Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/06/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

53

1

No respetar la prioridad de paso en tramos estrechos.
No respetar la prioridad de paso en tramos estrechos y de gran pendiente.

53

2

54

a.2

No detenerse con luz roja del semáforo.

54

a.4

No respetar la prioridad de paso cuando el semáforo esté con luz intermitente amarilla.
En un paso a nivel, no detenerse cuando comience el descenso de la barrera.
En una intersección regulada por semáforos, reiniciar la marcha antes de que los peatones finalicen el cruce, aún cuando el semáforo a su frente esté en verde.
Iniciar el cruce de la intersección antes que la luz verde se encienda.

a.5

54

b.1

54

a.7

54

a.4

No detener la marcha con luz intermitente roja.

54

a.1

54

a.2

Cruzar sin precaución un cruce de ferrocarril a nivel y/o sin tener el paso expedito.
No avanzar o detenerse, cuando el semáforo está con la luz verde encendida.
No detenerse antes de la línea marcada o de la senda peatonal con luz roja al frente.

37

55

3.a
65

67
Dec.
Anexo A1
Dec.
Anexo A1
Dec.
Anexo A1

Sí 6
7 Sí 6
Sí 4
7 Sí 6
Sí 4
7

G

100 a 200

Sí 1

G

100 a 200

Sí 1 Sí 7

5

409

G

100 a 200

Sí 1

5

411

74

5

412

74

5

405

5

1401

4

406

33
34

c
40

h
40

f
G

Sí 4

Sí 6
7

No
5

922

5

923

10

404

4

408

32

Circular con un vehículo que porte luces antirreglamentarias
G

100 a 200

Sí 1 Sí 7

2

333

74

No tener en correcto funcionamiento o sucias algunas de las siguientes luces: Luz de frenado. Luz indicadora de dirección.
Luz de retroceso. Luz de niebla. Luz de emergencia. Luz baja. Luz alta durante el día
G

100 a 200

Sí 1 Sí 7

-

334

74

No tener en correcto funcionamiento o sucias algunas de las siguientes luces: Luz de frenado. Luz indicadora de dirección.
Luz de retroceso. Luz de niebla. Luz de emergencia. Luz baja. Luz alta durante la noche
G

100 a 200

Sí 1 Sí 7

4

352

G

100 a 200

Sí 1 Sí 7

4

349

G

100 a 200

Sí 1 Sí 7

4

350

G

100 a 200

100 a 200
100 a 200
100 a 200
100 a 200
100 a 200
100 a 200

Sí 6
7 Sí 6
Sí 4
7 Sí 6
Sí 4
7 Sí 6
Sí 1
7

100 a 200

Sí 6
Sí 1
7

MG

200 a 400

Sí 6
Sí 5
7

10

1209

39

MG

200 a 400

Sí 4

Sí 6
7

10

1015

30

No respetar la prioridad del vehículo que viene detrás del suyo, cuando haya iniciado la maniobra de adelantamiento.

MG

200 a 400

Sí 4

Sí 6
7

10

1017

Violar la imposición de la señal R-1 ceda el paso, o de la demarcaciones de igual significado.

MG

200 a 400

Sí 4

Sí 6
7

10

Ceder la prioridad cuando no corresponda
60

100 a 200
100 a 200
200 a 400

G

MG

54

72

3

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 1º de junio de 2010

Efectuar la maniobra de desplazamiento lateral para cambiar de carril sin respetar la prioridad del que circula por dicho carril.
No ceder el paso a los peatones que vayan a subir o hayan bajado de un vehículo de transporte colectivo, en la zona de calzada comprendida entre el vehículo y la zona peatonal más próxima.
No respetar la prioridad del vehículo que le antecede en el mismo carril, cuando este haya indicado su propósito de adelantar a otro vehículo.

G
G G
G G
G G

Sí 1

32

No
No
4

402

No
No
5

924

4

No llevar la luz baja encendida los vehículos que circulen por un carril reversible.
No llevar la luz baja encendida los vehículos que circulen por 2.b un carril que haya sido dispuesto por la autoridad competente para circular en sentido opuesto al normal.
2.b
i.1

Inc
916

Violar la imposición de la señal R-2 PARE o de la demarcaciones de igual significado.

MG

200 a 400

Sí 4

Sí 6
7

10

917

Violar la imposición de la señal R-5 prioridad al sentido contrario
MG

200 a 400

Sí 4

Sí 6
7

10

918

65
68

1

65
67

No disminuir la velocidad de su vehículo cuando esté siendo adelantado y se produzca alguna situación que entrañe peligro para su propio vehículo, para el vehículo que lo esté adelantando, para los que circulan en sentido contrario, o para cualquier otro usuario de la vía.

67

76

DESCRIPCION
Tipo Por adelantar sin que a su izquierda la vía esté libre en una G
distancia suficiente para evitar todo riesgo.
Adelantar donde exista señal vertical, marca vial, semáforos cuadrados de carril, conos u otros dispositivos que MG
expresamente lo prohíban.
Efectuar un adelantamiento sin advertirlo con suficiente G
antelación y/o poniendo en peligro a los que circulan en Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento, cuando vaya a ser adelantado MG
por otro vehículo.

