Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/05/2008 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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de la HABILITACION del citado Establecimiento, deberá tener en cuenta que el mismo NO HA CUMPLIMENTADO
con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estas actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente, s/ Expte. Nº 0416-045939/06.RESOLUCION Nº 82 - 10/03/08 - CONCEDER a los Señores Orlando Luis Scarponi, Norberto Felipe Mozzoni y Héctor Elio Bacaloni el CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD
DE DESCARGA al subsuelo a través de pozosperforaciones absorbentes individuales, para los efluentes cloacales adecuadamente tratados que se originen en las viviendas unifamiliares que se construyan en el loteo Nuevo Sur a desarrollar en un inmueble de su propiedad ubicado sobre entre calles Mitre, José Hernández, Dante Ventre y Buenos Aires, de la localidad de Oncativo, Departamento Río Segundo, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes, siendo su cumplimiento, según corresponda, responsabilidad de los propietarios del loteo y/o de cada uno de los futuros propietarios de las viviendas, obligaciones que deberán necesariamente constar en los contratos de compraventa y en las escrituras de propiedad correspondientes, s/ Expte.
Nº 0416-048208/06.RESOLUCION Nº 83 - 10/03/08 - APROBAR la constitución de la Junta Promotora, la que funcionará por el término de ciento ochenta 180 días contados a partir de la fecha de la presente, a los fines de la convocatoria a elecciones para la conformación del Consorcio de Regantes del Sistema de Riego del Sistema La Granja, la que queda conformada por las siguientes personas:
Olmedo Marcelo Diego DNI 14.408.556, Puga Miguel Angel DNI 7.969.097, Karnath Lidia DNI 5.818.608, De Biasi Miguel Angel Dni 12.613.499, Zambon Cecilia Dni 13.373.809 y Frank Nelcar Roberts DNI 6.444.242, conforme al Acta obrante a fs. 4 de estas actuaciones, s/
Expte. Nº 0416-50885/07.RESOLUCION Nº 84 - 10/03/08 - CONCEDER a los Sres. Carlos Hugo Restagno, Joaquín De La Cruz González y Juan Carlos Mugica el CERTIFICADO DE
FACTIBILIDAD DE DESCARGA al subsuelo a través de pozos absorbentes individuales, para los efluentes cloacales adecuadamente tratados que se originen en las viviendas unifamiliares que se construyan en el loteo a desarrollar en un inmueble ubicado entre calles Iguazú, Los Alerces, Av. Costanera y Calafate, de la Ciudad de Villa María, Dpto. General San Martín, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes, siendo su cumplimiento, según corresponda, responsabilidad de los propietarios del loteo y/o de cada uno de los futuros propietarios de las viviendas, obligaciones que deberán necesariamente constar en los contratos de compraventa y en las escrituras de propiedad correspondientes, s/
Expte. Nº 0416-047793/06.RESOLUCION Nº 86 - 14/03/08 - CONCEDER a la firma GAMA S.A., cuyo responsable legal del emprendimiento ante esta Subsecretaría es el Sr. Jorge Oscar Petrone D.N.I. 7.643.2 87, el Certificado De Factibilidad De Agua que como Anexo I forma parte de la presente, a un loteo a ejecutar en la parcela de su propiedad, designada catastralmente como Dep: 13 - Ped:
02 - Pblo: 22 - C: 01 - S: 03 - M:201 - P: 002, Propiedad Nº 13-02-0242948/4, Matrícula 944.892, ubicado en Ruta Provincial E 66 de la ciudad de Jesús María, Dpto. Colón.
