Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/11/2014 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVIII - Nº 204

- Marca Renault, modelo del año 2013, chasis Nº 93YMAFECADJ708556, motor Nº M9TA876C007351, de 12 asientos, Tacógrafo Digitac 25279, Dominio Nº MVP 215, adjudicándole la chapa MOP Nº ER 3040.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR la baja del parque móvil que estuviera afectada al servicio que prestaba el señor Rolando Vicente CAÑETE, cuyos datos identificatorios se detallan:

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de los Servicios Públicos, pase al Registro de Prestatarios y archívese.

- Marca Asia, modelo del año 1999, chasis Nº KNAFAD3B2WC005652, motor Nº ZB514419, de 16 asientos, Tacógrafo YAZAKI
182350, Dominio Nº CMH 276, chapa MOP
Nº E 1887.

LIC. GABRIEL BERMUDEZ
S ECRETARIO DE T RANSPORTE

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de Servicios Públicos, pase a la Dirección General de Transporte y archívese.

Resolución N 462
Córdoba, 8 de Octubre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-030442/
2008 mediante el cual el señor Rolando Vicente CAÑETE presenta renuncia al permiso de explotación que fuera conferido por Resolución N 889/2000 para prestar un Servicio Especial de transporte de pasajeros mediante contratación previa en cada caso y sin recorrido permanente con centro en JOVITA y bajo la denominación de "AUTOTRANSPORTE JOVITA".
Y CONSIDERANDO:
Que obra agregado en autos copia certificada de la Partida de Defunción del recurrente y copia simple del Poder otorgado por Escritura N 28 de fecha 11-10-2008 por la cónyuge del causante.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Control informa que se han cumplidos con los requisitos propios del área bajo su control, por lo que aconseja la baja de la unidad en cuestión y sugiere la eventual caducidad del permiso de explotación.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control expresa que el permisionario no registra deuda en concepto de Tasa Retributiva de Servicios y no acredita los Depósitos de Garantía exigidos por Ley.
Que en virtud de las constancias obrantes en autos, se advierte que el permiso de explotación que le fuera conferido al señor CAÑETE que data de fecha 18-10-2000 se encuentra vencido, toda vez que han transcurrido más de diez años de la pertinente autorización, por lo que corresponde disponer el cese del mismo, tal lo establece la normativa vigente y la baja del parque móvil habilitado a dicho servicio.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones bajo el N 298/2014
y atento a las facultades conferidas por las disposiciones legales vigentes, en uso de sus atribuciones, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

LIC. GABRIEL BERMUDEZ
S ECRETARIO DE T RANSPORTE

servicio que prestaba la empresa ATALBA
S.A., cuyos datos identificatorios se detallan:
aMarca Mercedes Benz, modelo del año 2005, chasis Nº 8AC9036726A933168, motor Nº 61198170034278, de 15 asientos, Tacógrafo Digitac T1387, Dominio Nº FCM 618, chapa MOP Nº E 1317.
bMarca Toyota, modelo del año 1999, chasis Nº HZB500105392, motor Nº 1HZ0271777, de 18 asientos, Tacógrafo Digitac 4935, Dominio Nº DCH 654, chapa MOP Nº E 1254.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de Servicios Públicos, pase al Registro de Prestatarios y archívese.

ARTÍCULO 1º.- DISPONER el cese del servicio que le fuera autorizado al señor Rolando Vicente CAÑETE D.N.I. Nº 6.658.885 mediante Resolución N 889/2000, para que prestara un Servicio Especial de transporte de pasajeros mediante contratación previa en cada caso y sin recorrido permanente, con centro en JOVITA y bajo la denominación de "AUTOTRANSPORTE
JOVITA".

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR la baja del parque móvil que estuviera afectada al servicio que prestaba la señora Silvina de las Mercedes NARBALLO, cuyos datos identificatorios se detallan:
- Marca Peugeot, modelo del año 1999, chasis Nº VF3232B52W5579885, motor Nº 10FZ710241136, de 11 asientos, Tacógrafo Digitac T18827, Dominio Nº CNM 585, chapa MOP Nº ER 1361.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de Servicios Públicos, pase a la Dirección de Transporte y archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
S ECRETARIO DE T RANSPORTE

