Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/08/2005

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 18 de Agosto del 2005
SEGUNDA: EL CONTRATADO percibirá una retribución mensual por sus servicios equivalente a la Categoría 10 del Agrupamiento Profesional de la Ley 1844, sueldo anual complementario, salario familiar y demás que pudieren corresponder;
equiparándose también al Escalafón del Empleado Público Provincial a los fines de eventuales incrementos salariales. Dicha remuneración estará sujeta a los descuentos por jubilación, obra social y demás descuentos que por Ley correspondan.
TERCERA: EL CONTRATADO queda sometido a las disposiciones de la Ley N 3.487 y supletoriamente a la Ley N 1.844, comprometiéndose a su fiel cumplimiento y no tendrá derecho a la estabilidad y a la Carrera Administrativa que consagra el Estatuto en vigencia.
Asimismo, serán de aplicación las disposiciones de dicho instrumento legal en cuanto corresponda a deberes y obligaciones que debe observar en su condición de agente de este organismo. El contratado queda sometido a las disposiciones, ordenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca el contratante, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.CUARTA: El presente Contrato tendrá vigencia a partir del 01 de Abril y hasta el 31 de Diciembre del año 2005.
QUINTA: Las partes podrán sin causa alguna rescindir el presente contrato, aun cuando medie principio de ejecución, con la única exigencia de comunicar fehacientemente a la otra parte con treinta 30 días de antelación, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, salvo cuando el Contrato tenga fecha de finalización.
SEXTA: Para todos los efectos legales y/o convencionales emergentes del presente contrato, EL CONTRATANTE fija su domicilio legal en Julio Argentino Roca N 250 de la ciudad de Viedma, y El CONTRATADO, en calle Alsina N 236, de la localidad de Carmen de Patagones, donde se consideran válidas todas las comunicaciones que debieran cursarse; pactando la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de ley y cada parte recibe el suyo en este acto.
oOo DECRETO Nº 940
Viedma, 02 de agosto de 2005.Visto, el Expediente N 5.483-G-05, del Registro del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., dependiente del Ministerio de Salud, y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el traspaso del Contrato de Prestación de Medios a Contrato de Locación de Servicios, a partir del 01 de Abril del 2005 por excepción, como Médica Auditora, de la Profesional Susana Graciela CRESPE, para cumplir Funciones en el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., Organismo Central Viedma; con una retribución mensual como Personal de la Ley N 1844, Categoría 10, Agrupamiento Profesional;
Que se debe dejar sin efecto, a partir del 01 de Abril del 2005, el Contrato de Prestación de Medios, suscripto entre el señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., Contador José Luis COLLINAO, D.N.I. N 13.462.744 y la profesional médica Susana Graciela CRESPE
D.N.I. N 11.935.871, Cuil. N 27-11935871-5, que tiene vigencia hasta el 31 de Diciembre del 2005;
Que a fs. 38-39, obra detalle de haberes confeccionado por el Departamento de Sueldos de este Organismo Central, que percibirá la mencionada profesional;

