Boletín Oficial de la República Argentina del 18/10/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 18 de octubre de 2005
4º Bajo:

20 de diciembre, 15.00 horas
Bombista y Accesorios:

20 de diciembre, 15.30 horas
Tambor y Accesorios:

20 de diciembre, 16.00 horas
BOLETIN OFICIAL Nº 30.761

30

ASOCIACIONES SINDICALES
ANEXO III

JURADO

MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Director de la BANDA SINFONICA DE CIEGOS: Maestro Edgardo Oscar MANFREDI

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION DE BIOQUIMICOS DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E y F.R.H. N 845/01.

Solistas y Jefes de familia de instrumentos:
Prof. Luis BARRERA clarinete concertino
Artículo 1 - Con la denominación de Asociación de Bioquímicos de la Ciudad de Buenos Aires, se constituye el 22 de mayo de 1986 una Asociación Gremial, con domicilio en la calle Corrientes 3916, Piso 1 B, Capital Federal.

Prof. Horacio NIVOLI guía segundo clarinete
Artículo 2 - La entidad tendrá como zona de actuación todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

Prof. Basilio GIBAVICIUS 1º requinto
Son sus propósitos:

Prof. Alberto GRANDE solista 1º saxo alto
a Agrupar gremialmente a la totalidad de los Bioquímicos, Licenciados en Análisis Clínicos, Licenciados en Bioquímica, Licenciados en Ciencias Químicas con Orientación en Análisis Biológicos, que se desempeñen en relación de dependencia en establecimientos públicos y/o privados en la zona precedentemente indicada.
b Propender al desarrollo de la investigación científica y elevación del nivel profesional de sus afiliados.
c Formar parte de las comisiones que estudien o propicien modificaciones del escalafón profesional y/o de aquellas en las que se proyecten modificaciones a las disposiciones de la Ley 17.132 y su Decreto Reglamentario 6.216, de la Ordenanza 41.455/86, Decreto Reglamentario y Modificaciones, así como de toda otra norma que regule el desempeño profesional de los bioquímicos y de todos los organismos creados o por crearse con funciones relacionadas a esta actividad.
d Fomentar actividades culturales, científicas y/o vinculadas al desarrollo profesional.
e Integrar asociaciones, federaciones y/o confederaciones que promuevan los mismos idearios y/o principios, pudiendo resolver, asimismo, la desvinculación de las mismas en cualquier momento.
f Asumir la defensa de los derechos profesionales.

Prof. Oscar GOMEZ 1 trompeta solista Prof. Eduardo MANENTI 1 trombón solista Prof. Daniel ABANCENS 1º tuba Prof. Susana MORELLO accesorista de percusión Prof. Arturo GENTILE 1º timbalero Secretario de actas: Roberto MOTZO, Coordinador La ausencia de cualquier jurado será cubierta con la designación de un suplente.
e. 17/10 N 494.421 v. 18/10/2005

AVISOS OFICIALES
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Articulo 16 - La Asociación de Bioquímicos de la Ciudad de Buenos Aires tendrá un Consejo Directivo constituido por nueve miembros titulares: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario General, un Secretario General Adjunto, un Secretario de Hacienda, un Secretario de Actas y Archivos, un Secretario de Prensa y Publicaciones, un Secretario de Acción y Seguridad Social y un Secretario de Capacitación y Asuntos Universitarios, los cuales integrarán la Mesa Directiva; el Consejo Directivo se integrará, asimismo, con tres miembros suplentes. Todos serán elegidos por voto directo y secreto de sus afiliados y podrán ser reelectos.
Artículo 25 - Para integrar los órganos directivos, se requerirá:

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del ex -agente fallecido Jaime Oscar AYUNTA L.E. N 4.428.829, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 21
de la Convención Colectiva de Trabajo Laudo 15/91, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Hipólito Yrigoyen N 370, 5 Piso, Oficina N 5648, Capital Federal.

a Mayoría, de edad.
b No tener inhibiciones civiles o penales.
c Estar afiliado, tener dos años de antigedad en la afiliación y encontrarse desempeñando la actividad profesional en relación de dependencia y en forma ininterrumpida durante los dos últimos años.
El 75% de los cargos directivos y representativos deberán ser ejercidos por ciudadanos argentinos;
el titular del cargo de mayor jerarquía y su reemplazante deberán revestir la misma condición.
Los integrantes de los órganos directivos durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelectos.
Cantidad de afiliados al momento de la aprobación: Trescientos cincuenta y tres 353
e. 18/10 N 494.358 v. 18/10/2005

07 de Octubre de 2005.

