Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/2009 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 3 de noviembre de 2009
TERIOR ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL, los artículos 7º y 10 de la Ley Nº26.422 y a tenor de lo establecido por el Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por designada, a partir del día 19 de enero de 2009, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION
NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, a la señorita Micaela María Guadalupe HOLLMANN DNI Nº 24.666.579, en el cargo de Asistente Administrativo de la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, Nivel D - Grado 0, del Agrupamiento General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO SINEP aprobado por el Convenio
BOLETIN OFICIAL Nº 31.772

4

Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº26.422.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente acto, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.422.

Art. 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos, según lo establecido respectivamente en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL
DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de aprobación del presente Decreto.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION
Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.

Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente, asignadas a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR - O. D. 201 DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES .
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 421/2009
Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº1421/02 en la Unidad de Comunicación Institucional de la Secretaría de la Gestión Pública.

Bs. As., 29/10/2009
VISTO el Expediente Nº3732/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº577 del 7 de agosto de 2003 modificado por sus similares Nº149 del 22 de febrero de 2007 y Nº1248 del 14 de septiembre de 2009, la Resolución SGP Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6 de marzo de 2009 y el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, y
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100
inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y del Decreto Nº577/09 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por rescindida, a partir del 1º de julio de 2009, la contratación en el marco de las disposiciones contenidas en el artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02, de Da. Liza Carolina MACRI D.N.I. Nº31.694.888, que fuera aprobada por Resolución JGM Nº53 del 13 de marzo de 2009.
Art. 2º Dase por aprobado con efectos al 1º de julio de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2009, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, representado por el titular de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de Da. Liza Carolina MACRI D.N.I. Nº31.694.888, para desempeñar funciones de Asesora Administrativa en la UNIDAD DE COMUNICACION INSTITUCIONAL de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, equiparada al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO Decreto Nº2098/08 de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución SGP Nº48/02.
Art. 3º Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 2º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I
al Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 4º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.422.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo.

CONSIDERANDO:

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 30 de junio de 2009, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Liza Carolina MACRI, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.

Decisión Administrativa 420/2009

Que la agente de que se trata ya se encontraba vinculada con la Secretaría citada precedentemente mediante contrato en el marco del artículo 9º del Anexo a la referida Ley Nº25.164 aprobado por Resolución JGM Nº53 del 13 de marzo de 2009.
Que a partir del 1º de julio de 2009 se le han asignado a la agente mencionada, funciones de mayor responsabilidad a las entonces acordadas por lo que corresponde dar por rescindido el contrato anterior y celebrar un nuevo contrato con ajuste del nivel y grado conforme las obligaciones ahora convenidas, con efectos a la fecha indicada precedentemente.
Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que la agente de que se trata se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I
del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04 establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.
Que Da. Liza Carolina MACRI ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de julio de 2009, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación las áreas correspondientes de la Jurisdicción han verificado la existencia de los créditos presupuestarios para afrontar el gasto que demande la medida que se tramita.

Autorízanse contrataciones celebradas en el marco del Decreto Nº1421/02 en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
Bs. As., 29/10/2009
VISTO el Expediente Nº 2254/2009 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO
Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su Decreto Reglamentario Nº1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008 y la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004 y modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha elevado la propuesta de contratar personal cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados al mismo.
Que el artículo 9º del Anexo de la Ley citada en el Visto prevé la contratación de personal por tiempo determinado para prestar servicios de carácter transitorio o estacional.
Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Nº25.164
se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA Nº48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que la Decisión Administrativa Nº3/04, modificada por sus similares Nº1151/06 y Nº52/09, establecen los requisitos para la equiparación a los grados de los distintos niveles del mencionado Sistema Nacional de Empleo Público.
Que los antecedentes curriculares de las personas propuestas resultan atinentes a los objetivos de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar las contrataciones solicitadas como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date03/11/2009

Page count56

Edition count9387

First edition02/01/1989

Last issue05/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Noviembre 2009>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930