Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/08/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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desempeñar Funciones en el área de Informática del Organismo Central del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., en la localidad de Viedma, Programa N 71.01.00.00.01;
Que las tareas a realizar por el mencionado Profesional no se superponen ni estén en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que debe dejarse, a partir del 01 de Abril del 2005, sin efecto el Contrato de Prestación de Medios, suscripto entre el Ingeniero David Andrés BAFFONI y el Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S.;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo N I, Capítulo N IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Secretario Ejecutivo del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado mediante Vista N 98896;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 181 inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Dejar sin efecto, a partir del 01 de Abril del 2005, el Contrato de Prestación de Medios, que fuera suscripto entre el señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S.
Contador José Luis COLLINAO DNI 13.462.744
y el Ingeniero, David Andrés BAFFONI D.N.I. N
27.786.524 C.U.I.L. N 20-27786524-7, que fuera prorrogado hasta el 31 de Diciembre del 2005, mediante Resolución N 33/05, del señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., obrante a fs. 09.Art. 2.- Aprobar, en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S. Contador José Luis COLLINAO DNI N 13.462.744 y el Ingeniero en Sistemas de Computación, David Andrés BAFFONI D.N.I. N 27.786.524 - C.U.I.L. N
20-27786524-7, a partir del 01 de Abril del 2005
y hasta el 31 de Diciembre del 2005, para cumplir tareas profesionales en el área de Informática del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., en el Organismo Central de la localidad de Viedma, que como anexo forma parte del presente Decreto.Art. 3.- Reconocer los servicios prestados por el Ingeniero en Sistemas de Computación, David Andrés BAFFONI D.N.I. N 27.786.524 -C.U.I.L.
N 20-27786524-7 a partir del 1 de Abril de 2005 y realizar el ajuste que corresponda con los Honorarios percibidos como Contrato de Prestaci6n de Medios.Art. 4.- Por la Contaduría General del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., imputar la suma total de pesos: quince mil ochocientos ochenta con veintinueve centavos $ 15.880,29, y de Ticket: un mil cuatrocientos cincuenta con cincuenta y tres 1450,53, al Programa 71.01.00.00.01.
Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro de Salud.Art. 6.- Registrar, comunicar, Publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- A. E. Gutierrez.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes de Abril del año 2005, entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., representado en este Acto
BOLETIN OFICIAL N 4334
por su Presidente, entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., representado en este Acto por su Presidente, Contador José Luis COLLINAO DNI. N 13.462.744, en adelante EL CONTRATANTE; y el Ingeniero David Andrés BAFFONI DNI. N 27.786.524 en adelante EL
CONTRATADO, se conviene celebrar el presente contrato de locación de servicios sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El CONTRATADO se desempeñara como Ingeniero en Sistema de Computación, en el Area de Informática del Instituto en Casa Central de esta Localidad, quedando subordinado a las disposiciones, ordenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca EL
CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.
SEGUNDA: EL CONTRATADO percibirá una retribución mensual por sus servicios equivalente a la Categoría 10 del Agrupamiento Profesional de la Ley N 1844, sueldo anual complementario, salario familiar y demás que pudieren corresponder;
equiparándose también al Escalafón del Empleado Público Provincial a los fines de eventuales incrementos saláriales. Dicha remuneración estará sujeta los descuentos por jubilación, obra social y demás descuentos que por Ley correspondan.
TERCERA: EL CONTRATADO queda sometido a las disposiciones de la Ley N 3.487 y supletoriamente a la Ley N 1.844, comprometiéndose a su fiel cumplimiento y no tendrá derecho a la estabilidad y a la Carrera Administrativa que consagra el Estatuto en vigencia.
Asimismo, serán de aplicación las disposiciones de dicho instrumento legal en cuanto corresponda a deberes y obligaciones que debe observar en su condición de agente de este organismo. El contratado queda sometido a las disposiciones, ordenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca el contratante, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.CUARTA: El presente Contrato tendrá vigencia a partir del 01 de Abril y hasta el 31 de Diciembre del año 2005.
QUINTA: Las partes podrán sin causa alguna rescindir el presente contrato, aún cuando medie principio de ejecución, con la única exigencia de comunicar fehacientemente a la otra parte con treinta 30 días de antelación, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, salvo cuando el Contrato tenga fecha de finalización.SEXTA: Para todos los efectos legales y/o convencionales emergentes del presente contrato, EL CONTRATANTE fija su domicilio legal en Julio Argentino Roca. N 250 de la ciudad de Viedma, y el CONTRATADO, en calle Alvear N 712, de la localidad de Viedma, donde se consideran válidas todas las comunicaciones que debieran cursarse;
pactando la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de ley y cada parte recibe el suyo en este acto.oOo DECRETO Nº 939
Viedma, 02 de agosto de 2005.Visto, el Expediente N 5.721-G-05, del registro del Instituto Provincial del Seguro de Salud, dependiente del Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la aprobación del Contrato de Locación de Servicios, mediante excepción al Artículo 5 de la Ley N 3238, con el Doctor, Edgardo René JALABERT D.N.I. N
17.464.722 - CUIL N 20-17464722-5, para desempeñar Funciones en la Auditoria Médica, de
Viedma, 18 de Agosto del 2005
la Delegación del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., en la localidad de Viedma, Programa N 71.01.00.00.01;
Que las tareas a realizar por el mencionado Profesional no se superponen ni están en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administracion Pública Provincial;
Que el presente tramite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que han tomado intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, secretario del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado, mediante Vista N
98802 ;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 181 inciso 3
de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Aprobar, en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Sr. Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S. Contador José Luis COLLINAO
DNI N 13.462.744 y el Dr. Edgardo René JALABERT D.N.I. N 17.464.722, Cuil N 2017464722-5, a partir del 1 de Abril del 2005 y hasta el 31 de Diciembre del 2005, para cumplir tareas profesionales en la Auditoría Médica en la Delegación del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., de la localidad de Viedma, el que como Anexo forma parte del presente Decreto.Art. 2.- Reconocer los servicios prestados por el Dr. Edgardo René JALABERT D.N.I. N
17.464.722, Cuil N 20-17464722-5, a partir del 1 de Abril del 2005 y hasta la firma del presente Decreto.Art. 3.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoría 10 del Agrupamiento profesional, Ley N 1844.Art. 4.- Por la Contaduría General del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., imputar la suma de Pesos quince mil ochocientos ochenta con veintinueve centavos $ 15.880,29, y de Ticket: un mil cuatrocientos cincuenta con cincuenta y tres 1.450,53, al Programa N
71.01.00.00.01.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro de Salud.Art. 6.- Registrar, comunicar, Publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- A. E. Gutierrez.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes de Abril del año 2005, entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., representado en este Acto por su Presidente, entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., representado en este Acto por su Presidente, Contador José Luis COLLINAO DN1. N 13.462.744, en adelante EL CONTRATANTE; y el Doctor Edgardo René JALABERT DNI. N 17.464.722 en adelante EL
CONTRATADO, se conviene celebrar el presente contrato de locación de servicios sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: EL CONTRATADO, se desempeñara como Médico auditor en la Delegación Viedma del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., quedando subordinado a las disposiciones, ordenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca EL
CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/08/2005

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date18/08/2005

Page count20

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First edition03/01/2002

Last issue11/07/2024

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