Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/03/2015 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

4

Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - T OMO DCIII - Nº 52

CÓRDOBA, 18 de marzo de 2015

DIRECCIÓN GENERAL DE

INSPECCIÓN de PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N 336 Letra:A

MINISTERIO DE

GESTION PUBLICA

N 1769 y en uso de las facultades conferidas por los artículos 6, 10 y correlativos de la Ley 8652,
Córdoba, 25 de setiembre de 2014.Y VISTO: El Expediente Nº 0007-110715/2014
mediante el cual la Entidad Civil denominada BIBLIOTECA POPULAR JOSE MARCIAL
ENRIQUE VAUDAGNA, con asiento en la Localidad de La Tordilla, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N
19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada BIBLIOTECA POPULAR JOSE MARCIAL ENRIQUE VAUDAGNA, con asiento en la Localidad de La Tordilla, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba.Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución N 337 Letra:A
Córdoba, 25 de setiembre de 2014.VISTO: El Expediente Nº 0007-114134/2014, mediante el cual la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, remite las actuaciones de la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL DE BARRIO SILVANO FUNES S.E.P., en cumplimiento de lo normado en el artículo 4 y concordantes de la Ley Provincial N 9420 y Decreto Reglamentario N 1769.Y CONSIDERANDO:
Que la entidad ha obtenido el reconocimiento institucional Municipal en un todo de acuerdo la normativa vigente en la materia .
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos a los fines de su registración y autorización para funcionar como persona jurídica.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 segunda parte y concordantes del Código Civil; artículos 5, 9 y concordantes de la Ley Provincial N 9420, Decreto Reglamentario
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1º: OTORGASE Personería Jurídica a la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL
DE BARRIO SILVANO FUNES S.E.P., con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º: PROTOCOLICESE, REGIS
TRESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

CR. JOSÉ ERNESTO SONZINI
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN SALARIAL
MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA

Resolución N 338 Letra:A

ING. MARIANA G. ALDAO
DIRECTORA DE SISTEMAS
DIRECCIÓN DE GENERAL DE GESTIÓN SALARIAL
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA

Córdoba, 25 de setiembre de 2014.VISTO: El Expediente Nº 0007-114666/2014
mediante el cual la Entidad Civil denominada Fundación La Casa del Gaucho, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N
19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada Fundación La Casa del Gaucho, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución N 339 Letra:A

FUNDACIÓN IGLESIA CONSOLACION A LAS
NACIONES, con asiento en la Ciudad de Villa Allende, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 segunda parte, inc. 1º-, 35, 45
primer párrafoy concordantes del Código Civil;
Ley N 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACIÓN
IGLESIA CONSOLACION A LAS NACIONES, con asiento en la Ciudad de Villa Allende, Provincia de Córdoba.Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-

Córdoba, 25 de setiembre de 2014.VISTO: El Expediente Nº 0007-113657/2014
mediante el cual la Entidad Civil denominada
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución N 341 Letra:A
Córdoba, 25 de setiembre de 2014.VISTO: El Expediente Nº 0007107014/2013
mediante el cual la Entidad Civil denominada COMISION DE PADRES GRUPO SCOUT 53
PEDRO IGNACIO DE CASTRO BARROS, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 10 de Agosto de 2013.Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales con relación a la Asamblea Extraordinaria con fecha 10 de Agosto de 2013
por la Entidad Civil denominada COMISION DE
PADRES GRUPO SCOUT 53 PEDRO IGNACIO
DE CASTRO BARROS, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, CUIT 3070739436-2, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto modificando los artículos, 13, 22, 37 y 38, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º 35, 45 -primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE
PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social modificando los artículos, 13, 22, 37 y 38, sancionada en Asamblea Extraordinaria con fecha 10 de Agosto de 2013por la Entidad Civil denominada COMISION DE PADRES GRUPO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/03/2015 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha18/03/2015

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4177

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2015>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031