Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/06/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 15 de Junio del 2006

Viedma, 6 de Junio de 2006.Promulgado de conformidad al Artículo 181, inciso 6, segundo párrafo de la Constitución Provincial.
Registrado bajo el Número de Ley cuatro mil ochenta y cuatro 4084.Dr. Fabio R. R. Rey, Secretario Legal, Técnico y Asuntos Legislativos - Secretaría General de la Gobernación.
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DECRETOS

DECRETO Nº 442
Viedma, 18 de mayo de 2006.Visto, el expediente N 16748-SP-06, del registro de la Secretaría de Familia del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Familia y El Municipio de Catriel;
Que el Convenio tiene como finalidad impulsar la formación, capacitación y entrenamiento laboral de Recursos Humanos vinculados directamente a Programas Nutricionales y de Promoción Familiar que ejecuta EL MINISTERIO debiendo EL MUNICIPIO
presentar proyecto especificando programa social, función, carga horaria y nómina de beneficiarios;
Que el Ministerio de Familia se compromete a otorgar un aporte económico de PESOS SETENTA MIL
OCHOCIENTOS $ 70.800,00, pagadero en tres 03
cuotas trimestrales de PESOS VEINTITRES MIL
SEISCIENTOS $ 23.600,00 cada una, con destino a solventar con carácter de subsidio la contraprestación por parte de los beneficiarios;
Que a fs. 17, 18, 19, 20 y 21 obra Informe Técnico, donde se recomienda la suscripción del Convenio;
Que la presente tramitación se encuadra en lo normado por el Artículo 2 del Decreto N 194/76 y modificatorias;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 1190/06;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio celebrado entre el Ministerio de Familia, representado por el señor Ministro Don Alfredo Daniel PEGA DNI N 12.711.465 y la Municipalidad de la localidad de Catriel CUIT 30-67273803-9, representada por su Intendente, Señora María Rosa IEMOLO DNI.
N 5.962.649, que como Anexo forma parte del presente decreto.Art. 2.- Apruébase el gasto por un monto total de PESOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS $ 70.800,00, pagadero en tres 03 cuotas trimestrales de PESOS
VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS $ 23.600,00 cada una.Art. 3.- El importe acordado con el Municipio deberá ser girado a la orden de su Intendente, Señora María Rosa IEMOLO CUIL N 27-05962649-9, siendo ésta la única responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas conforme a lo establecido en el Decreto N 194/76 y modificatorias.Art. 4.- Autorízase al Ministerio de Familia a efectivizar el pago del Convenio ratificado por el Art.
1, adecuándose a las disposiciones en vigencia.Art. 5.- Comprométase la suma total de PESOS
SETENTA MIL OCHOCIENTOS $ 70.800,00 a los créditos del Programa 01, Actividad 01, Partida 572, Otras Transferencias a Municipalidades, Código de Recurso 11721, a cargo del Ministerio de Familia.-

BOLETIN OFICIAL N 4420
Art. 6.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Familia.Art. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- A. D. Pega.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE FAMILIA
DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO Y LA
MUNICIPALIDAD DE CATRIEL
AÑO 2.006
Entre el MINISTERIO DE FAMILIA de la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Ministro de Familia Señor Alfredo Daniel PEGA DNI N
12.711.465, en adelante EL MINISTERIO, con domicilio en calle Belgrano y Buenos Aires, de la ciudad de Viedma, por una parte, y el MUNICIPIO DE
CATRIEL representado en este acto por su Intendente, Señora María Rosa IEMOLO DM N 5.962.649 con domicilio en calle Av. San Martín N 676 de la localidad de Catriel , por la otra, acuerdan en celebrar el presente Convenio, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El presente Convenio tiene como finalidad impulsar la formación, capacitación y entrenamiento laboral de Recursos Humanos vinculados directamente a Programas Nutricionales y de Promoción Familiar que ejecuta EL MINISTERIO
debiendo EL MUNICIPIO presentar proyecto especificando programa social, función, carga horaria y nómina de beneficiarios:
SEGUNDA: EL MINISTERIO se compromete a otorgar un aporte económico de PESOS SETENTA MIL
OCHOCIENTOS $ 70.800,00, pagaderos en tres 03
cuotas Trimestrales de PESOS VEINTITRES MIL
SEISCIENTOS $ 23.600,00 cada una, con destino a solventar con carácter de subsidio la contraprestación por parte de los beneficiarios.TERCERA: Los beneficiarios afectados al presente Convenio no tendrán relación laboral alguna y de dependencia funcional con EL MINISTERIO, estando por lo tanto los beneficiarios vinculados con EL MUNICIPIO quien será responsable exclusivo de fijar la modalidad de contraprestación y asumirá las obligaciones de seguros de ART y las relacionadas con aquella vinculación.CUARTA: EL MINISTERIO no reconocerá ningún otro gasto que no fuera de los establecidos y expresados en el presente Convenio, quedando por cuenta de EL MUNICIPIO todas las erogaciones que fueran necesarias para su normal funcionamiento.QUINTA: El plazo de duración del presente Convenio se extiende por el término de once 11 meses, a partir de la firma del mismo, pudiendo ser prorrogado por igual período con expresa conformidad de las partes. Asimismo, pueden rescindir el Convenio en forma unilateral, debiendo notificar en forma fehaciente a la contraparte, con una antelación no menor a TREINTA 30 días. Dicha rescisión no dará derecho a reclamar indemnización alguna, salvo el cumplimiento de las obligaciones pendientes.SEXTA: EL MUNICIPIO, se compromete a rendir cuenta documentada del destino de los aportes mediante certificación del Tribunal de Cuentas Municipal en forma puntual, quedando sujeta la transferencia posterior correspondiente a la recepción y aprobación de la misma, de acuerdo a las normas administrativas provinciales vigentes.SÉPTIMA: EL MINISTERIO, realizará el seguimiento y controlará el debido cumplimiento de lo estipulado en el presente Convenio, debiendo EL
MUNICIPIO brindar las facilidades necesarias a tal fin.OCTAVA: A todos los efectos legales derivados del presente Convenio, las partes constituyen domicilio al inicio del presente, en los que se tendrán por válidas todas las notificaciones que deberán cursarse mientras no se notifique en forma fehaciente el cambio de ellos.-

