Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/08/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 18 de Agosto del 2005

Nº 4334

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVI
EDICION DE 20 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 20

SECCION ADMINISTRATIVA

DECRETOS

DECRETO Nº 937
Viedma, 02 de agosto de 2005.Visto, el Expediente N 5481-G-05, del registro del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., dependiente del ministerio de Salud, y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el traspaso del Contrato de Prestación de Medios a Contrato de Locación de Servicios por excepción, como Médico Auditor Odontológico, del Profesional Martín Miguel CILIBERTO, a partir del 01 de Abril del 2005, para cumplir Funciones en el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., Organismo Central Viedma; con una retribución mensual como Personal de la Ley N 1844, Categoría 10
Agrupamiento Profesional;
Que se debe dejar sin efecto, a partir del 01 de Abril del 2005, el Contrato de Prestación de Medios, suscripto entre el señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S. Contador José Luis COLLINAO DNI N 13.462.744 y el Profesional Odontólogo Martín Miguel CILIBERTO D.N.I. N 23.090368 CUIL. N
23-23090368-9, que tiene vigencia hasta el 31 de Diciembre del 2005;
Que el presente tramite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo N I, Capítulo N IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, secretario Ejecutivo del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 98891;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 181 Inciso 3
de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Dejar sin efecto, a partir del 01 de Abril del 2005, el Contrato de Prestación de Medios, que fuera suscripto entre el señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S.
Contador José Luis COLLINAO DNI N
13.462.744 y el Profesional Odontólogo Martín Miguel CILIBERTO D.N.I. N 23.090368
C.U.I.L. N 23-23090368-9, Matricula Provincial N 869, que fuera prorrogado hasta el 31 de Diciembre del 2005, mediante Resolución N 29/
05, del señor Presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S..-

Art. 2.- Aprobar el Contrato de Locación de Servicios por excepción a partir del 01 de Abril y hasta el 31 de Diciembre del 2005, inclusive del Odontólogo Martín Miguel CILIBERTO D.N.I.
N 23.090.368 CUIL. N 23-23090368-9, Matricula Provincial N 869, como agente de la Ley N 1844 Categoría 10 Agrupamiento Profesional, con un régimen horario de treinta 30
horas semanales de labor, para cumplir Funciones en la Auditoria Odontológica, de la Delegación del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., con sede en Viedma y que como anexo forma parte del presente Decreto.Art. 3.- Reconocer los servicios prestados por el Odontólogo Martín Miguel CILIBERTO D.N.I.
N 23.090.368 CUIL. N 23-23090368-9 a partir del 1 de Abril de 2005 y realizar el ajuste que corresponda con los honorarios percibidos como Contrato de Prestación de Medios.Art. 4.- Por la Contaduría General del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., imputar la suma total de pesos: quince mil ochocientos ochenta con veintinueve centavos $ 15.880,29
y de TICKET: un mil cuatrocientos cincuenta con cincuenta y tres 1.450,53, al Programa N
71.01.00.00.01.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro de Salud.Art. 6.- Registrar, comunicar, Publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- A. E. Gutierrez.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes de Abril del año 2005, entre el Instituto Provincial del Segura de Salud I.Pro.S.S., representado en este Acto por su Presidente, entre el Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., representado ea este Acto por su Presidente, Contador José Luis COLLINAO DIN. N 13.462.744, en adelante EL CONTRATANTE; y el Odontólogo Martín Miguel CILIBERTO DNI. N 8.527.719 en adelante EL CONTRATADO, se conviene celebrar el presente contrato de locación de servicios sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA:El CONTRATADO
se desempeñara Auditor Odontológico, en la Delegación I.Pro.S.S., de Viedma, dependiente del I.Pro.S.S., quedando subordinado a las disposiciones, ordenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca EL
CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.
SEGUNDA: EL CONTRATADO percibirá una retribución mensual por sus servicios equivalente a la Categoría 10, del Agrupamiento Profesional
Ley N 1844, con un régimen de 30 horas semanales de labor, sueldo anual complementario,
salario familiar y demás que pudieren corresponder;
equiparándose también al Escalafón del Empleado Público Provincial, a los fines de eventuales incrementos salariales. Dicha remuneración estará sujeta los descuentos por jubilación, obra social y demás descuentos que por Ley correspondan.
TERCERA: EL CONTRATADO queda sometido a las disposiciones de la Ley N 3.487 y supletoriamente a la Ley N 1.844, comprometiéndose a su fiel cumplimiento y no tendrá derecho a la estabilidad y a la Carrera Administrativa que consagra el Estatuto en vigencia. Asimismo, serán de aplicación las disposiciones de dicho instrumento legal en cuanto corresponda a deberes y obligaciones que debe observar en su condición de agente de este organismo. El contratado queda sometido a las disposiciones, ordenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca el contratante, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.CUARTA: El presente Contrato tendrá vigencia a partir del 01 de Abril y hasta el 31 de Diciembre del año 2005.
QUINTA: Las partes podrán sin causa alguna rescindir el presente contrato, aun cuando medie principio de ejecución, con la única exigencia de comunicar fehacientemente a la otra parte con treinta 30 días de antelación, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, salvo cuando el Contrato tenga fecha de finalización.SEXTA: Para todos los efectos legales y/o convencionales emergentes del presente contrato, EL CONTRATANTE fija su domicilio legal en Julio Argentino Roca. N 250 de la ciudad de Viedma, y el CONTRATADO, en calle Basilio Villarino N
468, de la localidad de Viedma, donde se consideran válidas todas las comunicaciones que debieran cursarse; pactando la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma, con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de ley y cada parte recibe el suyo en este acto.oOo DECRETO Nº 938
Viedma, 02 de agosto de 2005.Visto, el Expediente N 5482-G-05, del registro del Instituto Provincial del Seguro de Salud I.Pro.S.S., dependiente del Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el traspaso del Contrato de Prestación de Medios a Contrato de Locación de Servicios, a partir del 01 de Abril del 2005, mediante excepción al Artículo 5 de la Ley N 3238, suscripto con el Ingeniero en Sistemas de Computación, David Andrés BAFFONI D.N.I. N
27.786.524 - CUIL N 20-27786524-7, para

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 18/08/2005

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date18/08/2005

Page count20

Edition count1917

First edition03/01/2002

Last issue04/07/2024

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