Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/11/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 5 de Noviembre de 2012

Nº 5089

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIII
EDICION DE 28 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 28

DECRETOS

DECRETO Nº 1488
Viedma, 23 de octubre de 2012.
Visto, el Expte. N 001815-A-2012, del registro de la Secretaría General, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Asociación Civil denominada Club Deportivo Independiente, de la localidad de Río Colorado, a solicitud de su Presidente Sr. Esteban Antonio Arduin D.N.I N
26.136.214, para ser destinado a solventar los gastos en la participación del Torneo Agentino B de Fútbol Edición 2012/2013;
Que dicha asociación cuenta con Personería Jurídica otorgada el 31 de diciembre de 1958, mediante Decreto N 960/59;
Que el Sr. Gobernador de la Provincia ha prestado conformidad a la solicitud, por la suma total de pesos trescientos cincuenta mil $ 350.000,00, indicando que la misma será abonada en diez 10
cuotas iguales de pesos treinta y cinco mil $
35.000,00, en forma mensuales y consecutivas;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Art. 3 del Decreto N 134/10;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Arts. 30 y 31 de la Ley H N 3.186 de Administración Financiera;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Secretaría General, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N
07074-12 de fojas 37;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Otórguese un aporte no reintegrable por la suma de pesos trescientos cincuenta mil $ 350.000,00, pagaderos en diez 10 cuotas iguales de pesos treinta y cinco mil $
35.000,00, en forma mensuales y consecutivas a favor de la Asociación Civil denominada Club Deportivo Independiente, de la localidad de Río Colorado, para ser destinado a solventar los gastos en la participación del Torneo Agentino B de Fútbol Edición 2012/2013.
Art. 2º - El monto asignado en el artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Asociación Civil denominada Club Deportivo Independiente, de la localidad de Río Colorado, Cuit. N 30-66418715-5, y/o su Presidente Sr.

Esteban Antonio Arduin Cuil. N 20-261362148, quien será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 134/10.
Art. 3º - Autorícese a Reservar, Comprometer y Ordenar la suma de pesos treinta y cinco mil $
35.000,00 de manera mensual hasta la finalización del Ejercicio 2012, a los créditos de la Jurisdicción 22 - Programa 01 - Actividad 01 - Partida 517 Financiamiento 10 Rentas Generales, del Presupuesto General de Gastos vigente, quedando la suma de pesos doscientos diez mil $ 210.000,00
para imputar en el año 2013, en seis 6 cuotas por la suma de pesos treinta y cinco mil $ 35.000,00
cada una.
Art. 4º - Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Art. 29 de la Ley H N 3.186 abónese por Tesorería General de la Provincia la suma otorgada por el Art. 1.Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.
WERETILNECK.- L. DI Giácomo.
oOo DECRETO Nº 1489
Viedma, 23 de octubre de 2012.
Visto, el Expte. N 001859-A-2.012, del registro de la Secretaria General, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Asociación Civil denominada Club Deportivo Cruz del Sur, de la localidad de San Carlos de Bariloche, a solicitud de su Vicepresidente a cargo de la Presidencia según Acta a fs. 23, Sr. Carlos Emilio Arrative D.N.I N
26.344.637, para ser destinado a solventar los gastos que se originen en la participación del Torneo Argentino B 2012/2013;
Que dicha asociación cuenta con Personería Jurídica otorgada el 26 de octubre de 2000, mediante Decreto N 1458/00;
Que el Sr. Gobernador de la Provincia ha prestado conformidad a la solicitud, por la suma total de pesos seiscientos mil $ 600.000,00, indicando que la misma será abonada en diez 10 cuotas iguales de pesos sesenta mil $ 60.000,00, en forma mensuales y consecutivas;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Art. 3 del Decreto N 134/10;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Arts. 30 y 31 de la Ley H N 3.186 de Administración Financiera;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de la Secretaría General, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 709412 de fojas 43/44;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Otórguese un aporte no reintegrable por la suma de pesos seiscientos mil $ 600.000, pagaderon en diez 10 cuotas iguales de pesos sesenta mil $ 60.000, en forma mensuales y consecutivas a favor de la Asociación Civil denominada Club Deportivo Cruz del Sur, de la localidad de San Carlos de Bariloche, para ser destinado a solventar los gastos que se originen en la participación del Torneo Argentino B 2012/2013.Art. 2º - El monto asignado en el artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Asociación Civil denominada Club Deportivo Cruz del Sur de la localidad de San Carlos de Bariloche Cuit. N 33-70876127-9, y/o su Vicepresidente a cargo de la Presidencia según Acta a fs. 23, Sr. Carlos Emilio Arrative Cuil. N 2026344637-3, quien será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 134/10.
Art. 3º - Autorícese a Reservar, Comprometer y Ordenar la suma de pesos sesenta mil $
60.000,00 de manera mensual hasta la finalización del Ejercicio 2012, a los créditos de la Jurisdicción 22 - Programa 01 - Actividad 01 Partida 517 Financiamiento 10 Rentas Generales, del Presupuesto General de Gastos vigente, quedando la suma de pesos trescientos sesenta mil $
360.000,00 para imputar en el año 2013, en seis 6 cuotas por la suma de pesos sesenta mil $
60.000,00.Art. 4º - Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Art. 29 de la Ley H N 3.186 abónese por Tesorería General de la Provincia la suma otorgada por el Art. 1.Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.
Art. 6º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- L. Di Giácomo.
oOo DECRETO Nº 1490
Viedma, 23 de octubre de 2012.
Visto, el Expte. N 001782-A-2012, del registro de la Secretaria General, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Asociación Civil denominada Club Social y Deportivo Sol de Mayo, de la localidad de Viedma, a solicitud de su Presidente Sr. Mario Luis De Rege D.N.I N

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/11/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date05/11/2012

Page count28

Edition count1920

First edition03/01/2002

Last issue15/07/2024

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