Boletín Oficial de la República Argentina del 08/11/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MIERCOLES 8 DE NOVIEMBRE DE 2000

AÑO CVIII

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.521
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
DR. JORGE E. DE LA RUA
MINISTRO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 34.903

DECRETOS

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Decreto 1019/2000
Aclaración sobre la prohibición de reingreso prevista en la Decisión Administrativa N 5/2000
para quienes se hubieren acogido al Sistema de Retiro Voluntario, la que incluye al personal de todos los organismos del Sector Público Nacional incluidos en los incisos a y b del artículo 8 de la Ley N 24.156 y a los cargos de autoridades superiores, titulares de entes comprendidos en el segundo inciso mencionado, designaciones en representación del Estado nacional, cargos extraescalafonarios, asesores de gabinete, todo tipo de vinculación contractual con o sin relación de dependencia y a los contratos en programas y/o proyectos financiados por organismos internacionales y/
o multilaterales de crédito.
Bs. As., 3/11/2000
VISTO, la Ley N 25.237 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio de 2000, las Decisiones Administrativas N 5 del 31 de enero de 2000, N 37 del 12 de abril de 2000, N 47 del 2 de mayo de 2000 y N 64 del 14 de junio de 2000, y las Disposiciones Conjuntas de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MI-

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

NISTERIO DE ECONOMIA y la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 1 del 10 de julio de 2000 y 2 del 31 de julio de 2000, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 15 de la Ley N 25.237 dispone la creación de un Sistema de Retiro Voluntario para el personal de planta permanente del Sector Público Nacional.
Que la reglamentación del referido sistema fue aprobada por el jefe de Gabinete de Ministros mediante la Decisión Administrativa N 5/00, y modificatorias Nros. 47/00 y 64/
00, refiriéndose al ámbito del Sector Público Nacional comprendido en el inciso a del artículo 8 de la Ley N 24.156.
Que asimismo, a través de la Decisión Administrativa N 37/00 se faculta en forma conjunta, a la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO dependiente de la SECRETARIA
DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA y a la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, para que autoricen la incorporación del personal del Sector Público Nacional comprendido en el inciso b del artículo 8 de la Ley N 24.156
que se desempeñe en la planta permanente de los respectivos Entes, al Sistema de Retiro Voluntario establecido por la Decisión Administrativa N 5/00.
Que, habiéndose efectuado dicha inclusión a través de la Disposición Conjunta SSPME
y SSGPJGM N 2/00, se extiende la aplicación del Sistema de Retiro Voluntario, en los mismos términos de la Decisión Administrativa N 5/00, al ámbito del Sector Público Nacional incluido en el inciso b del artículo 8
de la Ley N 24.156.
Que asimismo, el artículo 10 del Anexo I a la citada Decisión Administrativa N 5/00, establece una prohibición de reingreso por CINCO 5 años al personal que se desvincule de la Administración Pública Nacional por aplicación del Sistema de Retiro Voluntario disponiendo que no podrá ser designado en planta permanente o transitoria, ni incorporado bajo ninguna modalidad de contrataciones, con o sin relación de dependencia, en los organismos del Sector Público Nacional comprendidos en el ámbito del artículo 1 de dicha norma, complementándose la referida previsión con la creación de un Registro a tal efecto.
Que consecuentemente, a efectos de garantizar la aplicación homogénea del citado precepto legal en el marco normativo y ámbito aludido precedentemente, resulta conveniente precisar que la mencionada prohibición comprende a todos los organismos del Sector Público Nacional incluidos en los incisos a y b del artículo 8 de la Ley N 24.156, como asimismo que la prohibición del reingreso abarca también a los cargos de las autoridades superiores, titularse de entes comprendidos en el inciso b del artículo 8
de la Ley N 24.156, designaciones en representación del Estado Nacional, cargos extraescalafonarios, asesores de gabinete, todo tipo de vinculación contractual con o sin relación de dependencia y a los contratos en pro-