BOLETIN OFICIAL N 4334
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Secretario Ejecutivo del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado mediante Vista N 98890;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 181 Inciso 3
de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Dejar sin efecto, a partir del 01 de Abril del 2005, el Contrato de Prestación de Medios, que fuera suscripto entre el Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S. Contador José Luis COLLINAO D.N.I. N 13.462.744 y la Profesional Médica Susana Graciela CRESPE
D.N.I. N 11.935.871 CUIL. N 27-119358715, Matricula Provincial N 2046, que fuera prorrogado hasta el 31 de Diciembre del 2005, mediante Resolución N 30/05, del señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S..Art. 2.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios, por excepción a partir del 01 de Abril y hasta el 31 de Diciembre del 2005, inclusive de la Médica Susana Graciela CRESPE D.N.I. N
11.935.871- CUIL. N 27-11935871-5, Matrícula Provincial N 2046, como agente de la Ley N
1844 Categoría 10 Agrupamiento Profesional, con un régimen Horario de treinta 30 horas semanales de labor, para cumplir Funciones en la Auditoria Médica, de la Delegación del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., con sede en Viedma y que como anexo forma parte del presente Decreto.Art. 3.- Reconocer los servicios prestados por la Médica Susana Graciela CRESPE D.N.I. N
11.935.871- CUIL. N 27-11935871-5 a partir del 1 de Abril de 2005 y realizar el ajuste que corresponda con los Honorarios percibidos como Contrato de Prestación de Medios.Art. 4.- Por la Contaduría General del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., imputar la suma de PESOS: QUINCE MIL OCHOCIENTOS
OCHENTA CON VEINTINUEVE CENTAVOS $
15.880,29, y de TICKET: UN MIL
CUATROCIENTOS
CINCUENTA
CON
CINCUENTA Y TRES 1.450,53, al Programa 71.01.00.00.01.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro de Salud.Art. 6.- Registrar, comunicar, Publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- A. E. Gutierrez.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes de Abril del año 2005, entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., representado en este Acto por su Presidente, entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., representado en este Acto por su Presidente, Contador José Luis COLLINAO DN1. N 13.462.744, en adelante EL CONTRATANTE; y la Doctora Susana Graciela CRESPE DNI. N 11.935.871 en adelante LA
CONTRATADA, se conviene celebrar el presente contrato de locación de servicios sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA:
LA
CONTRATADA, se desempeñara como Auditora médica, en la Delegación I.Pro.S.S., de Viedma, dependiente del I.Pro.S.S., quedando subordinado a las disposiciones, ordenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca EL
CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.

3
SEGUNDA: LA CONTRATADA percibirá una retribución mensual por sus servicios equivalente a la Categoría 10 del Agrupamiento Profesional de la Ley 1844, sueldo anual complementario, salario familiar y demás que pudieren corresponder;
equiparándose también al Escalafón del Empleado Público Provincial a los fines de eventuales incrementos salariales. Dicha remuneración estará sujeta a los descuentos por jubilación, obra social y demás descuentos que por Ley correspondan, debiendo cumplir 30 horas semanales.
TERCERA; LA CONTRATADA queda sometido a las disposiciones de la Ley N 3.487 y supletoriamente a la Ley N 1.844, comprometiéndose a su fiel cumplimiento y no tendrá derecho a la estabilidad y a la Carrera Administrativa que consagra el Estatuto en vigencia.
Asimismo, serán de aplicación las disposiciones de dicho instrumento legal en cuanto corresponda a deberes y obligaciones que debe observar en su condición de agente de este organismo. El contratado queda sometido a las disposiciones, ordenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca el contratante, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.CUARTA: El presente Contrato tendrá vigencia a partir del 01 de Abril y hasta el 31 de Diciembre del año 2005.
QUINTA: Las partes podrán sin causa alguna rescindir el presente contrato, aun cuando medie principio de ejecución, con la única exigencia de comunicar fehacientemente a la otra parte con treinta 30 días de antelación, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, salvo cuando el Contrato tenga fecha de finalización.
SEXTA: Para todos los efectos legales y/o convencionales emergentes del presente contrato, EL CONTRATANTE fija su domicilio legal en Julio Argentino Roca N 250 de la ciudad de Viedma, y LA CONTRATADA, en calle San Luis N 158, de la localidad de Viedma, donde se consideran válidas todas las comunicaciones que debieran cursarse;
pactando la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de ley y cada parte recibe el suyo en este acto.
oOo DECRETO Nº 941
Viedma, 02 de agosto de 2005.Visto, el Expediente N 5484-G-05, del registro del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., dependiente del Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el traspaso del Contrato Prestación de Medios a Contrato de Locación de Servicios, a partir del 01 de Abril del 2005, por excepción al Artículo 5 de la Ley N
3238, celebrado con la Licenciada en Servicio Social, Liliana Alejandra MARTÍNEZ D.N.I. N
26.842.039 - CUIL N 27-26842039-3, para desempeñar Funciones en el área de Coordinación Social en la Delegación del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., en la localidad de Viedma, Programa N 71.01.00.00.01;
Que las tareas a realizar por el mencionado Profesional no se superponen ni están en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que debe dejarse sin efecto, a partir del 01 de Abril del 2005, el Contrato de Prestación de Medios, suscripto entre la Licenciada Liliana Alejandra MARTÍNEZ y el señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S. Contador José Luis COLLINAO;

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/08/2005

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date18/08/2005

Page count20

Edition count1919

First edition03/01/2002

Last issue11/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2005>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031