Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2015 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 13 de marzo de 2015

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BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 49

SECCIÓN

Primera Sección
AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 49
CORDOBA, R.A., VIERNES 13 DE MARZO DE 2015

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

AGENCIA CÓRDOBA

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PODER

CULTURA S.E

LEGISLATIVO

Concurso Provincial de Dramaturgia Teatral Edición 2015

Resolución N 26
Córdoba, 09 de Marzo de 2015
VISTO: Las actuaciones administrativas contenidas en el Expediente N 0385-000814/2015 del registro de esta Agencia Córdoba Cultura S.E. en el cual se tramita el llamado a participar en el Concurso Provincial de Dramaturgia Teatral Edición 2015, a instancias de la Subdirección de Artes Escénicas.Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 03 luce nota suscripta por la Subdirectora de Artes Escénicas, la Ab. Alicia Manzur, dirigida al Sr. Presidente de la Agencia Córdoba Cultura S.E., solicitando autorización para llevar a cabo el llamado a participar en el Concurso Provincial de Dramaturgia Teatral Edición 2015, destinado a autores teatrales de nacionalidad argentina mayores de 18 años, que acrediten una residencia mínima de tres 03 años en la Provincia de Córdoba.Que a fs. 06/07, se incorporan bases y condiciones del Concurso Provincial de Dramaturgia Teatral 2015, la cual propone otorgar un Primer Premio consistente en la entrega de la suma de pesos Veinticinco Mil $ 25.000,00 y un Segundo Premio de pesos Quince Mil $15.000,00, a las obras seleccionadas.Que a fs. 09/10 la Dirección de Administración de esta Agencia, informa que existen partidas presupuestarias para atender lo solicitado en autos, ascendiendo el presupuesto del Certamen en referencia, al monto de pesos Cincuenta y Cinco Mil $
55.000,00.Que la convocatoria propuesta se encuentra en el marco de las competencias y acciones asignadas a esta Agencia Córdoba Cultura S.E., contempladas en el artículo 51 inc. 17 del Anexo I de la Ley N10.029 y en el artículo 3 inciso o de su Estatuto, aprobado por la normativa mencionada, el cual dispone como objeto de la Sociedad, la realización de las siguientes actividades entre otras: Establecer programas de premios, becas, subsidios y créditos para el fomento de las actividades culturales y artísticas.Por ello, conforme la normativa citada, la Ley Anual de Presupuesto 10.248, y en uso de las atribuciones que le son propias;
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Se crea Fondo de Emergencia por Inundaciones LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE
CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

que fueren necesarias para adecuar dicho procedimiento al tipo de contratación de que se trata y a lo dispuesto en la Ley Nº 8614.

Ley: 10267

Cuando en el procedimiento de subasta electrónica no se presentaren ofertas o cuando las presentadas fueren inadmisibles o inconvenientes, luego de dos períodos de lances -como mínimose podrá realizar la contratación en forma directa, en los términos del artículo 7 -último párrafode la Ley Nº 8614 o la normativa que corresponda aplicar, según se trate de obras, bienes o servicios.

Artículo 1º.-Créase el Fondo de Emergencia por Inundaciones como cuenta especial con afectación total y específica a reparar daños derivados de las inundaciones que afectan el territorio provincial, sea para la asistencia a damnificados o para reconstrucción de la infraestructura.
Artículo 2º.-El Fondo de Emergencia por Inundaciones se integrará con los ingresos provenientes de:
a Los aportes del Tesoro de la Provincia de Córdoba que se destinen al efecto;
b Las sumas que envíe el Estado Nacional en concepto de Aportes del Tesoro Nacional ATN, subsidios o créditos con asignación específica para afrontar los daños producidos por el temporal;
c Los créditos nacionales o internacionales que se obtengan a los fines del Fondo, y d Donaciones, legados y todo otro ingreso o recurso de origen público o privado -nacional o internacionalque se destine al mismo.
Artículo 3º.-El Ministerio de Gestión Pública es el encargado de la administración del Fondo de Emergencia por Inundaciones en los términos del artículo 11 -último párrafode la Ley Nº 10155, a cuyo fin contará con la asistencia de la Secretaría de Control y Auditoría, la cual centralizará los requerimientos de los Ministerios de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, de Infraestructura, y de Desarrollo Social.
Artículo 4º.- Las contrataciones de obras, bienes o servicios en el marco de la presente Ley se deben realizar por el procedimiento de subasta electrónica, siendo aplicable a las mismas las disposiciones procedimentales de la Ley Nº 10155, en cuanto fueren compatibles con la presente, facultándose al Ministerio de Gestión Pública a dictar las reglamentaciones
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Artículo 5º.- El Fondo de Emergencia por Inundaciones también atenderá las contrataciones que se hubieran realizado para afrontar las consecuencias dañosas derivadas de las catástrofes climáticas acaecidas.
Artículo 6º.- Créase la Comisión de Seguimiento y Control de la Ejecución del Fondo de Emergencia por Inundaciones que estará integrada por representantes de los bloques que componen la Legislatura Provincial, con mayoría de la oposición, la cual tiene amplias facultades de información relacionadas con su función, así como la potestad de estar en línea durante los procesos de subasta electrónica.
Artículo 7º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA
PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS
ONCE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
QUINCE.CRA. ALICIA MÓNICA PREGNO
V ICEGOBERNADORA
P RESIDENTA
LEGISLATURA PROVINCIA DE C ÓRDOBA
GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO L EGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE C ÓRDOBA
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
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Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/03/2015 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha13/03/2015

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4171

Primera edición01/02/2006

Ultima edición03/07/2024

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