Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/05/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5044

DECRETO Nº 583.- 16-05-12.- Creando una vacante en el Agrupamiento Profesional Categoría 8, de la Ley L N 1.844 en la Jurisdicción 44 - Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Administrativo, Categoria 5, de la Ley L N 1.844. Reubicar a partir de la fecha de la firma del presente Decreto al Señor Germán Pretz D.N.I. N 30.784.353 - Legajo N 661.722/0, en la vacante creada en el Artículo anterior, conforme lo dispuesto en la Ley L N 1.844. Expte. N 66.625-S2.011.DECRETO Nº 584.- 16-05-12.- Creando una vacante en el Agrupamiento Tercero - Grado V, de la Ley L N 1.904 en la Jurisdicción 44 Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Categoría 14, de la Ley L N 1.844. Reubicar a partir de la fecha de la firma del presente Decreto a la Sra.
María Ester Jaramillo D.N.I. N 10.595.313, Legajo N 653.242/0 , en la vacante creada en el artículo anterior, conforme lo dispuesto en la Ley L N 1904. Expte. 66.950-S2011.

DECRETO Nº 585.- 16-05-12.- Creando una vacante en el Agrupamiento Tercero - Grado I, de la Ley L N 1.904 en la Jurisdicción 44 Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Categoría 9, de la Ley L N 1.844. Reubicar a partir de la fecha de la firma del presente Decreto a la Señora Fabiana Beatriz Alaniz D.N.I. N 21.899.586
- Legajo N 657.998/1, en la vacante creada en el Artículo anterior, conforme lo dispuesto en la Ley L N 1.904. Expte. N 66.960-S2.011.DECRETO Nº 586.- 16-05-12.- Promoviendo a partir del 01/03/2.008 al Grado II a la Señora Mariela Roncallo D.N.I N 24.392.410 Legajo N 660.052/2 del Agrupamiento Segundo Profesional Asistencial de la Ley L N 1.904, en los términos de la Ley L N 3.959. Por la Dirección de Sueldos proceder a la liquidación de la diferencia de Grado desde el 01/03/2.008
por-les-motivos-expuestos en , afectando dicho gasto a la estructura presupuestaria 4414000001. Expte. N 62.687-S-2.011.DECRETO Nº 587.- 16-05-12.- Creando una vacante en el Agrupamiento Segundo - Grado II, de la Ley L N 1.904 en la Jurisdicción 44 Programa 14.00.00.02, del Consejo Provincial
Viedma, 31 de Mayo de 2012
de Salud Pública, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Tercero - Grado II. Reubicase a partir de la fecha de la firma del presente Decreto a la Señora Marina Silvana Losada D.N.I. N 28.978.769 - Legajo N
660.625/3 en la vacante creada en el Artículo anterior, conforme lo dispuesto en la Ley L N
1.844. Expte. N 67.497-S-2.011.DECRETO Nº 588.- 16-05-12.- Creando una vacante en el Agrupamiento Segundo - Grado II, de la Ley L N 1.904 en la Jurisdicción 44 Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Categoría 4, de la Ley L N 1.844. Reubícase a partir del presente Decreto a la Señora Andrea Lorena Rubilar D.N.I. N 30.144.789 - Legajo N
661.283/0 en la vacante creada en el Artículo anterior, conforme lo dispuesto en la Ley L N
1.904. Expte. N 66.979-S-2.011.DECRETO Nº 599.- 16-05-12.- Adhiriendo a los festejos organizados con motivo de la conmemoración de un nuevo Aniversario de la fundación, de la localidad de Chichinales.DECRETO Nº 600.- 16-05-12.- Adhiriendo a los festejos organizados con motivo de la conmemoración de un nuevo Aniversario de la fundación, de la localidad de Catriel.-

