Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/03/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 1 de Marzo del 2004

BOLETIN OFICIAL N 4180

DECRETO Nº 105
Viedma, 11 de febrero del 2004.
VISTO el expediente N 33596-G-2003 del registro del Ministerio de Gobierno;
y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios mediante excepción al Artículo 5 de la Ley 3238 - del señor Celso Omar Montecinos Labrin, D.N.I. N 18.706.620, CUIL N 20-18706620-5, para desempeñarse como administrativo en la Subsecretaría de Interior - Jurisdicción 17 Programa 01.00.00.01 dependiente del Ministerio de Gobierno;
Que las tareas a realizar por el mencionado agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación del Sr. Montecinos Labrin fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución 90/97 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y la Fiscalía de Estado intervino mediante Vista N 88.818;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 181 inciso 3 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Ministerio de Gobierno y el señor Celso Omar Montecinos Labrin, D.N.I. N 18.706.620, CUIL N 20-18706620-5, a partir del 01 de enero de 2004 y hasta el 31 de diciembre de 2004 para prestar servicios como administrativo en la Subsecretaría de Interior - dependiente del Ministerio de Gobierno.
Art. 2.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoría 01 del Agrupamiento Administrativo - Ley 1844.
Art. 3.- Proceder a la reserva interna en la Jurisdicción 17 Programa 01.00.00.01, Partidas 121 $ 826.85, 122 $ 765.60, 123 $ 215.39, 124 $ 109.78 , 125 $
86.26 , 126 $ 2274.00 y 127 $ 126.20 para atender las erogaciones resultantes.
Art. 4 .- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno.
Art. 5 .- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
SAIZ.- P. I. Lázzeri.

En la ciudad de Viedma, entre el Ministerio de Gobierno, representado en este acto por su titular, Sr. Pedro Iván Lázzeri, D.N.I. N 14.853.721, con domicilio legal en calle Laprida 212 de la ciudad de Viedma, por una parte, en adelante EL ORGANISMO y el señor Celso Omar Montecinos Labrin, D.N.I. N
18.706.620, CUIL N 20-18706620-5 con domicilio en calle Italia N 645 de esta ciudad, por la otra, en adelante EL CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATADO prestará sus servicios bajo relación de dependencia en la Subsecretaría de Interiordependiente del Ministerio de Gobierno.
SEGUNDA: El CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la categoría 01 del Agrupamiento Administrativo de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por: título, antigedad y salario familiar, y las demás que pudieran corresponderle.
TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 01 de enero de 2004 y hasta el 31 de diciembre de 2004.
CUARTA: El CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viático y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.
QUINTA: El CONTRATADO quedará comprendido dentro del régimen de licencia instituido en la Ley 3487 incisos a, b, c, d y e del artículo 27 y gozará de los derechos establecidos en los incisos b, d, f, g, h, i, j, k, l, y n del artículo 11 con las salvedades que se reglamenten y las que se puedan acordar en este contrato.
SEXTA: La retribución de El CONTRATADO estará sujeta a los descuentos jubilatorios y cargas sociales establecidas por la Ley 2753 del I.PRO.S.S. y sus modificatorias.

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SEPTIMA: El CONTRATADO queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca El ORGANISMO
comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a la estabilidad, ni a la carrera administrativa que establecen las normas legales en vigencia para los empleados públicos provinciales.
OCTAVA: Las partes podrán rescindir el presente contrato, sin que ello implique reconocimiento de indemnización alguna entre los contratantes, dando aviso fehaciente de la rescisión con treinta 30 días de anticipación.
NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes de este contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supra indicados, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de Ley y cada parte recibe el suyo en este acto.
oOo DECRETO Nº 106
Viedma, 11 de febrero del 2004.
VISTO el expediente N 33568-G-2003 del registro del Ministerio de Gobierno;
y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios mediante excepción al Artículo 5 de la Ley 3238 - de la señora Eliana Cecilia Scalesa, D.N.I.
N 25.036.132, CUIL N 27-25036132 para desempeñarse como Secretaria Privada en la Secretaría de Gobierno - Jurisdicción 17 Programa 04.00.00.01- dependiente del Ministerio de Gobierno;
Que las tareas a realizar por la mencionada agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación de la señora Scalesa fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución 90/97 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y la Fiscalía de Estado intervino mediante Vista N 88.817;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 181 inciso 3 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Ministerio de Gobierno y la señora Eliana Cecilia Scalesa, D.N.I.
N 25.036.132, CUIL N 27-036132-2, a partir del 10 de diciembre de 2003 y hasta el 31 de diciembre de 2004 para cumplir funciones como Secretaria Privada en la Secretaría de Gobierno - dependiente del Ministerio de Gobierno.
Art. 2.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo - Ley 1844.
Art. 3.- Proceder a la reserva interna en la Jurisdicción 17 Programa 04.00.00.01, Partidas 121 $ 975.61, 122 $ 913.79, 123 $ 232.80, 124 $ 130.25, 125 $
102.34, 126 $ 2.151.96 y 127 $ 135.03 para atender las erogaciones resultantes.
Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno.
Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
SAIZ.- P. I. Lázzeri.

En la ciudad de Viedma, entre el Ministerio de Gobierno, representado en este acto por su titular, Sr. Pedro Iván Lázzeri, D.N.I. N 14.853.721, con domicilio legal en calle Laprida 212 de la ciudad de Viedma, por una parte, en adelante EL
ORGANISMO y la Sra. Eliana Cecilia Scalesa, D.N.I. N 25.036.132 con domicilio en la Escalera N 18, Piso 3 Dpto. "D", B América en la ciudad de Viedma, por la otra, en adelante EL CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: EL CONTRATADO prestará sus servicios bajo relación de dependencia en la Secretaría de Gobierno, cumpliendo funciones de Secretaria Privada - dependiente del Ministerio de Gobierno.
SEGUNDA: El CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la categoría 03 del Agrupamiento Administrativo de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por: título, antigedad y salario familiar, y las demás que pudieran corresponderle.
TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 10 de diciembre de 2003 y hasta el 31 de diciembre de 2004.
CUARTA: El CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viático y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/03/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date01/03/2004

Page count22

Edition count1926

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Last issue05/08/2024

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