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NOVENA: Las partes se someten, para todos los efectos derivados del presente Convenio, a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma, haciendo expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.En prueba de conformidad se firman cuatro 04
ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto, en la ciudad de Viedma a los 01 de febrero del año 2006.oOo DECRETO Nº 450
Viedma, 18 de mayo de 2006.Visto, las facultades conferidas por el artículo 181, inciso 3 de la Constitución Provincial:
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Aceptar a partir de la fecha del presente Decreto, las renuncias presentadas por los funcionarios dependientes de la ex-Secretaría de Estado de Turismo, a sus respectivos cargos y que a continuación se detallan:
Señora Ana María BOSCHI D.N.I. N 5.704.953 al cargo de Subsecretaria de Coordinación de Agencias Regionales.
Señora Liliana Noemí TIMON D.N.I. N 18.277.736
al cargo de Directora General de Calidad y Fiscalización.
Lic. Mónica WEINMEISTER D.N.I. N 16.608.110
al cargo de Directora General de Control de Gestión.
Lic. Susana Mabel MARTINEZ D.N.I. N
16.194.848 al cargo de Directora General de Desarrollo y Marketing.
Lic. Mariela Analía MESSINA D.N.I. N 20.363.760
al cargo de Directora de Economía Turística y Planes Estratégicos.
Señora Carolina Lourdes FERNANDEZ D.N.I. N
24.650.505 al cargo de Directora de Marketing, Promoción, Informes y Nuevos Productos.
Señor Angel Roberto BROGNA D.N.I. N
16.420.729 al cargo de Director de Administración.
Señora Elizabeth N. FREIRE D.N.I. 13.477.323 al cargo de Subdirectora de Despacho.
Señora Patricia Elena MENDEZ D.N.I. 18.304.779
al cargo de Subdirectora de Desarrollo Turístico con asiento en la ciudad de San Carlos de Bariloche.
Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Turismo.
Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- J. O. Contreras.oOo DECRETO Nº 468
Viedma, 19 de mayo de 2006.Visto, el expediente N 76297-SSF-05 del registro del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que la implementación del Programa Provincial de Agua Potable y Saneamiento para el quinquenio 20052009, tiene como objetivo contribuir a garantizar las condiciones de vida de todos los habitantes de la Provincia de Río Negro, mediante un conjunto de obras y acciones que permitan aumentar los niveles de cobertura, asegurar la calidad de los servicios y proteger el medio ambiente;
Que el presente financiamiento se encuadra en la Ley Provincial N 3886, que se adhirió en todos sus términos a la Ley Nacional de Responsabilidad Fiscal N 25917;
Que para su financiamiento, mediante la Ley N
3974, se autorizó al Departamento Provincial de Aguas a tomar créditos hasta un monto de PESOS SESENTA
MILLONES $ 60.000.000,00;
Que a tal efecto la citada norma prevé para su garantía, la afectación de hasta el veinticinco por ciento 25% del importe de regalías hidroeléctricas que anualmente le correspondan de acuerdo a lo prescripto

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/06/2006

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date15/06/2006

Page count30

Edition count1923

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Last issue25/07/2024

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