Boletín Oficial de la República Argentina del 21/09/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 21 de septiembre de 2015
ANEXO I
BASES GENERALES

CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN Y ANTECEDENTES PARA MÉDICOS DE LAS
COMISIONES MÉDICAS JURISDICCIONALES Y DE LA COMISIÓN MÉDICA CENTRAL
CONDICIONES GENERALES
I. REQUISITOS GENERALES EXCLUYENTES PARA LA POSTULACIÓN
a Ser argentino nativo o por opción.
b Edad máxima a la fecha de presentación:
Mujeres: CINCUENTA 50 años Hombres: CINCUENTA Y CINCO 55 años Este requisito no será aplicable para el personal médico que se encuentra desempeñando funciones en las Comisiones Médicas.
Los profesionales que percibieran alguna prestación previsional no podrán participar del Concurso.
c Poseer Título de Médico expedido por una Universidad Nacional Pública o Privada autorizada.
d Poseer Título de Especialista, expedido por autoridad competente, en las especialidades que se detallan en el artículo 2 de la presente resolución.
e Tener TRES 3 años de antigedad en el ejercicio de la profesión para presentarse en la Comisión Médica Jurisdiccional C.M.J. y CINCO 5 para la Comisión Médica Central CMC.
Los puntos d y e no serán aplicables para el personal médico que ya se encuentre desempeñando funciones en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.R.T. y acredite experiencia en la evaluación de incapacidades laborales o en auditoría de otorgamiento de prestaciones médicas.
Los médicos ya pertenecientes al Organismo que integraren el Orden de Mérito para las Comisiones Médicas Jurisdiccionales C.M.J. o para la Comisión Médica Central C.M.C. y que fueran seleccionados para cubrir cargos en la comisión correspondiente, estarán sujetos a un período de prueba de SEIS 6
meses en la misma. Al término, el desempeño de los médicos postulantes para las C.M.J. será evaluado por la Subgerencia de Gestión de Comisiones Médicas SGCCMM, y el de los postulantes a la C.M.C.
será evaluado por los integrantes de dicha Comisión. De entenderlo pertinente, la Subgerencia de Gestión de Comisiones Médicas o la Comisión Médica Central podrán disponer de un segundo período de prueba de igual duración.
En caso de no recibir una evaluación satisfactoria, el postulante no accederá a la designación definitiva pretendida.
Durante el/los período/s de prueba los postulantes que ya se encontraran desempeñando funciones en una C.M.J. o en otras áreas del Organismo mantendrán la remuneración correspondiente al cargo al que oportunamente hubieran accedido, más la diferencia salarial que corresponda en relación con el cargo concursado, por aplicación del artículo 78 de la Ley 20.744 por el tiempo que se desempeñen en dicha función.
Los profesionales que hubieran sido desvinculados de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO S.R.T., no podrán presentarse a un nuevo Concurso por un lapso de CINCO 5 años.
II. DOCUMENTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS POSTULANTES
La remisión de los antecedentes deberá realizarse exclusivamente por correo y en sobre cerrado a la sede de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.R.T. sita en la calle Bartolomé Mitre N755, Planta Baja - Código Postal C1036AAM - Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES.
En la parte externa del sobre se deberá indicar la leyenda Concurso Público de Oposición y Antecedentes para médicos de Comisiones Médicas, acompañado de:
a Competencia territorial de la Comisión Médica Jurisdiccional N..
- Especialidad:
b CMC