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

gramas y/o proyectos para ser desarrollados en el Sector Público Nacional financiados por organismos internacionales y/o multilaterales de crédito.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del artículo 15 de la Ley N 25.237.
Por ello,
Que, en el mismo orden de ideas se consigna el procedimiento para acreditar el cumplimiento del mencionado precepto a efectos de coadyuvar al debido control, aclarándose que las designaciones dispuestas en violación a lo establecido resultarán nulas en los términos de la Ley de Procedimientos Administrativos N 19.549.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Aclárase que la prohibición de reingreso prevista en el artículo 10 del Anexo I a la Decisión Administrativa N 5/00, para el perso-

SUMARIO
Pág.
ADMINISTRACION PUBLICA
NACIONAL
Decreto 1019/2000
Aclaración sobre la prohibición de reingreso prevista en la Decisión Administrativa N 5/2000 para quienes se hubieren acogido al Sistema de Retiro Voluntario, la que incluye al personal de todos los organismos del Sector Público Nacional incluidos en los incisos a y b del artículo 8 de la Ley N
24.156 y a los cargos de autoridades superiores, titulares de entes comprendidos en el segundo inciso mencionado, designaciones en representación del Estado Nacional, cargos extraescalafonarios, asesores de gabinete, todo tipo de vinculación contractual con o sin relación de dependencia y a los contratos en programas y/o proyectos financiados por organismos internacionales y/o multilaterales de crédito.
Resolución 437/2000-SH
Inscripciones en el Registro de Entidades comprendidas en el artículo 2
del Decreto N 691/2000, mediante el cual se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional. Asignación de códigos de descuento.
COMERCIO EXTERIOR
Resolución 140/2000-SIC
Declárase procedente la apertura de investigación relativa a la existencia de dumping en operaciones con paneles compensados fénolicos, originarios de la República Federativa del Brasil.
IMPORTACIONES
Resolución 139/2000-SIC
Solicitudes de reducción transitoria del Derecho de Importación Extrazona para determinadas mercaderías comprendidas en posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.
JUBILACIONES Y PENSIONES
Resolución 1021/2000-ANSES
Citación y emplazamiento de los beneficiarios del Régimen de Amas de Casa de la provincia de La Rioja para que concurran a la UDAI más cercana a sus domicilios, a los efectos de ejercer el derecho de defensa y ofrecer
1

4

Pág.
todas las pruebas a las que se consideren con derecho, en virtud de irregularidades en la tramitación y otorgamiento de dichos beneficios detectadas por la Gerencia de Control y Prevención del Fraude, dentro de las facultades conferidas por el Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de La Rioja al Estado Nacional.

4

REGISTROS NACIONALES DE LA
PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE
CREDITOS PRENDARIOS
Disposición 841/2000-RNPACP
Modifícase el Digesto de Normas Técnico-Registrales, Título I, Capítulo XI, con el fin de implementar un Sistema Integrado de Anotaciones Personales, a cuya base central de datos se incorporen las inhibiciones y toda otra medida de cáracter personal, sus levanta10mientos, modificaciones o reinscripciones, de las que se hubiere tomado razón, información que luego se transmitirá o retransmitirá, según el caso, por medio del Sistema de Comunicaciones de Trámites Registrales.

6

SERVICIOS POSTALES
Resolución 2068/2000-CNC
Reinscríbese a la firma Imagen Postal S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales
3

Resolución 2069/2000-CNC
Reinscríbese a la firma Paquexpres S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales
3

DECRETOS SINTETIZADOS

2

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
SINTETIZADAS

2

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

6

2

CONCURSOS OFICIALES
5 Anteriores
14

REMATES OFICIALES
Nuevos
9 AVISOS OFICIALES

Nuevos Anteriores
9 15

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Boletín Oficial de la República Argentina del 08/11/2000 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date08/11/2000

Page count16

Edition count9391

First edition02/01/1989

Last issue09/07/2024

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