Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/8/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
2012, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador don Daniel Román PERALTA, el Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Provincia de Santa Cruz I.D.U.V., representado por su Presidente, Arquitecto Andrés DE SANTIS, y la Municipalidad de Puerto Deseado, representada por el señor Intendente de esa localidad, señor Luis Alberto AMPUERO, el cual forma parte integrante del presente;
Que mediante dicho convenio, las partes se comprometen de modo conjunto a ejecutar la obra:
TERMINACION DE SEDE ADPADI EN LA LOCALIDAD DE PUERTO DESEADO, pactándose de modo expreso las obligaciones inherentes a cada una de las partes signatarias y las previsiones presupuestarias para afrontar tales erogaciones;
Que el citado Organismo Provincial ha tomado intervención de competencia, dictando los instrumentos legales pertinentes;
Que atento a ello, se hace necesario ratificar el convenio por parte de este Poder Ejecutivo;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 1037/12, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 6;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFICASE en todas sus partes el Convenio suscripto el día 24 de mayo del año 2012, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador don Daniel Román PERALTA, El Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Provincia de Santa Cruz I.D.U.V., representado por su Presidente, Arquitecto Andrés DE SANTIS, y la Municipalidad de Puerto Deseado, representada por el señor Intendente de esa localidad, señor Luís Alberto AMPUERO, tendiente a la ejecución de la obra: TERMINACION DE
SEDE ADPADI EN LA LOCALIDAD DE PUERTO DESEADO el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas y la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno.Artículo 3.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, al Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda quien realizará las comunicaciones de práctica y al Ministerio de Gobierno a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA - C.P.N. Roberto Ariel Ivovich Lic. Paola Natalia Knoop ________
DECRETO Nº 1331
RIO GALLEGOS, 03 de Julio de 2012.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 112.683/12; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita ratificar el Convenio suscripto con fecha 24 de mayo del año 2012 entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador de la Provincia Don Daniel Román PERALTA, El Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda I.D.U.V., representado por su Presidente, Arquitecto Andrés DE SANTIS, y la Municipalidad de Puerto Deseado, representada por el señor Intendente de esa localidad, señor Luis Alberto AMPUERO, el cual forma parte integrante del presente;
Que mediante dicho convenio, las partes se comprometen de modo conjunto a ejecutar la obra:
TERMINACION DE VESTUARIOS CLUB
FERRO EN LA LOCALIDAD DE PUERTO
DESEADO pactándose de modo expreso las obliga-

RIO GALLEGOS, 22 de Agosto de 2013.ciones inherentes a cada una de las partes signatarias y las previsiones presupuestarias para afrontar tales erogaciones;
Que el citado Organismo Provincial ha tomado intervención de competencia, dictando los instrumentos legales pertinentes;
Que atento a ello, se hace necesario ratificar el convenio por parte de este Poder Ejecutivo;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 1039/12, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 6;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFÍCASE en todas sus partes, el Convenio suscripto con fecha 24 de mayo del año 2012 entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador de la Provincia Don Daniel Román PERALTA, El Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda I.D.U.V., representado por su Presidente, Arquitecto Andrés DE SANTIS, y la Municipalidad de Puerto Deseado, representada por el señor Intendente de esa localidad, señor Luis Alberto AMPUERO, tendiente a la ejecución de la obra:
TERMINACION DE VESTUARIOS CLUB
FERRO EN LA LOCALIDAD DE PUERTO
DESEADO el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas y la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno.Artículo 3.- PASE a Secretaría Legal y Técnica, al Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda quien remitirá copia del presente ante quien corresponda y al Ministerio de Gobierno, a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA - C.P.N. Roberto Ariel Ivovich Lic. Paola Natalia Knoop ________
DECRETO Nº 1332
RIO GALLEGOS, 03 de Julio de 2012.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 112.680/12; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar el Convenio suscripto el día 24 de mayo del año 2012, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador don Daniel Román PERALTA, el Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Provincia de Santa Cruz I.D.U.V., representado por su Presidente, Arquitecto Andrés DE SANTIS, y la Municipalidad de Puerto Deseado, representada por el señor Intendente de esa localidad, señor Luis Alberto AMPUERO, el cual forma parte integrante del presente;
Que mediante dicho convenio, las partes se comprometen de modo conjunto a ejecutar la obra:
TERMINACION DE VESTUARIOS CLUB
BANFIELD EN LA LOCALIDAD DE PUERTO
DESEADO, pactándose de modo expreso las obligaciones inherentes a cada una de las partes signatarias y las previsiones presupuestarias para afrontar tales erogaciones;
Que el citado Organismo Provincial ha tomado intervención de competencia, dictando los instrumentos legales pertinentes;
Que atento a ello, se hace necesario ratificar el convenio por parte de este Poder Ejecutivo;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 1038/12,
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4735 DE 08 PAGINAS

Página 3
emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 6;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFICASE en todas sus partes el Convenio suscripto el día 24 de mayo del año 2012, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador don Daniel Román PERALTA, El Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Provincia de Santa Cruz I.D.U.V., representado por su Presidente, Arquitecto Andrés DE SANTIS, y la Municipalidad de Puerto Deseado, representada por el señor Intendente de esa localidad, señor Luis Alberto AMPUERO, tendiente a la ejecución de la obra: TERMINACION DE VESTUARIOS CLUB BANFIELD EN
LA LOCALIDAD DE PUERTO DESEADO, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas y la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno.Artículo 3.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, al Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda quien realizará las comunicaciones de práctica y al Ministerio de Gobierno a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA - C.P.N. Roberto Ariel Ivovich Lic. Paola Natalia Knoop ________

DECRETOS
SINTETIZADOS
DECRETO Nº 1333
RIO GALLEGOS, 03 de Julio de 2012.ACEPTASE a partir del día 1º de julio del año 2012, la renuncia al cargo de Vocal del Consejo Provincial de Educación, presentada por la Profesora Adriana del Carmen REYES D.N.I. Nº 14.656.994, quien fuera designada en Comisión y Ad Honorem mediante Decretos Nros. 017/11, 052/11 y confirmada por Decreto Nº 820/12.________
DECRETO Nº 1335
RIO GALLEGOS, 03 de Julio de 2012.DISPONESE RECESO ADMINISTRATIVO en todas las dependencias de la Administración Pública Provincial, Entes Autárquicos, Organismos Centralizados y Descentralizados y Sociedades del Estado, entre los días 16 al 27 de julio del año 2012, inclusive.ESTABLECESE que los titulares de los Ministerios y Personas Jurídicas comprendidas, adoptarán en sus ámbitos de competencia, los recaudos tendientes a que el goce del receso se fraccione en dos 2 tramos comprendidos entre los siguientes períodos:
-primer tramo: desde el día 16 y hasta el 20 de julio inclusive.- -segundo tramo: desde el día 23 y hasta el 27 de julio inclusive.- .
debiendo asegurarse en todos los casos, la cobertura normal de los servicios durante los períodos indicados.El receso otorgado, no suspenderá ninguna licencia que estuviera concedida y/o en curso de cumplimiento y en ningún caso podrá ser transferido, ni acumulable a otro período vacacional.INVITASE a las Municipalidades y Comisiones de Fomento, a adoptar similar medida en sus respectivas jurisdicciones.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/8/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date22/08/2013

Page count8

Edition count1773

First edition19/02/2002

Last issue01/08/2024

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