BOLETIN OFICIAL Nº 33.218

Es obligatorio declarar la dirección de un correo electrónico, al cual se cursarán las notificaciones correspondientes. Cabe aclarar que la notificación vía correo electrónico se considerará fehaciente a los fines del presente concurso.
Aquellos participantes que habiendo accedido al Orden de Mérito, fueran convocados para cubrir un cargo médico vacante en una Comisión Médica, deberán exhibir ante la S.R.T. los originales de toda la documentación antes destacada.
En caso de acceder al puesto y previo a su ingreso, deberá presentar matrícula de colegiación al distrito debidamente certificada y el certificado de antecedentes penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia.
En caso de no concretarse la designación del profesional por cuestiones ajenas al Organismo el postulante quedará automáticamente excluido del Orden de Mérito resultante.
La S.R.T. no se hará responsable de ninguna documentación original que pudieran remitir los concursantes.
La presentación de los postulantes en el concurso implicará la aceptación de las condiciones del mismo. Sólo se admitirán y tramitarán aquellas postulaciones que cumplan con los requisitos enumerados previamente.
III. DESARROLLO DEL CONCURSO
Las Bases Generales para cada llamado a Concurso serán publicadas en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA y en diarios de alcance nacional y local de cada una de las Comisiones Médicas objeto del presente llamado.
Asimismo, podrán ser retiradas en forma gratuita en las sedes de la S.R.T., en su sitio web www.srt.
gob.ar, en las Comisiones Médicas de todo el país.
Las etapas a cumplir en cada uno de los llamados son:
I 1 Etapa: Valoración de Antecedentes.
II 2 Etapa: Evaluación de Competencias y Entrevista Personal.
Las etapas del Concurso serán llevadas a cabo por una Comisión Calificadora y un Jurado del Concurso, integrados como mínimo por TRES 3 miembros.
La Comisión Calificadora y el Jurado se constituirán con número impar de miembros y las decisiones se adoptarán por mayoría simple.
a Valoración de Antecedentes La primera etapa consistirá en la evaluación del cumplimiento de los requisitos generales excluyentes para la postulación, detallados en el punto I del presente Anexo. Aquel postulante que reúna todas las exigencias previstas pasará a la segunda etapa.
Los resultados de la Valoración de Antecedentes serán notificados por la Comisión Calificadora vía correo electrónico, estableciendo en el mismo acto, la fecha y el lugar en que se desarrollará la segunda etapa.
Los postulantes podrán recurrir lo resuelto dentro de los DOS 2 días hábiles siguientes a su notificación.
b Evaluación de Competencias La segunda etapa se iniciará con la Evaluación de Competencias, la cual será llevada a cabo por el Jurado del Concurso y consistirá en un examen escrito que versará principalmente sobre:
- Conocimiento de la Ley N24.241 y sus reglamentaciones, de la Ley N26.425, función de las competencias y procedimientos atribuidos a las Comisiones Médicas, Baremo.
- Conocimiento de la Ley N24.557, de la Ley 26.773, sus modificaciones, Decretos Reglamentarios y Resoluciones de la S.R.T. sobre trámite ante las Comisiones Médicas.
- Protocolos médicos.
- Conocimiento del Listado de Enfermedades Profesionales y la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales.

- Especialidad:

- Decreto N49/2014

c Indicación de la cantidad de fojas enviadas.

- Conocimientos de patologías previsionales y laborales.

Un mismo concursante podrá postularse para la competencia territorial de más de una Comisión Médica, y para más de una especialidad.
La totalidad de la documentación remitida para la postulación deberá estar firmada y debidamente foliada, bajo apercibimiento de tenerla por no presentada.
La falta de especificación de la especialidad o de la Comisión Médica para la cual se postula, será causal suficiente para tener por no presentada la postulación.
En el sobre a remitir se deberá incluir la siguiente documentación:
- Currículum Vitae - Fotocopia simple del Documento de Identidad, primera, segunda hoja y cambios de domicilio, si los hubiere.
- Fotocopia simple del título de médico.
- Fotocopia simple de la matrícula profesional.
- Fotocopia simple de los títulos correspondientes a las especialidades que se invoquen.
- Fotocopia simple de todos los antecedentes que se declararen.
- Régimen y rango horario preferente. Los ingresantes deberán señalar su intención de cumplir un horario de SEIS 6 u OCHO 8 horas diarias.
Quienes optaren por el régimen de SEIS 6 horas, deberán aclarar además si tuvieran predilección por el turno mañana o en el turno tarde. De todos modos, será la Gerencia Médica, en función de las necesidades operativas de cada jurisdicción, la que determinará las necesidades a satisfacer en cada caso.

17

- Conocimiento del Organismo y misiones y funciones de las Comisiones Médicas.
- Habilidad en el manejo de herramientas informáticas PC y utilitarios.
Puntaje máximo: TREINTA 30 puntos.
Además, se solicitará a los postulantes la resolución de DOS 2 casos prácticos.
Puntaje máximo: DIEZ 10 puntos.
El puntaje máximo que se podrá alcanzar en la etapa de Evaluación de Competencias será de CUARENTA 40 puntos.
Para pasar a la siguiente etapa, los postulantes deberán alcanzar un puntaje igual o superior a:
- TREINTA 30 puntos para las C.M.J.
- TREINTA Y CINCO 35 puntos para la C.M.C.
El resultado de superado o no superado obtenido en esta etapa será notificado a cada uno de los postulantes el mismo día de la evaluación.
Los concursantes, en caso de no acordar con el resultado notificado, podrán solicitar la revisión de su examen, cuestión que será resuelta en el momento por el Jurado del Concurso.
c Entrevista Personal La Entrevista Personal estará a cargo del Jurado del Concurso y versará sobre temas generales que permitan conocer la actitud del entrevistado frente a la función a desempeñar y su aptitud para el puesto.
El puntaje máximo que se podrá alcanzar en esta etapa será de SESENTA 60 puntos.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 21/09/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date21/09/2015

Page count44

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Last issue29/07/2024

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