Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/03/2015 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 19 de marzo de 2015

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 53

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 53
CORDOBA, R.A., JUEVES 19 DE MARZO DE 2015

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
TRIBUNAL SUPERIOR

AGENCIA CÓRDOBA

CULTURA S.E

DE JUSTICIA

EDICION 2015

Reconocimiento al Mérito Artístico Resolución N 32
Córdoba, 10 de Marzo de 2015
Y VISTOS: El Expediente Administrativo N0385-000818/2015 del registro de esta Agencia Córdoba Cultura S.E., en el cual se tramita el programa al Reconocimiento al Mérito Artístico instaurado por Ley Provincial Nº 9578, para este año 2015.Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 obra nota suscripta por el Presidente de la Agencia Córdoba Cultura S.E., Lic. Pablo Canedo, dirigida a la Cra. Gisela Zanón, Directora de Administración, solicitando informe la existencia de partidas presupuestarias para llevar a cabo la Convocatorio al Reconocimiento al Mérito Artístico para este año 2015.Que a fs. 3/6 se incorporan constancia de la Ley Provincial 9578 y su Decreto Reglamentario Nº 1136/2009.Que a fs. 7/9 obra copia autenticada de la Resolución N159 de fecha 29 de Agosto de 2014 la cual resuelve la integración de la Comisión Ad-Honórem prevista en el artículo N 10 de la Ley Provincial N 9578, quien intervendrá en la referenciada Convocatoria.Que a fs. 11 luce nota suscripta por la Cra. Gisela Zanon y Jorge A. Zhar, ambos de la Dirección de Administración de la Agencia Córdoba Cultura S.E., informando la existencia de partidas presupuestarias para atender lo erogación que supone la ejecución del presente trámite.Que el trámite tiene el informe presupuestario emanado de la Dirección de Administración de esta Agencia, de conformidad a la Ley Anual de Presupuesto N10.176.Por ello, normativa legal citada, y de conformidad a las facultades establecidas;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CORDOBA CULTURA S.E.
RESUELVE
ARTICULO 1º: LLAMAR a participar en la Convocatoria para otorgamiento del Reconocimiento al Mérito Artístico Edición año 2015, de conformidad a lo establecido en la Ley Provincial Nº 9578 y su Decreto Reglamentario Nº 1136/2006, desde el día 04 de Mayo de 2015 hasta el día 4 de Junio de 2015.ARTICULO 2º: ESTABLECER que las postu laciones deberán ser presentadas por ante la Mesa de Entradas de la Agencia Córdoba Cultura S.E., sita en calle Bv. Chacabuco Nº 737, en días hábiles de Lunes a Viernes, en el horario de 8:00 hs. a 20:00.ARTICULO 3º: HACER saber a la Comisión Ad-Honorem de la presente Convocatoria, a los fines de su oportuna actuación, atendiendo lo establecido en la normativa legal vigente.ARTICULO 4º: LA erogación que demande la ejecución de este Programa, será imputado al Ejercicio Presupuestario Preventivo Futuro Año 2015.ARTICULO 5º: PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, comuníquese, y archívese.AB. GERALDINE BALBI
VOCAL

LIC. PABLO CANEDO
PRESIDENTE

Acuerdo Reglamentario N 1267 - Serie A. En la ciudad de Córdoba, a diecisiete días del mes
marzo del año dos mil quince, con la Presidencia de su Titular Dr. Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres Carlos Francisco GARCÍA ALLOCCO, María Marta CÁCERES de BOLLATI, y Sebastián Cruz LÓPEZ
PEÑA, con la asistencia de la Señora Directora General del Área de Administración, a cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ y ACORDARON:
VISTO: La preocupación explicitada por distintos Funcionarios, que en base a un anterior concurso vienen desempeñándose en calidad de suplentes o interinos por un tiempo prolongado, y la necesidad de que no obstante el nuevo llamado a concurso, mantengan el derecho en expectativa a ser designados suplente, interino o efectivo por el Orden de Mérito por el cual concursaron, ya que en caso de haberse tratado de una vacante pura le hubiera correspondido la designación en forma efectiva Y CONSIDERANDO: Que este Tribunal entiende que debe contemplarse los casos en los cuales, funcionarios, que vienen desempeñándose como Secretarios o Prosecretarios Letrados suplentes o interinos en un tiempo prolongado, contando con el informe favorable de su desempeño por parte de sus superiores jerárquicos, mantengan el derecho a ser titulares en el cargo hasta tanto se produzca la vacante respectiva. Por ello y atento las facultades conferidas por los arts. 166, inc. 7 de la Constitución Provincial y 12, inc. 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N 8435, SE RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- DISPONER que, aquellos Funcionarios por concurso, que se encuentren desempeñando con idoneidad, de manera ordenada, eficiente y con compromiso funcional el cargo de Secretario o Prosecretario Letrado, como suplente o interino y cuenten con el informe favorable de sus superiores jerárquicos, mantendrán su expectativa a ser designados suplentes, interinos o efectivos por el Orden de Mérito por el cual concursaron.
ARTÍCULO 2º.- COMUNIQUESE a la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales, Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial y dese la más amplia difusión interna en los tribunales y dependencias del Poder Judicial de la Provincia.
ARTICULO 3º.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia.
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/03/2015 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha19/03/2015

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4171

Primera edición01/02/2006

Ultima edición03/07/2024

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