Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/8/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGOS, 22 de Agosto de 2013.-

misión Ad hoc, enunciada en el Artículo 8 de la Ley Nº 3105, cada uno de los Organismos Técnicos allí previstos, designará dentro de los 30 treinta días de la entrada en vigencia de la presente Reglamentación, a dos 2 representantes mediante instrumento legal respectivo, manteniéndose la persona designada en sus funciones hasta tanto sea reemplazada por dicho Organismo.Aquellos informes de impacto Ambiental relacionados con los derechos mineros que se encuentren fuera del área de Interés Especial Minero, serán remitidos dentro de los diez 10 días hábiles de recibidos por la Autoridad de Aplicación, a cada uno de los integrantes que conforman la Comisión Ad hoc mencionada precedentemente.Los cinco organismos integrantes de la Comisión Ad hoc deberán, dentro de los diez 10 días hábiles de recibido el Informe de Impacto Ambiental, formular en un solo acto todas las observaciones que estimen pertinentes al titular y este deberá dar respuesta dentro de un término de diez 10 días hábiles de recibidas dichas observaciones. En caso de no recibirse observación alguna, la Autoridad de Aplicación deberá continuar con el trámite previsto.Dentro de los diez 10 días hábiles de finalizado el procedimiento estipulado en el párrafo anterior la Autoridad de Aplicación procederá a reunir a la Comisión con el fin de emitir el correspondiente dictamen.Con la presencia de la Autoridad de Aplicación, la Comisión deberá contar con la mitad más uno de sus integrantes para poder sesionar en primera convocatoria. Si no se pudiere reunir el quorum necesario, la segunda convocatoria de la Comisión sesionará con los miembros que estuvieren presentes.En caso que por la complejidad del tema fuera necesario más tiempo, la Comisión podrá pedir un solo cuarto intermedio para una nueva reunión en un plazo no mayor de 5 días hábiles y luego emitir la aprobación o rechazo del informe de impacto ambiental.La Comisión, por mayoría simple, aprobará o rechazará con la debida fundamentación los informes de Impacto Ambiental presentados para su consideración. Para el caso de empate, le corresponderá al titular de la Autoridad de Aplicación, emitir su voto aprobando o rechazando el Informe de Impacto Ambiental referido. Este dictamen tendrá la forma de un acta rubricada por los integrantes y certificada por el Escribano de Minas.El Dictamen será vinculante para la Autoridad Minera y será el fundamento y documento suficiente para el dictado de la Declaratoria del Impacto Ambiental.ARTICULO 8º: Las infracciones a la Ley serán sancionadas según lo establecido en el Artículo 264
del Código de Minería de la Nación.ARTICULO 9º: Será de aplicación supletoria la Ley Provincial Nº 990 y modificatorias, Código de Procedimientos de la Autoridad Minera en Primera Instancia.________
DECRETO Nº 1328
RIO GALLEGOS, 28 de Junio de 2012.VISTO:
El Expediente MSGG-Nº 326.568/12; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita ratificar el Convenio suscripto entre la Subsecretaría de Planeamiento de la Provincia de Santa Cruz representada en este acto por su titular, señor José Luís GARRIDO y el Instituto Nacional de Estadística y Censos representado en este acto por su Directora Licenciada Ana María EDWIN, el cual tiene por objeto establecer una colaboración técnica y financiera a efectos de llevar a cabo la realización de la Encuesta Nacional de Gastos de los Hogares 2012 ENGHO-2012;
Que dicho Convenio fue celebrado en el marco de la Ley Nacional Nº 17.622 y de la Ley Provincial
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4735 DE 08 PAGINAS

