Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/02/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 23 de febrero de 2011

Resolución Nº 172

MINISTERIO de FINANZAS

Córdoba, 10 de setiembre de 2010

Resolución Nº 211
Expediente Nº 0451-059647/10.VISTO: este expediente en el que obra nota de solicitud de ayuda económica, suscripta por el señor Intendente de la Municipalidad de Reducción, señor Jorge GRAZZIANO
y el Secretario de Gobierno de la citada Municipalidad, señor Juan José CORNEJO, para ser destinado a la ejecución del cincuenta por ciento restante de la obra:
REMODELACIÓN DE LA PLAZA SAN MARTÍN, explicitándose las razones que lo justifican.
Y CONSIDERANDO:
Que el mencionado apoyo económico se refiere al otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de REDUCCIÓN con una finalidad determinada, encuadrándose en las previsiones del artículo 6 de la Ley 9191.
Que la Provincia de Córdoba, a través de este Ministerio, asume el costo que demande la ejecución de la obra de referencia, el cual asciende a la suma de $ 235.400,00, la que será abonada en un solo pago.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 430/10, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR un subsidio por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL
CUATRO-CIENTOS $ 235.400,00 a favor de la Municipalidad de REDUCCIÓN, con oportuna rendición de cuentas por parte de su Intendente señor Jorge GRAZZIANO, para ser destinado a la ejecución del cincuenta por ciento restante de la obra:
REMODELACIÓN DE LA PLAZA SAN MARTÍN.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO
MIL CUATROCIENTOS $ 235.400,00 conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000533, con cargo a: Jurisdicción 1.50
- Programa 501-001 - Partida: 10.01.01.00 del P.V.

Córdoba, 14 de julio de 2010

VISTO: El expediente Nº 0307-003044/2009 en que se propicia la donación a la Comuna de la Higuera, Departamento Cruz del Eje de esta Provincia, de distintos bienes muebles equipos informáticos afectados al Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 098/10 del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo se declara en condición de desuso dicho bienes.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por el artículo 131 inciso a del Decreto Nº 525/95 reglamentario de la Ley Nº 7631, lo informado por Contaduría General de la Provincia al Nº 10-74/10 y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio al Nº 217/10, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- TRANSFERIR sin cargo a la COMUNA DE LA
HIGUERA, Dpto. Cruz del Eje, de esta Provincia, los siguientes equipos de computación:
-Una 1 CPU ACER, Modelo ACERPOWER, Serie EF40A00008, N Inventario 20805000660, Monitor SAMSUNG SYNCMASTER
3, Serie H8WCC10131, N Inventario 20805000762.
-Una 1 CPU HP, Modelo VECTRA, Serie FR81819691, Monitor SAMSUNG SYNCMASTER 3, Serie H8WD710259, N
Inventario 20805001074.
-Una 1 CPU ACER, Modelo ACERPOWER 4300, Serie 43005006AKA81AV, N Inventario 2080500700, Monitor ACER, Serie AC52100604615, N Inventario 20805001116, afectados al Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo y declarados en condición de desuso por Resolución N 098/10.
ARTÍCULO 2º.- La Repartición interviniente confeccionará la respectiva ficha de Baja con mención del instrumento legal autorizante, comunicando a Contaduría General de la Provincia para su desglose.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS


ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

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BOLETÍN OFICIAL

Resolución Nº 277

Córdoba, 7 de setiembre de 2010

VISTO: El expediente Nº 0378-084160/2010, en que se propicia la transferencia definitiva a favor de la Municipalidad de La Cesira, Departamento Roque Sáenz Peña de esta Provincia, del vehículo
marca Iveco, Modelo 160E23N Tipo Camión Tractor, Motor marca Fiat Nº 806045A5200490744,Chasis marca Iveco Nº 8ATM1NFH01X044030, Dominio DPW867, Año 2001, propiedad del Gobierno de la Provincia.
Y CONSIDERANDO:
Que el automotor de que se trata fue entregado a la citada Municipalidad, conforme surge de la copia del Acta de Entrega de fs. 5.
Que dicho vehículo fue declarado en condición de desuso por Resolución Nº 000187/10 de la Secretaría General de la Gobernación.
Que ha tomado la debida participación Contaduría General de la Provincia, conforme lo previsto por Resolución Ministerial Nº 175/07.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por el artículo 131 de la Ley Nº 7631 y Decreto Reglamentario Nº 525/95, lo informado por Contaduría General de la Provincia al Nº 10-148/
10 y de acuerdo con lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio al Nº 422/10, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- TRANSFERIR sin cargo a la MUNICIPALIDD
DE LA CESIRA Departamento Roque Sáenz Peña de esta Provincia, el vehículo marca Iveco, Modelo 160E23N Tipo Camión Tractor, Motor marca Fiat Nº 806045A5200490744,Chasis marca Iveco Nº 8ATM1NFH01X044030, Dominio DPW867, Año 2001, propiedad del Gobierno de la Provincia y que fuera declarado en condición de desuso por Resolución N 000187/10 de la Secretaría General de la Gobernación.
ARTÍCULO 2º.- DESIGNAR al Contador General de la Provincia o al Subcontador General de la Provincia para que, uno en defecto del otro, suscriba a los efectos de ley, la correspondiente transferencia de dominio, a mérito de la superintendencia de bienes que ejerce conforme lo establecido en el artículo 151 de la Constitución de la Provincia.
ARTÍCULO 3º.- La Repartición interviniente confeccionará la respectiva ficha de Baja con mención del instrumento legal autorizante con comunicación a Contaduría General de la Provincia para su desglose.
ARTÍCULO 4º.- La MUNICIPALIDAD DE LA CESIRA deberá efectuar dentro de los treinta 30 días de recibida la documentación de la unidad automotriz la inscripción del citado bien a su nombre en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y acreditar dicha circunstancia ante Contaduría General de la Provincia en idéntico plazo.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS

TRIBUNAL SUPERIOR de JUSTICIA

Acuerdo Nº 6 - Serie C. En la ciudad de Córdoba, a cuatro días del mes de febrero del año dos mil once, con la Presidencia de su titular, Dr. Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres.: Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO y Carlos Francisco GARCIA ALLOCCO con la asistencia del Administrador General, Dr. Gustavo Argentino PORCEL DE PERALTA y ACORDARON:
VISTO: La facultad conferida al Tribunal Superior de Justicia por el art. 270, inc. 2 del Código Tributario Provincial Ley 6006, t.o. 2004, modif. por Ley N9874 en orden al establecimiento del recaudo necesario para la interposición del incidente de Beneficio de litigar sin gastos con carácter de declaración jurada, bajo pena de inadmisibilidad.
CONSIDERANDO: Que en virtud de dicha exigencia, resulta necesario que los justiciables y los tribunales cuenten con un modelo uniforme de la declaración jurada que se requiere para la interposición del Beneficio de litigar sin gastos.

Que el mencionado recaudo formal no significa un obstáculo que impida a las personas el acceso a la Justicia; siendo el instituto del beneficio de litigar sin gastos una herramienta que pueden utilizar todos aquellos individuos cuya capacidad económica no le permite afrontar los costos que un proceso judicial irroga.
Por ello, y lo dispuesto por el art. 20 bis del Código Tributario Provincial Ley 6.006, t.o. 2004
modificada por Ley N 9874;
SE RESUELVE:
1.- APROBAR el formulario único de Declaración Jurada para tramitar el Beneficio de Litigar sin Gastos, que debe presentar obligatoriamente, quien realice la solicitud de exención de la Tasa de Justicia mediante la articulación del mencionado incidente, cuyo modelo forma parte del presente como su Anexo Único.
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/02/2011 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date23/02/2011

Page count8

Edition count4190

First edition01/02/2006

Last issue31/07/2024

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