Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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VIENE DE PÁGINA 3
RESOLUCIÓN Nº 306380

beneficio pretendido.
Por ello, atento Dictamen N 2029 de fecha 17/
08/2010 de la Sub Gcia. General de Asuntos Legales obrante a fs.60, y en virtud de lo dispuesto en el Art. 2º del Decreto N 2197 de fecha 10.12.2007, el Secretario de Previsión Social A/C de las funciones de Presidente de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba; RESUELVE:
ARTICULO 1: DENEGAR la solicitud de
BOLETÍN OFICIAL
Pensión interpuesta por la Sra. Edelmira Eva PEANO DNI N 5.735.005 por el fallecimiento de José Carlos NOTTARIS, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
ARTICULO 2: NOTIFICAR en forma fehaciente a la interesada en el domicilio real constituído a fs.
4, como así también mediante Publicación en el Boletín Oficial.-

CÓRDOBA, 6 de setiembre de 2011

responden además a la necesidad de cumplir con los presupuestos trazados por el Ministerio de Salud, en el marco de la evolución de sus acciones y en garantía del Sistema Integrado Provincial de Atención de la Salud, implementado por la Ley de Garantías Saludables N 9133.
Que lo proyectado compatibiliza las distintas unidades de organización con la previsión de los niveles de conducción necesarias para un adecuado funcionamiento tanto administrativo y técnico como asistencial.
Por ello, las disposiciones del Decreto Nº 2174/07 ratificado por Ley Nº 9454, lo informado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Salud y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 144 Inciso 1º de la Constitución Provincial.

LIC. OSVALDO E. GIORDANO
SECRETARIO DE PREVISIÓN SOCIAL

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- DÉJASE sin efecto la estructura orgánica del Hospital Regional de Villa Dolores dependiente del Ministerio de Salud, aprobada por Decreto Nº 497 de fecha 17 de Mayo del 2004.

PODER

Ejecutivo Decreto Nº 994

ARTÍCULO 2.- APRUÉBASE a partir de la fecha del presente decreto la nueva Estructura Orgánica del Hospital Regional de Villa Dolores, dependiente del Ministerio de Salud, la que compuesta de una 1 foja, forma parte del presente instrumento legal como Anexo I.
Córdoba, 22 de Junio de 2011

VISTO: El Expediente N 0425-191264/09 en el que el señor Ministro de Salud, propicia la modificación de la Estructura Orgánica del Hospital Regional de Villa Dolores.

ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Salud gestionará ante el Ministerio de Finanzas las adecuaciones presupuestarias necesarias, que de corresponder se deriven del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Salud y Fiscal de Estado.

Y CONSIDERANDO:
Que la nueva estructura orgánica propuesta obedece a la necesidad de proceder a la adecuación de la misma para dotar al establecimiento asistencial de una organización acorde a los objetivos institucionales.
Que ello tiene por objeto lograr operatividad en la puesta en funcionamiento organizacional y el cumplimiento efectivo a través de un esquema de conducción hospitalario completo, para avanzar en el marco de los lineamientos que en materia de salud viene llevando a cabo el Gobierno de la Provincia.

ARTÍCULO 5.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de Personal, a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, a la Secretaría de la Función Pública, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
DR. OSCAR GONZALEZ
MINISTRO DE SALUD

Que las modificaciones a la estructura propuesta para el Hospital Regional de Villa Dolores,
ANEXO AL DECRETO Nº 994

JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2011 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date06/09/2011

Page count11

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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