Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/11/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

BOLETIN OFICIAL N 5199

Viedma, 18 de Noviembre de 2013

Que por todo lo expuesto, corresponde ratificar el Convenio para Ejecución de Obra y aprobar la transferencia indicada en su Cláusula Segunda, para la ejecución de la obra Refuncionalización Cisterna 800 m de la ciudad de General Roca, en la Provincia de Río Negro;
Que han tomado debida intervención los organismos de control, Asesoría Legal del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N
07262-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181, Inc. 1 de la Constitución Provincial, Ley J N 286 de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario J N 686/02, Ley H N 3186 y su Decreto Reglamentario H N 1737/98.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar y ratificar el Convenio para Ejecución de Obras suscripto entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y Aguas Rionegrinas S.A., por la suma de pesos ochocientos setenta y seis mil trescientos cincuenta y siete con quince centavos $ 876.357,15, para la ejecución de la obra Refuncionalización Cisterna 800 m de la ciudad de General Roca, en la Provincia de Río Negro, de acuerdo al Convenio que como Anexo se agrega como parte integrante del presente Decreto.Art. 2º - Aprobar la transferencia de fondos a Aguas Rionegrinas S.A., destinada a la ejecución de la obra Refuncionalización Cisterna 800 m de la ciudad de General Roca, en la Provincia de Río Negro, por la suma de pesos ochocientos setenta y seis mil trescientos cincuenta y siete con quince centavos $ 876.357,15, cuyo financiamiento se efectuará a través del recurso proveniente del Fondo Federal Solidario, creado por Decreto Nacional N 206/2009.Art. 3º - Por la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, comprometer y ordenar a pagar a Aguas Rionegrinas S.A., la suma de pesos ochocientos setenta y seis mil trescientos cincuenta y siete con quince centavos $ 876.357,15, con cargo al presente ejercicio, en cumplimiento de la transferencia aprobada, afectándose el gasto a la Jurisdicción 31, según el siguiente detalle:
Prog. Subp.
55
00

Proy.
11

Act/Obra 94

Rec.
22241

Ptda.
422

Monto $ 876.357,15

Total $ 876.357,15

Art. 4º - Autorizar a la Tesorería General a transferir los fondos a favor de Aguas Rionegrinas S.A., por la suma de pesos ochocientos setenta y seis mil trescientos cincuenta y siete con quince centavos $ 876.357,15, los que serán abonados de conformidad a la transferencia, que por el presente se aprueba, con cargo a la Cuenta Corriente N 900002489 Fondo Federal Solidario - Decreto Nacional N 206/09, vinculada a la Cuenta N
11900118.Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos.Art. 6º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- F. Vaca Narvaja.

CONVENIO PARA EJECUCION OBRAS
Obra:
Refuncionalización Cisterna 800 m de la ciudad de General Roca Entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con domicilio en Buenos Aires Nº 04, de la ciudad de Viedma, representado en este acto por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos, Dn. Fernando Vaca Narvaja, DNI 7.997.198 en adelante denominado como El M.O. y S.P.
y la empresa Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima, con domicilio en calle Colón Nº 719 de la ciudad de Viedma, representado en este acto por su Presidente, Arq. Roger García, DNI 23.168.409 en adelante denominado como A.R.S.A., el M.O. y S.P. y A.R.S.A. conjuntamente denominados como LAS PARTES e individualmente como PARTE y considerando:
- Que siguiendo los lineamientos del Gobierno de la Provincia de Río Negro, es necesario mejorar la cobertura de la población en cuanto a la cantidad y calidad de los servicios de provisión de Agua Potable, a efectos de mejorar la calidad de vida de todos los rionegrinos.
- Que existe la necesidad de realizar trabajos de Refuncionalización Cisterna 800 m de la ciudad de General Roca, para que la misma siga prestando un eficiente servicio;

