Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/05/2015 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCV - Nº 84
las acciones prescriptas en la presente Ley, al cual -sin perjuicio de otros aportes-, se destinarán los montos recaudados por sanciones, conforme el mecanismo previsto en la reglamentación de este cuerpo legal.

VIENE DE TAPA

Sistema
civil, instituciones académicas o del sector privado que tengan como objeto la difusión de mecanismos de prevención y autoprotección.
ARTÍCULO 10.- El titular, poseedor o tenedor en cualquier carácter del inmueble que incumpla con las obligaciones de colocar, adaptar y mantener equipos de intercepción y conducción de descargas eléctricas conforme lo establecido en esta y otras normas a las que la presente remite, son solidariamente responsables ante la Autoridad de Aplicación y su omisión dará lugar a las siguientes sanciones, de acuerdo a la naturaleza de la falta y del uso del inmueble:
a Apercibimiento e intimación a la colocación del equipo;
b Multa;
c Clausura, y d Colocación del equipo por la Autoridad de Aplicación a costa de los responsables.
La resolución emanada de la Autoridad de Aplicación que imponga las sanciones previstas en los incisos b y d y su cuantificación económica, constituye título ejecutivo a los fines del cobro por vía judicial.
Por vía reglamentaria se establecerá el procedimiento para la aplicación de las sanciones previstas, el monto de aquellas de carácter pecuniario que pueden ser actualizadas y todos los trámites necesarios para la correcta aplicación de lo dispuesto en este artículo.
ARTÍCULO 11.- Los municipios y comunas incorporarán en sus códigos de planeamiento urbano o legislación que regule el uso del suelo las previsiones tendientes a hacer efectiva la implementación del sistema creado mediante la presente Ley, la cual posee carácter de orden público.
ARTÍCULO 12.- El Poder Ejecutivo Provincial, bajo las condiciones y mediante el trámite que considere oportuno a tal fin, puede constituir un fondo de apoyo o fomento a
El Ministerio de Finanzas realizará las readecuaciones que otorguen reflejo presupuestario a lo dispuesto en el presente artículo.
ARTÍCULO 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A UN DÍA DEL MES DE
ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

ALICIA MÓNICA PREGNO
V ICEGOBERNADORA
P RESIDENTA
L EGISLATURA PROVINCIA DE C ÓRDOBA
GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO L EGISLATIVO
L EGISLATURA PROVINCIA DE C ÓRDOBA
PODER EJECUTIVO

Decreto N 269

Córdoba, 9 de Abril de 2015

Téngase por Ley de la Provincia N 10270, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR . JOSE MANUEL DE LA SOTA
G OBERNADOR

M INISTRO

DE

DR. ING. FABIAN LOPEZ
AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS

JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

CÓRDOBA, 7 de mayo de 2015
PODER

EJECUTIVO
Decreto N 355
Córdoba, 4 de Mayo de 2015
VISTO: el Expediente N 0423-114074/2015 del registro del Ministerio de Gobierno y Seguridad.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona la autorización para efectuar el llamado a licitación pública para la adquisición de 110 vehículos 0Km, tipo Pick Up, Camioneta Doble Cabina, con destino a la Policía de la Provincia de Córdoba.
Que obra en autos la presentación efectuada por el señor Jefe de División Transporte de la Policía de la Provincia de Córdoba promoviendo la adquisición de los vehículos en cuestión, para el patrullaje en los diferentes campos de acción en los que debe intervenir el personal policial, considerando la versatilidad, maniobrabilidad y dinamismo en las unidades a adquirir.
Que el señor Ministro de Gobierno y Seguridad presta conformidad a lo gestionado en autos.
Que se incorporan los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán el presente llamado.
Que se acompaña Documento Contable, Nota de Pedido N
2015/000192, por el monto total de Pesos Treinta y Siete Millones Ciento Cincuenta Mil $ 37.150.000,00, importe en que se estima ascenderá la presente contratación.
Que corresponde la publicación de la presente convocatoria a licitación pública, de conformidad a las previsiones del artículo 16
de la Ley N 10.155 y de los artículos 7.1.1.2 y 16 del Decreto Reglamentario N 305/2014 y Decreto N 55/2015.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley 10.155 en concordancia con el artículo 40 de la Ley N 10.248, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad con el N 243/2015, por Fiscalía de Estado bajo el N 000188/2015 y en uso de las atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- AUTORÍZASE el llamado a licitación pública para la adquisición de 110 vehículos 0Km, tipo Pick Up, Camioneta Doble Cabina, con destino a la Policía de la Provincia de Córdoba
CONSEJO DE LA