LIC. GABRIEL BERMUDEZ
S ECRETARIO DE T RANSPORTE

Resolución N 463

Resolución N 465

Córdoba, 8 de Octubre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-183083/
2013 mediante el cual la empresa ATALBA S.A.
solicita le sea aceptada la renuncia al permiso de explotación que le fuera concedido por Resolución N 263/1999, para prestar un Servicio Especial de transporte de pasajeros mediante contratación previa en cada caso y sin recorrido permanente, con centro en VICUÑA MACKENNA.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión informa que la requirente ha cumplimentado con los requisitos propios del área, estimando que puede aceptarse la renuncia al permiso de explotación y proceder a la baja del parque móvil afectado a dicho servicio.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control expresa que la permisionaria acredita haber cumplimentado con las exigencias a verificar por el área, referida a la Tasa Retributiva de Servicios y Depósitos de Garantía.
Que por su parte el señor Director General de Transporte considera que puede darse continuidad al trámite de autos.
Que conforme las constancias obrantes en autos, no existen objeciones legales para autorizar la renuncia al permiso de explotación, de conformidad a lo establecido por la Ley N 8669 y Decreto Reglamentario N 254/03.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones bajo el N 1143/2014, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:

Córdoba, 8 de Octubre de 2014

Resolución N 464
Córdoba, 8 de Octubre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-183792/
2013 mediante el cual la señora Silvina de las Mercedes NARBALLO solicita le sea aceptada la renuncia al permiso de explotación que le fuera concedido por Resolución N 180/2009, para prestar un Servicio Especial Restringido de transporte de pasajeros, con centro en MONTE BUEY y bajo la denominación de "TURTU VIAJES".
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión informa que el requirente ha cumplimentado con los requisitos propios del área, estimando que puede aceptarse la renuncia al permiso de explotación y proceder a la baja del parque móvil afectado a dicho servicio.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control expresa que la permisionaria no registra deuda en concepto de Tasa Retributiva de Servicios y no acredita los Depósitos de Garantía.
Que por su parte el señor Director General de Transporte considera que puede darse continuidad al trámite de autos.
Que conforme las constancias obrantes en autos, no existen objeciones legales para autorizar la renuncia al permiso de explotación, de conformidad a lo establecido por la Ley N 8669 y Decreto Reglamentario N 254/03.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones bajo el N 1086/2014, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

R E S U E L V E:

CÓRDOBA, 21 de noviembre de 2014

ARTÍCULO 1º.- DEJAR sin efecto, a mérito de la renuncia presentada por la empresa ATALBA S.A., el permiso de explotación que le fuera conferido por Resolución N 263/
1999, para que prestara un Servicio Especial de transporte de pasajeros mediante contratación previa en cada caso y sin recorrido permanente, con centro en VICUÑA
MACKENNA.
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR la baja del parque móvil que estuviera afectada al
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DEJAR sin efecto, a mérito de la renuncia presentada por la señora Silvina de las Mercedes NARBALLO -D.N.I.
N 28.503.039-, el permiso de explotación que le fuera conferido por Resolución N 180/
2009, para que prestara un Servicio Especial Restringido de transporte de pasajeros, con centro en MONTE BUEY y bajo la denominación de "TURTU VIAJES".

VISTO: El expediente Nº 0048-183712/
2013 mediante el cual la empresa PEDRO
TOURS S.C.C. solicita le sea aceptada la renuncia al permiso de explotación que le fuera concedido por Resolución del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos N
77/1986, para prestar un servicio regular público de autotransporte de pasajeros entre la Ciudad de BELL VILLE y la localidad de NOETINGER.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos Resolución N 022/2014
de esta Secretaría declarando la caducidad del servicio, por no haber abonado la Tasa Retributiva de Servicios, autorizando la baja de las unidades y propiciando la ejecución judicial de la deuda.
Que comparece el señor Juan Carlos NILIA, en su carácter de representante legal de la empresa en cuestión, solicitando se le otorgue un plan de pago por la deuda que mantiene en concepto de Tasa Retributiva de Servicios de la línea regular.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control informa que se ha otorgado el plan de facilidades de pago conforme se solicitara, encontrándose la requirente al día con los pagos comprometidos.
Que asimismo la permisionaria ratifica el pedido de Renuncia al Servicio Regular y se revoque la Resolución N 022/2014, por haber abonado la deuda de Tasa y atento no encontrarse firme la misma.
Que conforme las constancias obrantes en autos corresponde dejar sin efecto la Resolución N 022/2014, en virtud de no encontrarse firme al no haber sido notificada al domicilio constituido, y no existir causal de caducidad; asimismo se podrá resolver la renuncia efectuada al Servicio Regular Público, otorgado por Resolución N 77/
1986.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones bajo el N 975/2014, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- DEJAR sin efecto la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/11/2014 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha21/11/2014

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4170

Primera edición01/02/2006

Ultima edición02/07/2024

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