Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/06/2013 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 14 de junio de 2013

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXXI - Nº 97

SECCIÓN

AÑO C - TOMO DLXXXI - Nº 97
CORDOBA, R.A., VIERNES 14 DE JUNIO DE 2013

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
CAJA DE

PODER

Indices Salariales Sectoriales ISS

Limpieza de Canales
JUBILACIONES, PENSIONES Y
RETIROS DE CORDOBA

Resolución Serie F 213
Córdoba, 6 de junio de 2013
VISTO:Las presentes actuaciones que tratan sobre la aplicación de las variaciones de los coeficientes de actualización de las remuneraciones utilizadas por ANSES Resolución N
135/2009 como método de actualización de las remuneraciones históricas, anteriores al mes de enero del año 1997, que conformen la base del cálculo del haber inicial de la prestación previsional.
Y CONSIDERANDO: Que a partir de la reforma introducida por la Ley N 9504, el art. 46 de la Ley N 8024
T.O. Dcto. 40/09, estableció un nuevo mecanismo de cálculo del haber inicial de los beneficios, deter minándolo en función del promedio de las últimas cuarenta y ocho 48
remuneraciones mensuales sujetas a aportes que se hubieren efectuado a la Caja, actualizadas según índice de movilidad sectorial establecido en el art. 51 del mismo plexo normativo.
Que la disposición precitada fue objeto de sucesivas reglamen taciones, en primer lugar, a través del Decreto N 41/09 B.O. 23.01.2009
y a posteriori mediante el Decreto N
1081/10 B.O. 13.10.2010.
Que a dicho fin, se tiene que el art.
12, inc. 4, del Decreto N 873/12
B.O. 11.09.2012, sustituyó el texto del art. 46 del Decreto 41/09, reglamentario de la Ley N 8024, estableciendo que La Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros reglamentará el procedimiento a seguir para la actualización prevista
EJECUTIVO

Cobertura Provincial - Zona II
en el inciso 3 en los casos que el mes base sea anterior a la entrada en vigencia de la Ley N 9504.
Que la disposición aludida refiere, en concreto, a aquellos supuestos en que la base remuneratoria a considerar a los fines del cálculo del haber inicial sea anterior al momento de entrada en vigencia de la Ley N
9504.
Que en razón del art. 12 inciso 4 del decreto N 873/12; y de que no existían índices para la actualización de la base remuneratoria correspon dientes al periodo comprendido entre enero del 2007 y agosto del 2008; se dicta la Resolución Serie F N 000841
de fecha 02/11/2012 que aprueba los índices sectoriales salariales.
Que hoy en día, debido a la existencia de solicitudes cuya base remuneratoria es anterior a enero del año 1997, resulta necesario determinar la modalidad a los fines de actualizar las bases remuneratorias de períodos previos a los men cionados.
Que a fs. 190, el Departamento de Cálculo y Reajustes sugiere la aplicación para los periodos anteriores al 01/01/1997 del Coeficiente de Actualización del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social.
Que al reglamentar la Ley N 8024
T.O. Dcto. 40/09, el Poder Ejecutivo delegó expresamente en la Caja, la facultad para elaborar tales índices históricos de movilidad.
Por ello, atento Dictamen N 661 de fecha 28/05/2013 de la Sub Gcia.

Decreto N 461
Córdoba, 26 de abril de 2013.VISTO: el Expediente N 0416-001388/2012, Cuerpos 1 a 3 en el que la Secretaría de Recursos Hídricos y Coordinación dependiente del Ministerio de Agua, Ambiente y Energía, propicia por Resolución N 066/13, se apruebe la Licitación Pública llamada para la ejecución de la obra: COBERTURA PROVINCIAL - ZONA II - LIMPIEZA DE CANALES y se adjudique la misma a la Empresa ANKA LOO
CONSTRUCCIONES S.R.L., por la suma de $
5.655.924,76.Y CONSIDERANDO: Que realizado el pertinente llamado y efectuadas las publicaciones de ley, se procedió a la apertura de las ofertas que se presentaron al mismo, lo que quedó documentado en el acta labrada al efecto.
Que la Comisión de estudio de las ofertas se expide en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 29 y 30 del Decreto 4758/77 aprobatorio del Pliego General de Condiciones de la Ley de Obras Públicas y artículo 29 de la Ley N 8614, aconsejando la adjudicación a la empresa ANKA LOO CONSTRUC
CIONES S.R.L, atento ser su oferta la más conveniente, ajustada a Pliegos, reuniendo las condiciones técnicas exigidas.

General de Asuntos Legales, obrante a fs. 194/195; el funcionario en ejercicio de la Presidencia de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba;
R E S U E L V E:
ARTICULO 1: APROBAR los Indices Salariales Sectoriales ISS

Que se ha incorporado el Documento Contable, Nota de Pedido, según lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N 8614 y se ha incorporado el Certificado de Habilitación para Adjudicación, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 7 último párrafo del Decreto N 8/98 y Resolución Nº 002/99 del ex Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Por ello, las normas legales citadas, las disposiciones de la Ley 5901 T.O. Ley 6300 y modificatorias lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Agua, Ambiente y Energía con el N 19 /13 y por Fiscalía de Estado bajo el N 0350/13
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- APRUÉBASE la Licitación Pública convocada para contratar la ejecución de los trabajos de la obra: COBERTURA PROVINCIAL - ZONA II LIMPIEZA DE CANALES y consecuentemente ADJUDÍCASE la misma a la Empresa ANKA LOO
CONSTRUCCIONES S.R.L. por la suma de PESOS
CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y
CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO CON
SETENTA Y SEIS CENTAVOS $ 5.655.924,76.
Artículo 2.- IMPÚTASE el egreso que asciende CONTINÚA EN PÁGINA 2

correspondientes al período anterior a enero del año 1997, y APLICAR las variaciones de los coeficientes de actualización de las remuneraciones utilizadas por ANSeS, como método de actuali zación de las remuneraciones históricas, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.

Envíenos su publicación por MAIL a: boletinoficialcba@cba.gov.ar boletinoficialweb@cba.gov.ar CONSULTE NUESTRA PÁGINA WEB:
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ARTICULO 2: TOME cono cimiento Gerencia General.
Publíquese en el Boletín Oficial art.
60 Ley de Procedimiento Adminis trativo N 6658.LIC. OSVALDO E. GIORDANO
SECRETARIO DE PREVISIÓN
S OCIAL
A / C P RESIDENCIA

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/06/2013 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date14/06/2013

Page count6

Edition count4178

First edition01/02/2006

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