Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2008 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 24 de junio de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXXI - Nº 118
CORDOBA, R.A. MARTES 24 DE JUNIO DE 2008

PUBLICACIONES

RESOLUCIONES
ENTE REGULADOR DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 1256
Córdoba, 22 de Mayo de 2008
VISTO: Que obra en las actuaciones de referencia, nota presentada por la Cooperativa de Electricidad, Agua Potable y otros Servicios Públicos de Monte Leña Ltda., con fecha 08 de Noviembre del 2007.Que la entidad persigue la homologación, por parte del ERSeP, del nuevo Cuadro Tarifario propuesto por aquélla, el cual contempla variaciones en la estructura tarifaria y un aumento en el precio de las tarifas.Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 218 del 13 Noviembre de 2001, el ERSeP resolvió aconsejar al Poder Ejecutivo otorgar la concesión exclusiva de la distribución y comercialización del servicio público de suministro de energía eléctrica a la Cooperativa de Electricidad, Agua Potable y otros Servicios Públicos de Monte Leña Ltda., por considerar que la entidad cooperativa había cumplimentado con los requisitos establecidos en el Convenio de Adecuación y Transformación del Sector Eléctrico Cooperativo de la Provincia de Córdoba Decreto Nº 844/01.Que mediante Decreto Nº 617/03 el Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba ordenó otorgar en concesión a la Cooperativa de Electricidad, Agua Potable y otros Servicios Públicos de Monte Leña Ltda. la distribución y comercialización del servicio público de Energía Eléctrica bajo las condiciones y recaudos que se establecen en el Contrato suscripto entre el Ministerio de Obras públicas y la citada Cooperativa Que la Ley Provincial N 8.835 en su artículo 25
inc. h enumera como competencia del ERSeP
Aprobar las modificaciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo de los prestadores, de acuerdo con los términos de los títulos habilitantes..Que el artículo 35 de la Ley Nº 8837 establece que los servicios de transporte y distribución de la energía eléctrica serán regulados hasta que pueda organizarse en la forma de mercados competitivos con precios libres y que hasta que ello ocurra, las tarifas serán fijadas por el Poder Ejecutivo en oportunidad de otorgar los títulos habilitantes, correspondiendo su actualización temporal al ERSeP.Que la Cooperativa solicita la aprobación de un aumento en el precio de las tarifas en razón en el
DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
LEYES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA GOBIERNO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA

Aprueban el Convenio de Cooperación Recíproca PODER LEGISLATIVO
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 913
Córdoba, 19 de Junio de 2008
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 9491 cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

LEY: 9491
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE en todas sus partes el Convenio de Cooperación Recíproca celebrado con fecha 13 de marzo de 2008
entre el Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba y el Gobierno Municipal de la ciudad de Córdoba, registrado en el Protocolo de Tratados y Convenios de la Subsecretaría Legal y Técnica dependiente de Fiscalía de Estado bajo el Nº 46/08, el que compuesto de cuatro 4 fojas útiles, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo Único.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.

CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS ONCE DÍAS DEL MES
DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO.

PODER LEGISLATIVO

HÉCTOR OSCAR CAMPANA
VICEGOBERNADOR
PRESIDENTE
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

GUILLERMO ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

ARTÍCULO 1º.- DECLÁRASE de utilidad pública y sujeto a expropiación para la ejecución de la obra: Pavimentación Ruta
incremento de los costos operativos que enfrenta la misma.Que, la modificación del artículo 20 de la ley N 8835
introducida por el artículo 1 de la ley N 9318, establece la celebración previa de una Audiencia Pública, convocando a los usuarios en general o sólo a algún sector de ellos, a los fines del tratamiento de la modificación de los cuadros tarifarios de los servicios públicos.Que, en tal sentido, con fecha 19 de Diciembre del año 2007 se celebró la Audiencia Pública, dirigida a los usuarios titulares del servicio, la cual fue llevada a cabo de manera acorde con las disposiciones contenidas en
LEY: 9490

las Resoluciones Generales ERSeP N 04/2005 y 09/
2005.- Por medio de la primer Resolución se estableció que las cooperativas distribuidoras del servicio eléctrico que requieran incrementos tarifarios debían solicitar la autorización correspondiente a este Ente artículo Nº 25, inciso h de la Ley 8835, previa aprobación de las respectivas asambleas de asociados. Con posterioridad mediante la segunda Resolución se resolvió habilitar como alternativa la celebración de audiencias públicas simplificadas, estableciendo condiciones ad hoc para su convocatoria, organización y celebración, aplicables específicamente al tratamiento de los incrementos
CONTINÚA EN PÁGINA 2

de tarifas que pudieran solicitar las cooperativas concesionarias de la distribución y comercialización del servicio eléctrico en el ámbito de la provincia.Que, en relación a lo solicitado por la distribuidora, el informe técnico expresa: de acuerdo a lo desarrollado en el presente informe en función del ajuste tarifario y la readecuación del Cuadro Tarifario Inicial en función de la Estructura Tarifaria Única propuesta; se considera entonces que por lo analizado y a las resoluciones en vigencia, pertinente la homologación del Cuadro Tarifario que se adjunta en el Anexo Único que CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2008 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha24/06/2008

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4197

Primera edición01/02/2006

Ultima edición09/08/2024

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