Nº 707;
Que atento a ello se hace necesario ratificar el citado Convenio celebrado ad-referéndum de este Poder Ejecutivo;
Que el mismo ha sido aprobado por Resolución Nº 100/12, del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación;
Que en virtud de la firma de dicho Convenio la Provincia de Santa Cruz, recibirá la suma total de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL
CINCUENTA Y DOS $ 693.052,00, en tres cuotas, según lo establece la Claúsula CUARTO - Inciso a de la Resolución antes mencionada Que mediante Nota Nº 209/12, obrante a fojas 28, la Tesorería General de la Provincia certifica el ingreso de la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO
$ 277.221,00, en concepto de primera cuota;
Que a fin de posibilitar su utilización, resulta necesaria la incorporación de dichos recursos al Presupuesto en vigencia;
Que el Artículo 9 de la Ley Nº 3256 faculta al Poder Ejecutivo a realizar dicha incorporación;
Por ello y atento al Dictamen AL-Nº 264/12, emitido por Asesoría Letrada, obrante a fojas 26;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFICASE en todas sus partes el Convenio suscripto entre la Subsecretaría de Planeamiento de la Provincia de Santa Cruz representada en este acto por su titular, señor José Luis GARRIDO y el Instituto Nacional de Estadística y Censos representado en este acto por su Directora Licenciada Ana María EDWIN, el que tiene por objeto establecer una colaboración técnica y financiera a efectos de llevar a cabo la realización de la Encuesta Nacional de Gastos de los Hogares 2012 ENGHO-2012, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- La suma de PESOS SEISCIENTOS
NOVENTA Y TRES MIL CINCUENTA Y DOS
$ 693.052,00 de la Encuesta Nacional de Gastos de los Hogares será destinada al uso de servicios no personales.Artículo 3º.- Por Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, Tribunal de Cuentas y la Contaduría General de la Provincia, se transferirán los fondos a la Dirección Provincial de Estadística y Censos, a fin de dar cumplimiento en tiempo y forma a los compromisos emergentes del citado Convenio.Artículo 4º.- INCREMENTASE en la suma total de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES
MIL CINCUENTA Y DOS $ 693.052,00, el total de Recursos del Presupuesto 2012 Administración Central, conforme al detalle que figura en la Planilla que como Anexo II forma parte integrante del presente Decreto, y en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 5º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CINCUENTA Y DOS $ 693.052,00, el total de Gastos del ANEXO: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación - ITEM; CARACTER; FINALIDAD;
FUNCIÓN; SUB. FUNCIÓN; SECCIÓN; SECTOR;
PARTIDAS PRINCIPALES, PARCIALES y SUB.
PARCIALES, que se detallan en la planilla que como Anexo III, forma parte integrante del presente Decreto, en el Presupuesto 2012.Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de la Secretaría General de la Gobernación y de Economía y Obras Públicas.Artículo 7º.- PASE a los Ministerios de la Secretaría General de la Gobernación Subsecretaría de Planeamiento y de Economía y Obras Públicas Subsecretaría de Presupuesto a sus efectos, to-

BOLETIN OFICIAL
men conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA Sr. Claudio Alejandro Pesse C.P.N. Roberto Ariel Ivovich ________
DECRETO Nº 1329
RIO GALLEGOS, 03 de Julio de 2012.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 112.682/12; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita ratificar el Convenio suscripto con fecha 24 de mayo del año 2012 entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, presentado por el señor Gobernador de la Provincia Don Daniel Román PERALTA, El Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda - I.D.U.V., representado por su Presidente, Arquitecto Andrés DE SANTIS, y la Municipalidad de Puerto Deseado, representada por el señor Intendente de esa localidad, señor Luis Alberto AMPUERO, el cual forma parte integrante del presente;
Que mediante dicho convenio, las partes se comprometen de modo conjunto a ejecutar la obra: CENTRO
DE ATENCION DE VIOLENCIA FAMILIAR
II ETAPA EN LA LOCALIDAD DE PUERTO
DESEADO pactándose de modo expreso las obligaciones inherentes a cada una de las partes signatarias y las previsiones presupuestarias para afrontar tales erogaciones;
Que el citado Organismo Provincial ha tomado intervención de competencia, dictando los Instrumentos legales pertinentes;
Que atento a ello, se hace necesario ratificar el convenio por parte de este Poder Ejecutivo;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 1040/12, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 6;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFICASE en todas sus partes, el Convenio suscripto con fecha 24 de mayo del año 2012 entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, presentado por el señor Gobernador de la Provincia Don Daniel Román PERALTA, El Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda I.D.U.V., representado por su Presidente, Arquitecto Andrés DE
SANTIS, y la Municipalidad de Puerto Deseado, representada por el señor Intendente de esa localidad, señor Luis Alberto AMPUERO, tendiente a la ejecución de la obra: CENTRO DE ATENCIÓN
DE VIOLENCIA FAMILIAR II ETAPA EN
LA LOCALIDAD DE PUERTO DESEADO el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas y la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno.Artículo 3.- PASE a Secretaría Legal y Técnica, al Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda quien remitirá copia del presente ante quien corresponda y al Ministerio de Gobierno, a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA - C.P.N. Roberto Ariel Ivovich Lic. Paola Natalia Knoop ________
DECRETO Nº 1330
RIO GALLEGOS, 03 de Julio de 2012.VISTO:
El Expediente GOB-Nº 112.681/12; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar el Convenio suscripto el día 24 de mayo del año

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/8/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

CountryArgentina

Date22/08/2013

Page count8

Edition count1773

First edition19/02/2002

Last issue01/08/2024

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