Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/05/2008 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 9 de mayo de 2008

1

SECCIÓN

PUBLICACIONES

AÑO XCVI - TOMO DXX - Nº 87
CORDOBA, R.A. VIERNES 9 DE MAYO DE 2008

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Suministro de Agua en Bloque a Cooperativas Fijan la tarifa para el año 2008.

RESOLUCIÓN GENERAL N 1571
Córdoba, 23 de Abril de 2008
VISTO: Lo establecido en los Artículos 16 y 20 del Código Tributario vigente, Ley N 6006 y modificatorias - T.O. 2004
por Decreto N 270/04, Y CONSIDERANDO:
QUE en virtud de las tareas que se llevan a cabo en este Organismo, se estima conveniente asignar al CR. ARIEL
SEBASTIÁN SÁNCHEZ D.N.I. Nº 24.357.710 - DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
RENTAS, designado mediante Decreto Nº 358 de fecha 17-03-08 B.O. 27-0308, las funciones inherentes a dicha Dirección detalladas en el Manual de Misiones y Funciones aprobado por Resolución General Nº 754/82 y modificatorias.
QUE con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de las funciones encomendadas, resulta oportuno asignar al mismo Agente las facultades comprendidas en el Artículo 5º, incisos 3, 4, 5, 7, 9, 11, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de la Resolución General Nº 756/82 de fecha 16-02-82 y modificatorias.
QUE -asimismoes oportuno designar a dicho Agente con funciones específicas a los fines de dar curso a los trámites referidos a determinar y devolver los tributos, vigentes o no, y los que en el futuro se establezcan; aplicar sanciones por infracciones a las disposiciones del Código Tributario vigente y demás Leyes Tributarias; y resolver las cuestiones atinentes a las exenciones tributarias y a las vías recursivas previstas en el C.T.P.
en las cuales sean competentes.

POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 16 y 20 del Código Tributario - Ley N 6006 - T.O. 2004 y sus modificatorias, EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- ASIGNAR al Agente CR. ARIEL SEBASTIÁN SÁNCHEZ
D.N.I. Nº 24.357.710 - DIRECTOR
DE JURISDICCIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE RENTAS, designado mediante Decreto Nº 358 de fecha 1703-08 B.O. 27-03-08, el cumplimiento de las funciones inherentes a dicha Dirección establecidas en la Resolución General Nº 754 de fecha 15-04-1982 y modificatorias, que se detallan a continuación:
Coordinar, dirigir y controlar el accionar de las Delegaciones, Receptorías, Oficinas Descentralizadas y Centros de Participación Comunal procurando el suministro a las mismas de los medios humanos, materiales y financieros necesarios.
Asesorar a las Delegaciones, Receptorías, Oficinas Descentralizadas y Centros de Participación Comunal sobre el cumplimiento de las normas tributarias y administrativas a fin de facilitarles el desempeño de sus funciones.
Verificar si los medios y elementos asignados conforman a la ejecución de los programas pactados, proponiendo en su caso las reasignaciones que correspondan.
Elaborar estadísticas computando las tareas asignadas a cada Delegación, Receptoría, Oficina Descentralizada y Centro de Participación Comunal a efectos de determinar su eficiencia en el control de gestión.

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS

RESOLUCION Nº 122

medidores sea realizada dentro del mes y que su vencimiento opere el día 10 del mes siguiente.

Córdoba, 27 de marzo de 2008
VISTO el Expediente nº 0416/043280/05 en el que se tramita la fijación de las tasas por Agua en Bloque a Cooperativas que presta esta Repartición, correspondientes al año 2008.Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 56 se agrega informe del Sector Recaudaciones en el que se propone mantener la tarifa fijada para el año 2007 y se determina que el día 10 de cada mes las Cooperativas presenten declaraciones juradas de distribución de utilidades, debiendo abonarse dentro de los diez primeros días del mes siguiente al que se realiza la presentación.

QUE según lo prescripto por el Artículo 6º Inc. i de la Ley Orgánica nº 8548, es atribución de la Repartición la fijación de agua, las tarifas y los precios de provisión de agua potable.
POR ELLO, dictamen del Sector Jurídica nº 817/07
obrante a fs. 58;
EL SEÑOR SUBSECRETARIO DE
RECURSOS HIDRICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- FIJAR para el año 2008, la tarifa de suministro de agua en bloque a Cooperativas por m3 en la suma de TREINTA CENTAVOS $ 0,30.-

QUE asimismo indica que la lectura de los Macro
Prestar apoyo operativo a las Delegaciones, Receptorías, Oficinas Descentralizadas y Centros de Participación Comunal en los casos que sea necesario.
Programar las tareas ordenadas por la Superioridad relacionadas con el sistema de computación, en lo referente al proceso de información del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, remitidas por Delegaciones y Receptorías.
Coordinar y supervisar el correcto funcionamiento de la Atención al Público en las Delegaciones, Receptorías, Oficinas Descentralizadas y Centro de Participación Comunal, siguiendo la estructura del Front Office establecido por Resolución Interna Nº 56 a que se refiere el Manual de Procedimiento para la
Atención al Público aprobado por Resolución General Nº 1283 B.O. 1811-03 y modificatorias, el cual depende de la Gerencia de Rentas y reportarlo directamente con esta instancia.
ARTÍCULO 2º.- ASIGNAR al SR. DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE
DESCENTRALIZACIÓN mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución, el cumplimiento de las facultades comprendidas en el Artículo 5º, incisos 3, 4, 5, 7, 9, 11, 14, 15, 16, 17, 18
y 19 de la Resolución General Nº 756
de fecha 16-02-1982 y modificatorias.
ARTÍCULO 3º.- DESIGNAR al SR.
DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE
DESCENTRALIZACIÓN mencionado
CONTINÚA EN PÁGINA 2

en el Artículo 1º de la presente Resolución, como JUEZ ADMINISTRATIVO
para el ejercicio de las funciones establecidas en los incisos c, d y e del Artículo 16 del Código Tributario vigente - Ley N 6006, T.O. 2004 y modificatorias.
ARTÍCULO 4º.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y Archívese.
CR. ALFREDO L. LALICATA
DIRECTOR GENERAL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/05/2008 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha09/05/2008

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4177

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

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