Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/01/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 30 de enero de 2011

1

SECCIÓN

PUBLICACIONES

AÑO XCIX - TOMO DLII - Nº 1
CORDOBA, R.A., LUNES 3 DE ENERO DE 2011

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

Plan Integral de Regularización Edilicia de Establecimientos Escolares DECRETO N 1505
Córdoba, 8 de octubre de 2010.VISTO: El expediente Nº 0047013592/08/R6/10, en el que la Sub secretaría de Arquitectura dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, propicia por Resolución Nº 237/10, se aprueben los trabajos adi cionales necesarios de realizar en la o bra: EJECUCIÓN DE LAS TA REAS
DE REPARACIONES Y RE FUN CIO
NALIZACIONES que opor tuna mente se determinen para la realización del PLAN INTEGRAL DE REGU LA
RIZACIÓN EDILICIA DE ESTA BLE
CIMIENTOS ESCOLARES, ubi cados en la Ciudad de Córdoba AÑO 2009
- ZONA G Provincia de Córdoba y se adjudiquen los mismos a la Empresa INGECO S.R.L., con tratista de la obra principal, por la suma de $
1.050.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 5 de autos el señor Subse cretario de Arquitectura solicita informe sobre la factibilidad de dar respuesta al pedido solicitado por la Dirección de Infraestructura Escolar dependiente del Ministerio de Educación fs.3/4, a la necesidad de la intervención de obras puntuales en determinados Estable cimientos Escolares, con el fin de que los mismos queden en condiciones antes de la finalización del ciclo lectivo en curso.
y
Que a fs. 6/31, el Área de Programas Descentralización de la
Subsecretaría de Arquitectura produce informe res pecto al estado actual y progra ma ción prevista para el Plan de referencia, en lo que hace a las obras e inversión, adjuntando avance de Inversión por Zona, detalle de la Zona con planilla ilustrativa de los Módulos asignados, invertidos y previstos e informe de la situación y análisis de inversión ejecutada.
Que a fs. 32/33 el Coordinador Gene ral de la Unidad Coordinadora y Ejecutora Provincial Mixta luego de evaluar el citado informe efectúa un resumen de las mismas, manifestando que para planificar la inversión de cada zona, la Unidad desarrolló una hipótesis basada en la asignación de módulos de reparaciones rela cionadas con el estado edilicio, teniendo en cuenta la inversión realizada con el Plan anterior, categorizando a los edificios en Bueno Regular Malo, conforme la impresión general que el edificio transmitía en su inspección previa.
Que se refleja en la planilla de inversión general que en cinco 5
de las once 11 zonas en las que se dividió operativamente la ciudad de Córdoba, el porcentaje de avance de las obras supera el 50%, en las restantes seis 6 zonas el porcentaje de avance de obra supera el 40%, debido a la planificación inicial del Plan de priorizar en los primeros meses las emergencias y programar para el final las mayores intervenciones,
según relevamientos realizados al inicio de los mismos y rectificados al momento de la planificación para el comienzo de la obra.
Que debido a la cantidad, calidad y continuidad de las emergencias
urgencias solicitadas y viendo que se podría poner en riesgo el desarrollo pedagógico si no se les diera respuesta inmediata, se determinó disminuir lo programado inicialmente como obras de mayor envergadura, por lo que lo solicitado no es posible abordarlo con el monto asignado al Plan en vigencia.
Que según la planilla de proyección de la zona donde se plantea lo solicitado por la Dirección General de Infra es tructura Escolar dependiente del Ministerio de Educación, se evidencia en la misma que la necesidad es de un 30%
aproximadamente del contrato de obra $3.500.000,00.
Que por lo expuesto y atendiendo a la proximidad de la finalización del Plan actual, el receso escolar de invierno y posteriormente la proximidad de la época de lluvias, se otorga un adicional al contrato original de obra del 30%, de manera de disponer de todo el saldo actual del contrato para las obras ya programadas y contar con el adicional hasta el 31 de diciembre de 2010, de manera de finalizar el ciclo lectivo con los establecimientos en condiciones.
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DECRETO N 1670
Córdoba, 19 de octubre de 2010.VISTO: El expediente Nº 0045-011330/01 Cuerpos I al III, en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, propicia por Resolución Nº 00566/10, se aprueben los trabajos modificatorios necesarios de realizar en la obra: PUENTE VADO
SOBRE RÍO PISCO HUASI TRAMO: SAN JOSÉ DE LA DORMIDA
CAMINIAGA DEPARTAMENTO: TULUMBA y se adjudiquen los mismos a la Empresa ARC S.R.L. contratista de la obra principal.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos la documentación técnica del proyecto de modificación de obra compuesta por Memoria Descriptiva, Planos, Pliego Particular de Condiciones Complementario, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas Complementarias Nº 1, Cómputo métrico y Presupuesto de Modificación de Obra, Planilla Comparativa de la Modificación Nº 1 y demás documentación.
Que en autos obra conformidad de la contratista, para ejecutar los trabajos de que se trata en los términos de su presentación, haciendo expresa renuncia a los gastos improductivos, gastos generales directos e indirectos como cualquier otro que pudieran generarse como consecuencia de la instrumentación y tramitación de la presente modificación de obra Nº 1.
Que el Departamento I Obras y Conservación de Pavimentos de la citada Dirección produce informe técnico sobre los aumentos de los ítems 9, 10, 11, 12, 13 y 14, la disminución del ítem 2 Pilotaje originados por la reformulación del proyecto, cuya planilla comparativa, arroja una diferencia en más de $
324.911,28, que representa un incremento del 29,95 % del contrato original.
Que analizada la documentación elaborada se trata de trabajos necesarios para la correcta ejecución de la obra principal, de carácter imprevisible, y que implican una modificación del proyecto original por aumentos y economías y creación de nuevos ítems, enmarcados en la hipótesis de los artículos 40
y 41 de la ley de Obras Públicas Nº 8614, no superando el monto total del treinta por ciento 30% del contrato, encontrándose dentro de los límites cualitativos y cuantitativos fijados por la citada Ley.
Que a la luz de los informes producidos por la Dirección Provincial de Vialidad, como así también la aprobación, la creación, aumento y disminución de las cantidades de los ítems de contrato contenidas en la planilla de Modificación de Obra Nº1 por la citada Dirección y el marco en el que sustenta la ejecución de los mismos, no existe observación de orden jurídico formal que realizar, por lo que puede accederse a lo propiciado.
Que consta en autos el correspondiente Documento de Contabilidad Nota de Pedido, según lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N 8614.
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/01/2011 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date03/01/2011

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Last issue11/07/2024

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