.
5.- El presente llamado se realiza para generar un orden de mérito para cubrir cargos interinos, suplentes o vacantes, actuales o futuros.
6.- En resguardo de los principios de trasparencia, igualdad, objetividad y selección por idoneidad, pilares del régimen de concursos de este Poder Judicial, se establecen pautas que los concursantes deberán observar y respetar para el correcto desarrollo y consecución del examen. Las mismas han sido establecidas en base a la experiencia de la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos en la organización y ejecución de convocatorias anteriores y el análisis observado en el comportamiento de los postulantes. El incumplimiento de las mismas conlleva la exclusión del postulante prevista en el Acuerdo Reglamentario Nº 1101 Serie A el 29/
05/2012.
Por ello, SE RESUELVE:
Artículo 1. LLAMADO.
CONVOCAR a concurso de antecedentes y oposición, a los fines de confeccionar el orden de mérito de postulantes en condiciones de ser designados en cargos definitivos, interinos, suplentes
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o vacantes de Prosecretarios Letrados para las Fiscalías y Juzgados Penales Juveniles del Centro Judicial de Capital Primera Circunscripción.
Los nombramientos serán oportunamente efectuados en función de las necesidades del servicio, tomando en consideración el orden de mérito que resulte, sin que la participación o resultado del concurso obligue a la designación del aspirante, más allá del número de vacantes que deban cubrirse.
Los llamamientos en cargos suplentes se efectuarán una vez provistos los correspondientes a cargos vacantes y de conformidad a las disponibilidades existentes. El cese de la sustitución en tal condición suplente no genera para el agente la posibilidad de solicitar su ubicación en otra cadena de reemplazos existentes ocupada por quien se encuentre en una ubicación inferior del orden de mérito aprobado; debiendo en todos los casos esperar la configuración de una nueva suplencia para poder ser reestablecido a dicha jerarquía.
Artículo 2. REQUISITOS.
Requisitos de Admisión A LOS aspirantes deberán reunir al tiempo de presentación de la solicitud pertinente, la calidad de agente del Poder Judicial con una antigedad no inferior a seis 6 años en el Poder Judicial como personal administrativo rentado y título de Abogado. Quedarán habilitados también quienes al 05/11/2014, cumplían con los requisitos establecidos por el Acuerdo Reglamentario Nº 588 Serie A del 13-03-2001, es decir una antigedad de por lo menos cuatro años en el Poder Judicial como personal rentado, cargo de Escribiente como mínimo y título de Abogado.
B TENER mayoría de edad.
Requisitos de Designación AL tiempo de su designación, deberán presentar informe del Registro Nacional de Reincidencia, certificado de Buena Conducta expedido por la Policía de la Provincia de Córdoba, Certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos Ley nº 8892, Constancia de su situación electoral Ley 19.945, arts. 12, 125 y 126 y Ley Provincial 8.767, arts. 11, 104 y 109, Constancia del Registro Público de Juicios Universales de no encontrarse concursado o fallido, Constancia de no encontrarse en Registro de Deudores comerciales Veraz, Seven, etc. o del sistema bancario B.C.R.A., Constancia expedida por la Dirección General de Rentas de la Provincia, sobre su situación tributaria, Declaración Jurada Patrimonial para ser presentada ante la Escribanía General de Gobierno en los términos y condiciones normadas por la Ley 8198 modificada por Leyes 8568, 8681; 9471 y Acuerdo Reglamentario N 942 A de fecha 12-05-2008, poseer aptitud psico-física para el desempeño del cargo y aprobar dentro del plazo asignado el Programa de Formación para el Desempeño como Personal de Conducción.
Artículo 3.- INSCRIPCIÓN - RENUNCIA
LOS postulantes deben inscribirse a través de Internet, completando la Solicitud de Inscripción publicada en el Sitio Oficial del Poder Judicial www.justiciacordoba.gov.ar o Portal de Aplicaciones intranet en la sección Concurso de Cargos, cuyo modelo se incorpora y aprueba como Anexo A, hasta el día 22/05/15 a las 14 hs. inclusive.
Vencido el plazo, y luego de consultar la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones dependiente del Área de Recursos Humanos el legajo personal de cada inscripto, publicará, a través del medio mencionado anteriormente, el listado de los postulantes admitidos.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/05/2015 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha11/05/2015

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones4177

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

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