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL CIRCULO DOCENTE DE TRES LOMAS, APROBADO
POR RESOLUCION M.T.E. y S.S. N 672/05.

Firmado: Cecilia Graciela SILVESTRO
A/C Sección Jubilaciones - División Beneficios e. 17/10 N 494.483 v. 19/10/2005

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del ex -agente fallecido Alberto Tiburcio GALLARDO D.N.I. N 10.919.024, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 21 de la Convención Colectiva de Trabajo Laudo 15/91, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Hipólito Yrigoyen N 370, 5 Piso, Oficina N 5648, Capital Federal.
06 de Octubre de 2005.
Firmado: Cecilia Graciela SILVESTRO

ARTICULO 1: El Círculo Docente de Tres Lomas, fundado en la ciudad de Tres Lomas el 28 de julio de 1978, es una asociación sindical de primer grado, con domicilio legal provisorio en la calle Monteverde N
371 de la ciudad de Tres Lomas, Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2: Su zona de actuación comprende el partido de Tres Lomas agrupando al personal docente de todas las ramas y jerarquías de la enseñanza, que se desempeñen en establecimientos oficiales dependientes de la. Dirección General de Escuela y Cultura de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 23: El órgano de dirección y administración del Sindicato es la Comisión Directiva.
ARTICULO 24: La Comisión Directiva estará integrada por diez 10 miembros titulares que desempeñarán los siguientes cargos: - secretario general - secretario adjunto - secretario administrativo - secretario gremial - tesorero y cinco 5 vocales titulares. Habrá además, cinco 5 vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en los casos de renuncia, fallecimiento o impedimento de sus titulares.
ARTICULO 25: Los miembros de la Comisión Directiva durarán cuatro 4 años en sus funciones, renovándose por mitades, pudiendo ser reelectos.

A/C Sección Jubilaciones - División Beneficios e. 17/10 N 494.484 v. 19/10/2005

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez 10 días a parientes del ex -agente fallecido Rubén Hugo DOMINGUEZ L.E. N 7.720.225, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 21 de la Convención Colectiva de Trabajo Laudo 15/91, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Hipólito Yrigoyen N 370, 5 Piso. Oficina N 5648, Capital Federal.
07 de Octubre de 2005.
Firmado: Cecilia Graciela SILVESTRO
A/C Sección Jubilaciones - División Beneficios e. 17/10 N 494.485 v. 19/10/2005

NUMERO DE AFILIADOS AL TIEMPO DE LA APROBACION DEL ESTATUTO: 193
e. 18/10 N 494.359 v. 18/10/2005

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE PETROLEO Y GAS PRIVADO DE LA PATAGONIA AUSTRAL, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E y S.S. N 740/04.
ARTICULO 1: El Sindicato del Personal del jerárquico y Profesional de Petróleo y Gas Privado de la Patagonia Austral, constituido el día diecinueve de agosto de dos mil tres, agrupa y representa a todo el personal jerárquico sean éstos capataces, supervisores, Encargados y Jefes de Equipos, Gerentes Operativos, administrativos y de recursos humanos, Gerentes departamentales y Generales, que desarrollen tareas en las empresas privadas del petróleo, el gas y petroquímicas, sus subsidiarias, firmas contratistas y transportistas, al servicio permanente y/o transitorio de dichas empresas, cuyo objeto sea la exploración, explotación, cateo, industrialización, comercialización de productos y subproductos del petró-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/10/2005 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/10/2005

Page count32

Edition count9423

First edition02/01/1989

Last issue10/08/2024

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