Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 6 de Noviembre de 2015

BOLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 214

corredor RÍO TERCERO - BERROTARÁN y viceversa.

el Señor DANIEL JOSÉ RAIMONDO, DNI N 12.145.890 solicita la renovación del permiso de explotación de un Servicio Especial, Obrero y Escolar de transporte de pasajeros oportunamente otorgado por Resolución N 309 de fecha 1 de Noviembre de 2013 del por entonces Ministerio de Transporte y Servicios Públicos, con centro en la ciudad de OLIVA y bajo la denominación de STELLA MARIS.

Y CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Infraestructura del Transporte informa que la diagramación propuesta por la permisionaria no altera el permiso de explotación que posee la misma, y con el objeto de adecuar los horarios a cumplir con carácter de UNIFORMES, por lo que se aconseja su aprobación, debiendo quedar sujeta a las modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte lo expresado por dicha Oficina, aconsejando se dicte el acto administrativo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones a fs. 13 bajo el N 0284/2015 y atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso f de la Ley N 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones, EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1.- AUTORIZAR a la Empresa RÍO BER S.R.L.
para prestar con carácter de UNIFORMES los horarios diagramados a fs. 3 y 5 del Folio Único 9 de autos, en el Servicio Regular Común del corredor RÍO TERCERO - BERROTARÁN
y viceversa, quedando sujetos a las modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
Artículo 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públicos, pase a la Oficina de Infraestructura y archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
ANEXO
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Resolución N 334

Córdoba, 17 de junio de 2015

VISTO: El Expediente N 0048-184754/2014 mediante el cual
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 309 de fecha 1 de Noviembre de 2013
se otorgó el permiso de explotación del servicio por el término de UN 1 año, por lo que a la fecha el plazo se encuentra vencido.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control informa que el recurrente acredita haber cumplimentado con las exigencias a verificar por las áreas a su cargo y que puede darse continuidad al trámite de autos, pero en forma previa a otorgar el permiso deberá acreditarse el Certificado actualizado de Antecedentes emitido por la Policía de la Provincia de Córdoba.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión presta conformidad a lo informado por las áreas de su jurisdicción, elevando las actuaciones para su consideración.
Que la Dirección General de Operaciones emite Dictamen N 0357/2015 en donde concluye que puede dictarse resolución excepcional y por única vez, autorizando al peticionante a prestar un Servicio Especial, Obrero y Escolar, renovando el permiso por el término de Dos 2 años a partir del dictado de la resolución y tener por incorporada la unidad dominio N FMG 553, inscripta en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor el 04/04/2006.
Que el servicio de transporte especial, obrero y escolar se encuentra normado en el Artículo 9, incisos D, E y F de la Ley Provincial N 8669 y correlativos del Decreto Reglamentario N 254/03 y Art. 37 del Anexo A del decreto precitado.
Que para la prestación del servicio se mantendrá el parque móvil oportunamente habilitado por Resolución N 309/2013, por ajustarse a los requisitos establecidos para la permanencia en servicio; siendo obligación del permisionario acreditar con la periodicidad establecida, que mantiene actualizadas las exigencias reglamentarias, durante el plazo de vigencia del permiso.
Que conforme lo prevé el Artículo 40 inciso E del Decreto Reglamentario N 254/03 es atribución de la autoridad de
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aplicación otorgar permisos para los servicios en la modalidad Especial, Obrero y Escolar, considerándose pertinente otorgarlo por el término de DOS 2 años a partir del dictado de la presente Resolución.
Que por Resolución N 115 de fecha 23/06/2014 la Secretaría de Transporte delegó de manera excepcional y por única vez a esta Dirección General de Transporte, la facultad de otorgar autorizaciones para la explotación de servicios en la modalidad especial, restringido, obrero, escolar dentro del marco de reordenamiento dispuesto para esta modalidad de prestación.
Por todo lo expuesto, atento lo dispuesto por el Artículo 40, inciso e del Decreto N 254/03; las facultades delegadas por Resolución N 115 del 23/06/2014 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones, EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1.- AUTORIZAR al Señor DANIEL JOSÉ
RAIMONDO, DNI N 12.145.890, CUIT N 20-12145890-0, Ingresos Brutos N 280910554, con domicilio en Av. 24 de Septiembre N 1982 B General Paz, de esta ciudad de Córdoba, para que preste por el término de DOS 2 años un servicio de transporte de pasajeros en las modalidades Especial, Obrero y Escolar, mediante contratación previa y sin recorrido permanente, con centro en la ciudad de OLIVA y bajo la denominación de STELLA MARIS.
Artículo 2.- DISPONER para la prestación del servicio otorgado al Señor DANIEL JOSÉ RAIMONDO, el siguiente parque móvil:
-Marca MERCEDES BENZ, modelo del año 2006, fecha de inscripción en el Registro de la Propiedad del Automotor el 04/
04/2006, chasis N 8AC9046636A941272, motor N
6110450U0069385, de 19 asientos, Tacógrafo DIGITAC 12792, Dominio N FMG 553, placa identificatoria N E 2820.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de los Servicios Públicos, pase al Registro de Prestatarios y archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/11/2015 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date06/11/2015

Page count9

Edition count4176

First edition01/02/2006

Last issue11/07/2024

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