Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/08/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 07 de Agosto de 2008

Nº 4644

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO IL
EDICION DE 20 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 20

LEY

LEY Nº 4341
Viedma, 31 de Marzo de 2.008.
Visto el Decreto Ley Nº 01/08, de fecha 31-03-08, publicado en el Boletín Oficial Nº 4609; Se Promulga de conformidad al Artículo 181º inciso 6, último párrafo de la Constitución Provincial.
Registrado bajo el Nº de Ley cuatro mil trescientos cuarenta y uno 4341.
Comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y Archívese.
Dra. Silvia Jáñez, Secretaria Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos - Secretaría General de la Gobernación.
oOo
DECRETOS

DECRETO Nº 607
Viedma, 21 de julio de 2008
Visto: el Expediente N 33.587-G-2007 del registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita el Contrato de Locación de Servicios mediante excepción al Art. 2
de la Ley H N 3.238, de la Sra. Mirta Noemí Stremel, D.N.I. N 28.945.711, CUIL N 27-28945711-4, para desempeñar tareas administrativas en la Delegación del Registro Civil de General Roca, dependiente de la Dirección General de Registro Civil y Capacidad de las Personas, del Ministerio de Gobierno;
Que las tareas a realizar por la mencionada agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación de la Sra. Mirta Noemí Stremel fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley L N 3.487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que la aptitud psicofísica de la postulante, exigida por la normativa de riesgos de trabajo, se encuentra acreditada mediante el examen preocupacional realizado por el Sistema de Juntas Médicas de la Provincia de Río Negro, obrante a fojas 37 de las actuaciones;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 01003-08;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.

Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto, celebrado entre el Ministerio de Gobierno, representado por su titular Contador José Luis Rodríguez, D.N.I. N
14.853.721 y la Sra. Mirta Noemí Stremel, D.N.I. N
28.945.711 CUIL N 27-28945711-4, a partir del 21 de abril de 2008 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, para cumplir tareas administrativas en la Delegación del Registro Civil de General Roca, dependiente de la Dirección General de Registro Civil y Capacidad de las Personas del Ministerio de Gobierno.Art. 2.- Reconocer los servicios prestados por la Sra. Mirta Noemí Stremel a partir del 21 de abril de 2008
y hasta la firma del presente Decreto.Art. 3.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo de la Ley L N
1.844.Art. 4.- Proceder a la reserva interna en la Jurisdicción 17 Programa 14.00.00.01, Partidas 121 $
5.688,46, 123 $ 975,00, 124 $ 626,72, 125 $ 431,37, 126 $ 6.011,55, 127 $ 245,24, 131 $ 1.800,00, Código de Recursos 10 de Rentas Generales para atender las erogaciones resultantes.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- J. L. Rodríguez.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, entre el Ministerio de Gobierno, representado en este acto por su titular, Contador José Luis Rodríguez, D.N.I. N 14.389.203, con domicilio legal en calle Laprida 212 de la ciudad de Viedma, por una parte, en adelante EL ORGANISMO y la Sra. Mirta Noemí Stremel DNI. N 28.945.711, CUIL N 2728945711-4 con domicilio en Chile N 1335 de la localidad de General Roca, por la otra, en adelante EL
CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATADO prestará servicios administrativos en la Delegación del Registro Civil de la ciudad de General Roca, dependiente de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas del Ministerio de Gobierno.
SEGUNDA: El CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por salario familiar y las demás que pudieran corresponderle.

TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 21 de abril de 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2008 consignándose que el ORGANISMO se reserva el derecho a prórroga, en caso que el mismo lo considere necesario.
CUARTA: El CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viático y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.
QUINTA: El CONTRATADO quedará comprendido dentro del régimen de licencia instituido en la Ley N
3487 Capítulo IX y Acta N 12/2003 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado.
SEXTA: La retribución de El CONTRATADO estará sujeta a los descuentos jubilatorios y cargas sociales establecidas por la Ley N 2753 del I.PRO.S.S. y sus modificatorias.
SEPTIMA: El CONTRATADO queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca El ORGANISMO
comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a la estabilidad, ni a la carrera administrativa que establecen las normas legales en vigencia para los empleados públicos provinciales.
OCTAVA: Las partes podrán rescindir el presente contrato, sin que ello implique reconocimiento de indemnización alguna entre los contratantes, dando aviso fehaciente de la rescisión con treinta 30 días de anticipación.
NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes de este contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supra indicados, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de Ley y cada parte recibe el suyo en este acto, agregando una copia en el expediente N 033587-G-2007.
oOo DECRETO Nº 608
Viedma, 21 de julio de 2008
Visto: el Expediente N 33.639-G-2007, del registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita el Contrato de Locación de Servicios, mediante excepción al Art.
2 de la Ley H N 3.238, de la Srta. María Verónica Benítez, D.N.I. N 24.876.299, CUIL N 27-24876299-9, quien posee título de Abogada, para desempeñarse como Asesora Legal en la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Gobierno;
Que las tareas a realizar por la mencionada profesional no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 06/08/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date06/08/2008

Page count20

Edition count1918

First edition03/01/2002

Last issue08/07/2024

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