Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/06/2008 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 5 de junio de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXXI - Nº 106
CORDOBA, R.A. JUEVES 5 DE JUNIO DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES
Crean el Registro Provincial de ex Presos Políticos SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
RESOLUCION Nº 3
Córdoba, 23 de Mayo de 2008
VISTO: El expediente N 0461-076745/2005, donde esta Secretaría de Derechos Humanos, por sugerencia de la Asociación de Ex Presos Políticos de Córdoba, promueve la creación de un Registro Provincial voluntario de Ex Presos Políticos residentes en la Provincia de Córdoba CONSIDERANDO:
Que analizados los objetivos propuestos por la
Asociación referida, se considera procedente el pedido.Que el Registro a crearse, será dirigido por la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Córdoba, quien fiscalizará y controlará la actuación de quienes colaborarán con las entrevistas, en adelante COLABORADORES, los mismos serán personas que la Secretaría de Derechos Humanos designará y personas pertenecientes a la Asociación de ex presos políticos de Córdoba, debiendo ésta elevar el listado de los mismos a la Secretaría de Derechos Humanos.-

DECRETOS
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 822
Córdoba, 2 de junio de 2008
Debiendo ausentarse de la Provincia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144
de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- DELÉGASE en el Señor Vicegobernador de la Provincia, Don Héctor Oscar Campana las funciones inherentes al Poder Ejecutivo Provincial.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el Ministro de Gobierno y por el Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

Los COLABORADORES realizarán su labor a fin de incorporar a las personas que voluntariamente deseen ser agregadas al Registro.- Se efectuará a tales efectos, una contratación de locación de servicios entre los COLABORADORES que intervendrán y la Secretaría General de la Gobernación, por el plazo que se estipule para la tarea total de entrevistar, cargar datos y evaluar.La Secretaría de DD HH facilitará a los COLABORADORES, dentro de sus posibilidades, espacio físico para que tengan lugar las reuniones de planificación, gestión, distribución de zonas, procesamiento de datos etc.
También apoyará la difusión de las tareas a desarrollar, a través de la Dirección de Promoción, con miras de que llegue a conocimiento de todos los habitantes de la provincia, la creación e implementación del Registro.Que la creación de este Registro, hará posible conocer en forma fehaciente el número de personas que padecieron las circunstancias lamentables de la persecución política e ideológica, a través de torturas, privación ilegítima de la libertad y muchas otras aberraciones.Que de los datos obtenidos se podrá hacer un seguimiento y acompañamiento a quienes voluntariamente se animen a informar de su situación, poder conocer de sus necesidades, secuelas que padecen ellos y sus familias, cómo poder superarlas, etc.Que en virtud de ello es necesario reglamentar la implementación de dicho Registro, lo que como anexo I se agrega a la presente, formando parte de la misma.Por todo ello, las atribuciones que a esta Secretaría le atribuye la Ley 9464, EL SECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: CREÁSE en el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Córdoba, el Registro Provincialvoluntario de Ex Presos Políticos residentes en la Provincia de Córdoba, que estará dirigido y fiscalizado por esta Secretaría, a través de la Dirección de
Secuelas del Terrorismo de Estado o por quien el Sr. Secretario de DD HH designe.ARTÍCULO 2: AUTORÍZASE a colaborar en las encuestas a practicarse, a la Asociación de ex Presos Políticos de Córdoba, según lo establecido en el considerando respectivo.ARTÍCULO 3: APRUÉBASE la reglamentación para el funcionamiento del Registro mencionado, que como Anexo I se agrega y forma parte de la presente resolución.ARTÍCULO 4: APRUÉBASE la planilla que se utilizará para efectuar las entrevistas, lo que como Anexo II se agrega y forma parte de la presente.ARTÍCULO 5: PROTOCOLÍCESE, publíquese en la forma establecida en el Anexo I y archívese.DR. RAÚL HERNANDO SÁNCHEZ
SECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS
ANEXO I:
Reglamentación para el funcionamiento del Registro Provincial voluntario de ex Presos Políticos residentes en la Provincia de Córdoba.a El Director de Secuelas del Terrorismo de Estado, o quien en su reemplazo designe el Secretario de DD HH, será el encargado de dirigir el Registro.- Controlará y fiscalizará el desarrollo de la actividad de los COLABORADORES para la encuesta que se realizará a los fines de registrar a los que voluntariamente quieran formar parte de dicho Registro.b Los COLABORADORES serán aportados por la Secretaría de Derechos Humanos y por la Asociación de ex Presos Políticos de Córdoba, Personería Jurídica según resolución N 336 A
07.c Se abrirá la Registración a partir del 15 de Junio de 2008 para lo cuál se publicará el llamado a registrarse, en el Boletín Oficial por un plazo de cinco días y en un diario de circulación en el ámbito de la provincia, por igual plazo.d La Secretaría de DD HH colaborará dentro CONTINÚA EN PÁGINAS 2 Y 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/06/2008 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha05/06/2008

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4197

Primera edición01/02/2006

Ultima edición09/08/2024

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