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- Que, en general, el crecimiento de la población y/o urbanización sumado a la antigedad de la infraestructura existente requieren permanentemente de obras para cubrir sectores nuevos que no cuentan con el servicio, tal es el caso de la necesidad de asegurar la presión de agua y la continuidad del servicio con la refuncionalización de la Cisterna de 800 m para la localidad de General Roca;
- Que conforme el convenio de concesión, aprobado por Decreto N
1045/98, la financiación, operación y mantenimiento donde se realizarán las obras están concesionadas a A.R.S.A.;
- Que las obras a ejecutar, si bien se encuentran en el Área Concesionada a Aguas Rionegrinas S.A., el financiamiento de las obras troncales no forma parte de la estructura tarifaria vigente conforme a la decisión del Poder Ejecutivo a partir de la Primera Revisión Ordinaria de Tarifas -aprobadas mediante el Decreto N 236/05-, por lo que debe intervenir el Estado Provincial;
- Que no obstante, parte de los fines sociales de A.R.S.A. implican, pero no se limitan, a la aplicación de tarifas menores en promedio, que el resto del país, cobertura de servicios en áreas no desarrolladas, atención de indigentes, jubilados con prestaciones mínimas y otras acciones de beneficio social;
- Que consecuencia de la disminución en la recaudación provocada por estas acciones, el aumento del precio de los insumos y la imposibilidad jurídica y social de aumentar las tarifas en proporción al aumento de costos, provocan una rotura en el equilibrio entre ingresos y egresos en la prestación de servicios;
- Que la circunstancia expresada precedentemente, afecta el normal cumplimiento de las obligaciones por A.R.S.A. previstas en el contrato de concesión del servicio, causando un perjuicio que resiente en forma directa la calidad del servicio provisto a los habitantes de la Provincia;
- Que es necesario adoptar medidas que garanticen una eficiente prestación del servicio de Almacenamiento para Provisión de Agua Potable;
- Que a tal fin, se hace indispensable que el MOYSP asigne a A.R.S.A. los fondos para la materialización de las obras citadas en el Anexo I al presente Convenio;
- Que la Ley N 3184 en su Art. 3, inciso m establece que serán consideradas como recursos de la sociedad concesionaria, los provenientes de las transferencias que realice el Estado Provincial del producido de todo gravamen existente y los que se creen en el futuro que, sin componer el fondo Hidráulico Provincial, sean destinados a obras Hidráulicas, de riego o saneamiento, de acuerdo a las normas que los establezcan;
- Que el Fondo Federal Solidario creado por el Decreto Nacional N
206/09, al que adhirió la Provincia mediante Decreto Provincial N
82/09, dispone en su Art. 1 que el mismo será destinado a obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales;
Que en función de todo lo expuesto, LAS PARTES convienen en celebrar el presente Convenio de Transferencia para la Ejecución de Obras en adelante, EL CONVENIO, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
Primera: El presente Convenio tiene por objeto la transferencia de fondos para la ejecución de la obra: Refuncionalización Cisterna 800 m de la ciudad de General Roca, mediante la realización de las tareas y por los montos especificados en el Anexo I que integra el presente, a ejecutar durante el año 2013 en esa localidad y que seguidamente se detallan:
Trabajos Preliminares:
1- Limpieza del predio.
2- Obrador, sanitarios y cartel de obra.
3- Electricidad y agua de obra.
4- Seguridad e higiene en obra.
Obra Civil:
1- Reacondicionamiento de casilla.
2- Construcción de nuevo sanitario.
3- Reacondicionamiento de cisterna 800m.
Instalación eléctrica:
1- Provisión de bomba centrifuga.
2- Instalación eléctrica del perímetro, de casilla y baño.
Segunda: El M.O. y S.P. se compromete a arbitrar los esfuerzos necesarios para gestionar el financiamiento y transferir a A.R.S.A. los fondos de las Obras mencionadas en la Cláusula Primera, los cuales provendrán del Fondo Federal Solidario -Decreto N 206/09-, y que totalizan la suma de pesos ochocientos setenta y seis mil trescientos cincuenta y siete con quince centavos $ 876.357,15.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/11/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date18/11/2013

Page count46

Edition count1923

First edition03/01/2002

Last issue25/07/2024

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