El presente certificado de factibilidad contempla exclusivamente, la subdivisión de los predios en ciento nueve 109 lotes en total, por lo que si en el futuro se pretendiere subdividir los predios que conforman el actual loteo, deberá el responsable iniciar nuevamente la tramitación impuesta por la Resolución 646/05. Los responsables del citado emprendimiento, deberán cumplimentar con las disposiciones contenidas en la Ley
B OLETÍN O FICIAL
de Ambiente N 7343, sus decretos reglamentarios y de toda otra normativa de naturaleza ambiental incumbente.-La presente no invalida ni suple demás exigencias legales de carácter ambiental, s/ Expte. Nº 0416-050278/07.RESOLUCION Nº 13 - 8/02/08 - APROBAR la Póliza de Seguro de Caución Nº 525.304 en garantía de sustitución de Fondos de Reparo emitida por Alba Compañía Argentina De Seguros S.A., por la suma de Pesos Tres Mil $
3.000,00, a los fines de sustituir las retenciones correspondientes al Certificado Final de la obra Red De Distribución de Agua Potable a Villa Parque Siquiman presentada por la Empresa Rolando Alberto Allende, s/
Expte. Nº 0416-47150/06.RESOLUCION Nº 14 - 8/02/08 - AUTORIZAR - con carácter Precario, Personal y Extraordinarioa la Comuna de Diego de Rojas, a extraer áridos del cauce del Río Primero Suquía, margen izquierda, en la zona ubicada en las proximidades del vado que une Diego de Rojas con Las Gramillas, actualmente roto, a 12 Km. De la ruta provincial Nº 10, en los siguientes términos: A La autorización tendrá vigencia por noventa 90 días a partir de la fecha de notificación de la presente.- B Las extracciones se realizarán con una bomba aspirante propiedad del Consorcio Caminero de la zona y el acopio lo harán en la zona próxima al lugar de extracción para ser trasladado con un camión de la Comuna hacia el corralón. C Las extracciones deberán realizarse en un frente de 200 m. de largo, por 30 m. de ancho y a una profundidad de 1 m.- D
El volumen máximo a remover mensualmente será de ciento cincuenta 150 metros cúbicos. E No se solicita Determinación de Línea de Ribera ni Estudio de Impacto Ambiental ya que las extracciones son beneficiosas en el tramo mencionado, en razón de estar formándose islotes que provocan el desborde del río hacia propiedades privadas. Los trabajos a realizar son de carácter eventual.
FEl material extraído será utilizado en la ejecución de obras públicas que realiza la Comuna, como enarenado de calles, viviendas sociales, etc G Deberá respetarse el horario comercial que rija en las localidades de influencia, siendo diez horas diarias el máximo permitido. HLas tareas de remoción del material árido deberán ser realizadas de forma tal que no provoquen daños en las márgenes ni alteren las condiciones naturales del escurrimiento de las aguas. I El transporte del material extraído deberá hacerse con sus correspondientes guías, y los trabajos serán controlados por personal de esta Subsecretaría. J La violación o incumplimiento de cualquiera de los puntos anteriores significará la anulación del permiso otorgado y el decomiso de los equipos, s/ Expte. Nº 0416-047148/06.RESOLUCION Nº 15 - 8/02/08 - RECHAZAR el Recurso de Reconsideración interpuesto por la Empresa Marinelli S.A., representada por el Cr. Pedro Marinelli, interpone formal Recurso de Reconsideración y jerárquico en Subsidio, en contra de la Resolución Nº 532 de fecha 30 de agosto de 2007, por resultar formalmente improcedente-. CONCEDER ante el Sr. Ministro De Obras y Servicios Públicos el Recurso Jerárquico interpuesto por el por la Empresa MARINELLI S.A., en contra de la Resolución Nº 532 de fecha 30 de agosto de 2007, s/ Expte. Nº 0416-040785/05.RESOLUCION Nº 16 - 8/02/08 - Conceder a la Municipalidad de Pozo del Molle, el CERTIFICADO DE
FACTIBILIDAD DE DESCARGA al subsuelo a través de pozos absorbentes individuales, para los efluentes cloacales adecuadamente tratados que se originen en las viviendas unifamiliares que se construyan en el loteo a desarrollar en un inmueble ubicado entre calles Sargento Cabral, 12 de Octubre, Camino Público a San Antonio de Litín y Calle Pública de la localidad de Pozo del Molle, Departamento Río Segundo, formado por la parcela 27410713, con una superficie total de 32.479,20 m2, con nomenclatura catastral Dpto:27, Ped:09, Pblo:21, C:02, S:01, Mz:91-92-93-94 y 95 Propiedad Nº 27-09-2.82.104/
1, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes, siendo su cumplimiento, según corresponda, responsabilidad del propietario del loteo y/o de cada uno de los futuros propietarios de las viviendas, obligaciones
Córdoba, 8 de mayo de 2008
que deberán necesariamente constar en los contratos de compraventa y en las escrituras de propiedad correspondientes, s/ Expte. Nº 0416-048746/07.RESOLUCION Nº 17 - 8/02/08 - APROBAR la Póliza de Seguro de Caución Nº 46863, emitida por Sancor Seguros Cooperativa De Seguros Limitada, por la suma de Pesos Setenta y Cinco Mil $75.000,00, con vigencia a partir del 18 de diciembre de 2007, en concepto de garantía de Anticipo Financiero de la obra Ampliación y Mejoramiento Del Sistema de Provisión de AguaVilla De Soto Departamento Cruz Del Eje - Provincia De Cordoba, que ha sido presentada a tal fin por la Empresa Cooperativa De Luz y Fuerza De Villa De Soto Ltda., s/ Expte. Nº 0416044503/06.RESOLUCION Nº 18 - 8/02/08 - RECHAZAR el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Carlos Martín Offredi, en contra de la Resolución Nº 652 de fecha 17 de octubre de 2007, por resultar sustancialmente improcedente. CONCEDER ante el Sr. Ministro De Obras y Servicios Públicos el Recurso Jerárquico interpuesto por el por el Sr. Carlos Martín Offredi, en contra de la Resolución Nº 652 de fecha 17 de octubre de 2007, s/ Expte. Nº 0416041362/05.RESOLUCION Nº 20 - 13/02/08 - APROBAR la Póliza de Seguro de Caución en Garantía de Sustitución de Fondos de Reparo Nº 672.478, emitida por Aseguradores de Cauciones S.A. Compañía de Seguros, por la suma de Pesos Veintinueve Mil Cuatrocientos Cuarenta y Cuatro Con Sesenta y Tres Centavos $ 29.444,63, con vigencia a partir del 27 de noviembre de 2007, como medio para sustituir las retenciones en tal concepto correspondientes al Certificado Parcial Nº 11 de la obra: Red De Cloacas, Cloaca Máxima y Planta De Tratamiento de la Localidad de Villa Maria, que ha sido presentada por la Empresa Marinelli S.A.- Hinsa S.A. U.T.E., s/ Expte. Nº 0416-042626/
05.RESOLUCION Nº 21 - 13/02/08 - APLICAR al Establecimiento Estación de Servicios CORGAS S.A., de propiedad del Sr. Alejandro F. Sosa y/o quien resulte responsable legal del mismo, ubicado en Av. Richieri Nº 3147 esquina Olimpia, una multa de Pesos Quinientos Ochenta $ 580,00, por incumplimiento a los emplazamientos formulados por esta repartición para regularizar la descarga de sus efluentes líquidos conforme al Decreto Nº 415/99 y su modificatorio Nº 2711/01. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de Diez l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial.- EMPLAZAR al citado Establecimiento para que en el perentorio término de TREINTA 30 días, contados a partir de la fecha de su notificación, presente ante esta Subsecretaria toda la documentación requerida oportunamente, a fin de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales, bajo apercibimiento de aplicar mayores sanciones conforme lo previsto en el Art. 276º de la Ley Nº 5589 y ordenar el cese inmediato de vertido.- NOTIFICAR a la Municipalidad de Córdoba que a los efectos de la HABILITACION del citado Establecimiento, deberá tener en cuenta que el mismo NO HA CUMPLIMENTADO con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estas actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente, s/ Expte.
Nº 0416-042751/05.RESOLUCION Nº 22 - 13/02/08 - CONCEDER a la Municipalidad de Colonia Caroya el Certificado de Factibilidad de Agua, que como Anexo I forma parte de la presente, para el Loteo ubicado en Colonia Caroya, Dpto.
Colón, Pedanía Cañas, Dominio Nº 861815, Propiedad Nº 1302-2091704-6, cuya nomenclatura catastral es: Dpto. C:
03, S: 01, M: 049, P: 006, s/ Expte. Nº 0416-047943/06.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/05/2008 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha08/05/2008

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4197

Primera edición01/02/2006

Ultima edición09/08/2024

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