Boletín Oficial de la República Argentina del 26/11/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 26 de noviembre de 2009

BOLETIN OFICIAL Nº 31.789

Pág.
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
1822/2009
Dase por prorrogada una designación en la Dirección General de Recursos Humanos de la Subsecretaría de Coordinación

12

1823/2009
Dase por prorrogada la designación del Director Nacional de Readaptación Social de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios de la Secretaría de Justicia

13

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
1815/2009
Dase por aprobada una designación en la Dirección General de Administración de la Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional
PRESIDENCIA DE LA NACION
1811/2009
Dase por prorrogada la designación del Director General de Administración de la Secretaría General
PRESUPUESTO
1837/2009
Ministerio del Interior. Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009

14

GAS NATURAL
939/2009-ENARGAS
Requisitos de ventilación para instalaciones internas de gas. Modificación de la Resolución NºI/474

21

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
30/2009-SSPMEDR
Reglamento para la instalación y puesta en marcha de la Red de Agencias de Desarrollo Productivo. Modificación de la Disposición Nº114/06

22

32/2009-SSPMEDR
Apruébanse los proyectos presentados por las Instituciones Organizadoras de Capacitación

22

AVISOS OFICIALES
Nuevos

26

Anteriores

67

15
Estados Partes: República Argentina y República del Perú;

474/2009
Dase por aprobado un contrato en la Subsecretaría de Coordinación Administrativa

15

16

RESOLUCIONES

8/2009-CTMFM
Modifícase el área de veda precautoria de primavera para la especie merluza en un sector de la Zona Común de Pesca

21

14

15

PESCA
7/2009-CTMFM
Establécese un área de prohibición de pesca de arrastre de fondo en la Zona Común de Pesca

POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
1316/2009-MJSDH
Prorrógase la intervención dispuesta por el Decreto Nº145/05

13

MINISTERIO DE EDUCACION
473/2009
Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº 1421/02 en la Subsecretaría de Coordinación Administrativa

PRESUPUESTO
477/2009
Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009

Pág.

DISPOSICIONES

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
475/2009
Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº1421/02 en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

2

Nacionales de una Parte: son las personas que poseen nacionalidad originaria de una de las Partes o nacionalidad adquirida por naturalización;
Inmigrantes: son los nacionales de una Parte que manifiesten su deseo de establecerse en el territorio de la otra Parte de conformidad con el presente Acuerdo;
Clandestinos: son los nacionales de una de las Partes que hubiesen ingresado al territorio de la otra Parte sin haberse sometido al control migratorio de ingreso o hubiesen ingresado de manera fraudulenta;
País de origen: es el país de nacionalidad de los inmigrantes;

17

País de recepción es el país de la nueva residencia de los inmigrantes.
Artículo 3

17

AMBITO DE APLICACION
El presente Acuerdo se aplica a:

9/2009-CTMFM
Establécese la captura total permisible para la especie besugo en la Zona Común de Pesca para el año 2010

17

PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACION DOCUMENTARIA MIGRATORIA
2440/2009-DNM
Extiéndase la vigencia de los certificados de residencia precaria emitidos conforme lo establecido en la Disposición Nº53.253/05

17

SANIDAD VEGETAL
876/2009-SNSCA
Modifícase la Resolución Nº 784/09 en relación con los límites máximos de infestación y tratamientos cuarentenarios contra la mosca de los frutos

18

INDUSTRIA LACTEA
330/2009-ONCCA
Autorízase el pago de aportes no reintegrables

18

MOLINOS HARINEROS
331/2009-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones

18

332/2009-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones

19

329/2009-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones

19

PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
333/2009-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones

20

1. Nacionales de una Parte, que deseen establecerse en el territorio de la otra y que presenten ante la oficina consular respectiva su solicitud de ingreso al país y la documentación que se determina en artículo 4 del presente Acuerdo.
2. Nacionales de una Parte que se encuentren en el territorio de la otra parte y que presenten ante los servicios de migración del país de recepción la documentación que se determina en el artículo 4 del presente Acuerdo, dentro de los 365 días de su vigencia, prorrogables según las competencias de la Comisión Mixta Consultiva prevista en el artículo 11.
3. El procedimiento previsto en el punto 2
del presente artículo se aplicará con independencia de la categoría migratoria con la que hubiera ingresado el peticionante al territorio del país de recepción, e implicará la exención del pago de multas u otras sanciones más gravosas.
4. Los nacionales de las Partes que hubiesen ingresado al territorio del país de recepción como clandestinos no podrán acogerse a los beneficios del presente Acuerdo, en el territorio del país de recepción, debiendo a tal efecto egresar del mismo y tramitar el beneficio en su país de origen ante la autoridad consular respectiva.

Artículo 4
TIPO DE RESIDENCIA A OTORGAR
Y REQUISITOS
1. A los peticionantes comprendidos en los puntos 1 y 2 del artículo 3, la representación consular o los servicios de migración correspondientes, según sea el caso, podrán otorgar una residencia temporaria de dos años, previa presentación de la siguiente documentación:
a Pasaporte válido y vigente o cédula de identidad o certificado de nacionalidad expedido por el agente consular del país de origen del peticionante acreditado en el país de recepción, de modo tal que resulte acreditada la identidad y nacionalidad del peticionante;
b Certificado que acredite la carencia de antecedentes judiciales y/o penales y/o policiales del peticionante en el país de origen para el supuesto del artículo 3 punto 1 y en el país de recepción para el supuesto previsto en el artículo 3 punto 2;
c Declaración jurada de carencia de antecedentes internacionales penales o policiales;
d Pago de la tasa retributiva de servicios, conforme lo dispongan las respectivas legislaciones internas.
2. A los efectos de la legalización de los documentos, cuando la solicitud se tramite en sede consular, bastará la certificación de su autenticidad, conforme a los procedimientos establecidos en el país del cual el documento procede.
Cuando la solicitud se tramite ante los servicios migratorios, dichos documentos deberán ser certificados por el agente consular del país de origen del peticionante acreditado en el país de recepción, sin otro recaudo. A los fines del registro, identificación y expedición de la documental identificatoria de las Partes, bastará la legalización de la partida de nacimiento efectuada por la autoridad consular de la Parte correspondiente acreditada en la otra Parte y cuya firma se encuentre registrada ante la autoridad migratoria y de identificación.
Artículo 5
RESIDENCIA PERMANENTE
La residencia temporaria podrá transformarse en permanente mediante la presentación del peticionante ante la autoridad migratoria del país de recepción, dentro de los noventa 90 días anteriores al vencimiento de la misma, acompañando la siguiente documentación:
a Constancia de residencia temporaria obtenida de conformidad a los términos del presente Acuerdo;

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Boletín Oficial de la República Argentina del 26/11/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date26/11/2009

Page count68

Edition count9384

First edition02/01/1989

Last issue02/07/2024

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