Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/8/1999

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 20

BOLETIN OFICIAL

Martes 17 de agosto de 1999

DECRETO N 1333

DECRETO N 746

La Rioja, 24 de diciembre de 1999

La Rioja, 15 de julio de 1999

Visto: los Disposiciones contenidas en la Ley N
6339 y el Decreto N 764/97 de la Función Ejecutiva; y,
Visto: los Decretos Ns. 8, 225, 840 y 1418/98
correspondientes al Sistema Provincial de Cargos con Funciones Estratégicas, la Resolución MHOP N 52/99, las actuaciones del Comité de Selección competente, y
considerando Que en dicha normas se establecen las competencias del Ministerio de Educación y cultura y sus dos Secretarías, la de Desarrollo Educativo y la de Coordinación Administrativa respectivamente.
Que la Función Ejecutiva está facultada para crear, modificar o suprimir los estamentos propios de la estructura orgánica de la Administración de su dependencia, desde el nivel de Dirección General en forma descendente, según lo dispone el Artículo 39 de la Ley N
6.118, siendo preciso establecer las funciones que le competen a cada nivel.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial y el Artículo 39 de la Ley N 6118.
El Gobernador de la Provincia Decreta:
Art. 1.- Créase en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura y bajo la dependencia de la Dirección General de Cultura, el cargo de Director de Promoción y Desarrollo Artístico, Funcionario No Escalafonado.
Art. 2.- Créase en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura y bajo la dependencia de la Dirección General de cultura, el cargo de Director de Preservación del Patrimonio Cultural, Funcionario No Escalafonado.
Art. 3.- Créase en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura, el cargo de Director de Despacho, Funcionario No Escalafonado, con dependencia directa del Ministerio de Educación y Cultura.
Art. 4.- Créase en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura, el cargo de Director General de sistemas de Información, Funcionario No Escalafonado, con dependencia directa del Ministerio de Educación y cultura.
Art. 5.- Créase en el ámbito de la Secretaría de Coordinación Administrativa, y bajo su directa dependencia, el cargo de director General de Recursos Humanos, Funcionario No Escalafonado.
Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por los Señores ministros del Gabinete Provincial, en acuerdo General de Gobierno.
Art. 7.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gdor. Herrera, L.B., M.C.G. Chacón, R.N., M.S. y D.S. Vilches de Mercado, M.E. y C.
Aldao Lamberto, J.D., M.H. y O.P.

Considerando:
Que se ha dado cumplimiento a la normativa vigente para la cobertura de Cargos con Funciones Estratégicas radicados en distintas Unidades Orgánicas del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas y que el comité de Selección competente ha producido el Orden de Mérito pertinente.
Que es criterio del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas el designar como titulares de Cargos con Funciones Estratégicas a aquellos concursantes que hayan obtenido el primer lugar en el Orden de Mérito respectivo independientemente de su facultad de proponer a otros integrantes de la terna

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/8/1999

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha17/08/1999

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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