MAGISTRATURA
Convocatoria a Inscripción 8 de mayo al 29 de mayo CONVOCATORIA A INSCRIPCIÓN DE ASPIRANTES A CUBRIR
CARGOS VACANTES EN EL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, 16, 17, 18, 18 bis, 19 y concordantes de la Ley nº 8802 y su Decreto Reglamentario nº 1471/03, el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA CONVOCA
A INSCRIPCIÓN DE ASPIRANTES PARA PARTICIPAR EN CONCURSOS PUBLICOS DE ANTECEDENTES Y
OPOSICIÓN PARA CUBRIR CARGOS VACANTES EN EL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA:
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3 4
5 6

VOCAL DE CÁMARA LABORAL Capital VOCAL DE CÁMARA CON COMPETENCIA MÚLTIPLE interior VOCAL DE CÁMARA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL interior FISCAL DE INSTRUCCIÓN Capital FISCAL EN LO PENAL JUVENIL Capital JUEZ DE CONCILIACIÓN interior.

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN: art. 18 excepto inc. 8 18 bis y 19 Ley 8802 - INFORMACIÓN: en la sede del Consejo de la Magistratura, Avda. Gral. Paz 70, 6 piso Cba. o a los T.E.: 0351-4341060/62 - int. 1 - http
consejodelamagistratura.cba.gov.ar - Inscripciones: en la sede del Consejo de la Magistratura, a partir del 08
de mayo de 2015. CIERRE DE INSCRIPCIONES, para presentar solicitud y los requisitos exigidos: día 29 de mayo de 2015 a las 20:00 hs. Horario: de lunes a viernes de 8:30 a 20:00 horas.

Dr. LUIS E. RUBIO
Tribunal Superior de Justicia
Dra. GRACIELA CHAYEP
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
ARTÍCULO 2º.- APRÚEBANSE los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares y Especificaciones Técnicas, que regirán la licitación llamada en el artículo anterior, los que como Anexos I y II compuestos de veinte 20 y tres 03 fojas útiles respectivamente, forman parte del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 3.- AUTORÍZASE a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Gobierno y Seguridad a fijar la fecha del presente llamado y a determinar día y hora de apertura de sobres.
ARTÍCULO 4.- IMPÚTASE el egreso en que se estima invertir en la presente licitación, por la suma de Pesos Treinta y Siete Millones Ciento Cincuenta Mil $ 37.150.000,00, con cargo a Jurisdicción 1.10, Programa 755-000, Partida 11.02.06.00
Medios de Transporte de y para Seguridad del Presupuesto Vigente, conforme a Nota de Pedido N 2015/000192.
ARTÍCULO 5.- EFECTÚENSE las publicaciones de Ley en el Boletín Oficial de la Provincia durante tres 3 días, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 16 de la Ley N 10.155 y 7.1.1.2
y 16 del Decreto N 305/2014 reglamentario de la Ley N 10.155, y Decreto 55/2015 e INSÉRTESE en el sitio web oficial del Gobierno de la Provincia www.cba.gov.ar - Portal Web de Compras y Contrataciones de la Provincia.
ARTÍCULO 6.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Seguridad y por el señor Fiscal de Estado.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/05/2015 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha07/05/2015

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4193

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/08/2024

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