Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 10/11/2000

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 10 de noviembre de 2000
LEYES
LEY N 6.974
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

Artículo 1º.- Créase en el ámbito del Consejo Provincial de la Tercera Edad dependiente de la Secretaría de Solidaridad Social, el Programa de Capacitación para adultos mayores, el que funcionará bajo la denominación de Universidad para la Tercera Edad, que se estructurará sobre la base de la actual Escuela de Cursos y Talleres para la Tercera Edad.Artículo 2º.- Estará destinada a los adultos mayores de 55 años con la finalidad de favorecer la integración y el desarrollo de las potencialidades individuales para realizaciones futuras en el aspecto socio cultural y laboral.Artículo 3º.- Establécese que el funcionamiento de la Casa de Estudios será administrado por el Consejo Provincial de la Tercera Edad.Artículo 4º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a través del Consejo Provincial de la Tercera Edad a elaborar la reglamentación para el funcionamiento del Programa denominado Universidad para la Tercera Edad.Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 115º Período Legislativo, a catorce días del mes de setiembre del año dos mil. Proyecto presentado por el diputado Nicasio Amadeo Barrionuevo.Fdo.: Rolando Rocier Busto - Vicepresidente 1 Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero - Secretario Legislativo DECRETO N 990
La Rioja, 28 de setiembre de 2000
Visto: el Expediente Código G1 N 006410/2000 mediante el cual la Función Legislativa de la Provincia eleva el texto de la Ley N 6.974, y en uso de las facultades acordadas por el Artículo 123 inciso 1 de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 6.974, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 14 de setiembre del año en curso.

BOLETIN OFICIAL

Pág. 3

Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Coordinador de Gobierno y suscripto por el señor Secretario de Solidaridad Social.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Fdo.: Maza, A.E., Gobernador Herrera, L.B. M.C.G.
Varas, G. A., S.S.S.

LEY N 6.976
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
L

E

Y :

Artículo 1º.- Apruébase el Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de La Rioja, firmado en esta Ciudad el día 12 de septiembre del corriente año, mediante el cual la Provincia de La Rioja solicita la suma de Pesos Ochenta y Ocho Mil Trescientos Treinta y Seis con 31/100 $ 88.336,31 para la ampliación de la obra denominada: Provisión de Agua a Ilear, El Codiciado y Otros - departamento Gral. Belgrano. Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 115 Período Legislativo, a veintiún días del mes de setiembre del año dos mil.
Proyecto presentado por la Función Ejecutiva.Fdo.: Rubén Antonio Cejas Mariño - Vicepresidente 2
- Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Raúl Eduardo Romero - Secretario Legislativo Ampliación del Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera Suscripto entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de La Rioja Entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, en adelante el Fondo, representado por el Presidente del Consejo de Administración, Lic. Federico Cibils Madero, designado por Decreto 84/00 PEN por una parte, y por la otra la Provincia de La Rioja, en adelante la Jurisdicción, representada por el Sr.Gobernador, Dr. Angel Eduardo Maza, con la presencia del Sr. Ministro de Infraestructura y Vivienda de la Nación, Ing. Nicolás Vicente Gallo, convienen en celebrar el presente Convenio Modificatorio del Mutuo de Asistencia Financiera de fecha 15-10-99
Expte: FFFIR: F0002-98; conforme a las siguientes cláusulas:
Primera: Objeto. La Jurisdicción solicita la suma de Pesos Ochenta y Ocho Mil Trescientos Treinta y Seis con 31/100 $ 88.336,31 para la ampliación de la obra denominada: Provisión de Agua a Ilear, El Codiciado y Otros - departamento Gral. Belgrano. Analizados los

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 10/11/2000

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha10/11/2000

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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