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RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA
Resolución Nº 430
Viedma 18 de mayo de 2012.Visto, el expediente N 028113-G-2012 de los registros de esta Agencia de Recaudación Tributaria; y CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 obra nota N 068/12, de la Oficina de Cipolletti, donde adjuntan documentación presentada por la razón Social GARCIA, Antonio Jesús GARCIA, Ricardo Luis y GARCIA, Adriana Beatriz Sociedad de Hecho, para ser designados agentes de Recaudación en el Impuesto de Sellos;
Que a fojas 2 obra nota presentada por la Sra/ta. GARCIA, Adriana Beatriz DNI N 19.279.316 en representación, de la Sociedad de Hecho citada en párrafo anterior, donde solicita ser designados agentes de Retención en el Impuesto de Sellos;
Que a fojas 03 obra constancia de inscripción en la AFIP de la Sociedad de Hecho en cuestión cuya CUIT es N 30-71019639-3;
Que a fojas 11 a 14 obran constancias del Documento Nacional de Identidad de García Antonio Jesús, García Adriana Beatriz y García Ricardo Luis, integrantes de la Sociedad de Hecho;
Que a fojas 16 obra Nota n 126/2012, de la Oficina de Cipolletti en respuesta a Nota DP n 438/2012 de esta Dirección que consta a fojas 15, avalando tal solicitud;
Que a fojas 17 a 19 obra copia de la Resolución N 760/92 de los registros de esta Dirección General, con las Normas de Procedimientos que se deberán ajustar las Personas Físicas o Jurídicas que actúen como Agentes de Retención en el Impuesto de Sellos; cuya actividad sea la de Inmobiliaria;
Que a fojas 20 a 21 obra constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, régimen Convenio Multilateral, cuyo N es 916-5991851, donde denuncian como actividad a desarrollar la codificada como 7020000
Servicios Inmobiliarios;
Que el artículo 19 de la Ley I N 2407 establece que las personas físicas o jurídicas de carácter público o privado que intervengan en actos, contratos y operaciones alcanzadas por el impuesto de Sellos, actuarán como Agentes de Recaudación del mismo en la oportunidad, forma y condiciones que establezca la Agencia de Recaudación Tributaria;
Que las infracciones a las obligaciones que se fijan por la presente, serán reprimidas con arreglo a lo establecido en los artículos 52, 54 y 58 del Código Fiscal Ley I N 2686 texto según Ley 4686 y con las penalidades que surjan de leyes especiales en vigencia;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en los artículos 5 y 34, 3er párrafo, del Código Fiscal Ley I N 2686 texto según Ley 4686;

Por ello:
El Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación Tributaria RESUELVE:
Artículo 1.- Desígnese Agente de Recaudación del Impuesto de Sellos a la Razón Social GARCIA, Antonio Jesús - GARCIA, Ricardo Luis y GARCIA, Adriana Beatriz S.H. CUIT N 30-71019639-3, con domicilio fiscal en calle San Martín N 105 de la Ciudad de Cipolletti.
Art. 2.- El responsable a que hace referencia al artículo 1 de la presente deberá ingresar el impuesta por los actos, contratos y operaciones que se encuentren alcanzados por la Ley I N 2407.Art. 3.- Las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A., en los formularios que a tal efecto proveerá la Agencia de Recaudación Tributaria, hasta el día quince 15 del mes inmediato siguiente al de efectuada la retención, en la forma que establece el artículo 2 inc. 3
del Decreto Reglamentario 1130/03.Art. 4.- Las boletas de depósito a que se refiere el punto anterior se confeccionarán en cuatro ejemplares, que se distribuirán de la siguiente manera:
Original: Para el Banco Patagonia S.A. como comprobante de caja.
Duplicado: Para ser remitido por el Banco mencionado a las Oficinas de ésta Agencia de Recaudación Tributaria.
Triplicado: Para ser presentado por el Agente de Recaudación juntamente con la declaración jurada del mes al que corresponda el depósito.
Cuadruplicado: Para el Agente de Recaudación.
Art. 5.- Dentro del plazo dispuesto en el artículo 3 de la presente resolución, el Agente de Recaudación deberá presentar, ante la Agencia de Recaudación Tributaria, declaración jurada por duplicado donde consten las referencias necesarias para hacer conocer todos los hechos imponibles realizados en el período, con los siguientes datos:
- Nombre y apellido o razón social.
- Domicilio.
- Importes retenidos.
- Naturaleza de los datos.
Art. 6.- A los efectos de la verificación prevista por los artículos 27, 39, 40, 41 y 46 del Código Fiscal Ley 12686 texto según Ley 4686, deberán conservar por el término de prescripción, que de acuerdo a lo determinado por el articulo 130 de la mencionada Norma Legal, es de cinco 5 años, y presentar a requerimiento de la Agencia de Recaudación Tributaria, todos los elementos y documentos que de algún modo se refieran a las operaciones o situaciones que constituyan hechos imponibles o sirvan como comprobantes de veracidad de los datos consignados en las declaraciones Juradas.Art. 7.- Se deberá confeccionar un sello donde conste el número de la presente resolución, aclarando el nombre del Agente de Recaudación, previendo un lugar para el importe del Impuesto retenido y fecha de las operaciones, el cual estamparán individualmente en los instrumentos que otorguen a los efectos de la verificación prevista en el artículo 6 de la presente.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 31/05/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date31/05/2012

Page count22

Edition count1918

First edition03/01/2002

Last issue08/07/2024

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