5

44

No indicar a los vehículos posteriores la inconveniencia de adelantar, mediante la luz indicadora de dirección izquierda.
Por no facilitar, los camiones y vehículos especiales, el adelantamiento en caminos angostos, corriéndose a la banquina periódicamente
MG

76

68

4

67

Sí 1

Sí 6
7

10

1021

100 a 200

Sí 4

Sí 6
7

5

1013

200 a 400

Sí 1

Sí 6
7

10

1023

Sí 1

Sí 6
7

10

1024

L

20 a 100

No
No
2

641

100 a 200
100 a 200

Sí 6
7 Sí 6
Sí 1
7

G

100 a 200

Sí 1

Sí 6
7

5

1011

G

100 a 200

Sí 1

Sí 6
7

5

1018

G

100 a 200

Sí 1

Sí 6
7

5

1019

Adelantar en los pasos para peatones señalizados como tales, y en los pasos a nivel y en sus proximidades.

76

200 a 400

1026

G

No indicar, el conductor de un vehículo cuyas dimensiones impidan la visibilidad de sobrepaso al conductor del vehículo que circula detrás de él, la posibilidad de adelantarlo mediante la luz indicadora de dirección de la derecha.

1006

4

64

69

5

Sí 6
7

En los casos de excepción, cuando el adelantamiento deba realizarse por la derecha, efectuarlo por la izquierda.

Efectuar el adelantamiento sin dejar un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y al ancho y características de la calzada.
Cambiar de carril para adelantar cuando la densidad del tránsito sea grande y los vehículos estén ocupando todos los carriles.

Cód.

Sí 1

G

66

Ptos
100 a 200

Adelantarse por la derecha.

3

Inhab Sí 6
Sí 4
7

200 a 400

Susp
G

64

68

UF
100 a 200

G

100 a 200

Sí 1

Sí 1

Sí 6
7

4

1009

4

1010

5

MG

200 a 400

Sí 1

Sí 6
7

10

1027

Adelantar en las intersecciones y en sus proximidades, salvo en las situaciones permitidas.

G

100 a 200

Sí 1

Sí 6
7

5

1012

No respetar la prioridad del vehículo que viene detrás del suyo, cuando haya iniciado la maniobra de adelantamiento.

MG

200 a 400

Sí 1

Sí 6
7

10

1017

a.7

Tipo
UF

30

a.1

Por circular sin contar el vehículo con las condiciones mínimas de seguridad exigidas en los sistemas de frenos, dirección, suspensión, cubiertas, peso y dimensión.

MG

200 a 400

30

j
L

20 a 100

30

a.6

G

100 a 200

31

a
31

d
Ausencia de sistema retrovisor amplio, permanente y efectivo
31

c
Parabrisas y/o limpiaparabrisas ausente o defectuosa que impida la correcta visibilidad del conductor
G

31

g
Ausencia de protección contra encandilamiento solar.

L

31

b
Ausencia de paragolpes y/o guardabarros o carrocería que cumpla tal función.

G

31

b
Paragolpes de altura o dimensión antirreglamentarios.

G

31

e
Ausencia de bocina de sonoridad reglamentada.

L

Por circular en bicicleta sin contar con elementos retrorreflectivos en pedales y ruedas, para facilitar su detección durante la noche Circular sin que el vehículo esté construido conforme a la más adecuada técnica de protección de sus ocupantes y sin elementos agresivos externos Ausencia de cinturones de seguridad o cabezales, o en cantidad insuficiente.

G
G

100 a 200
100 a 200
100 a 200
20 a 100
100 a 200
100 a 200
20 a 100

Susp
Inhab
20 a 100
20 a 100

No
No
-

351

No
No
2

316

No
No
-

310

No
No
2

319

G

100 a 200

Cantidad de ocupantes superior a la prevista por el vehículo.

MG

200 a 400

Sí 1 Sí 7

5

312

Circular con menores de diez años situados en los asientos delanteros de vehículo, salvo que utilicen dispositivos especiales homologados al efecto.

MG

200 a 400

Sí 1 Sí 7

5

339

Peso inadecuado a las vías transitadas o establecidas por la autoridad.

G

Sí 1 Sí 7

4

321

30

a.7 Vehículo con dimensiones inadecuadas a las vías transitadas.

G

a.7

Dimensiones del vehículo fuera de las establecidas por la autoridad.

G

30

a.7 Potencia inadecuada a las vías transitadas.

G

100 a 200
100 a 200
100 a 200
100 a 200

4

322

4

323

Sí 1 Sí 7

4

324

Sí 1 Sí 7

4

338

5

1604

110

c.1

40

i
Tratándose de una motocicleta o ciclomotor, sus ocupantes no lleven puestos cascos normalizados, y si aquellas no tuvieren parabrisas, su conductor no use anteojos.

G

100 a 200

40

j
Por no usar los ocupantes los correajes de seguridad reglamentarios
G

100 a 200

Sí 1 Sí 7

4

311

84

1

Circular con cubiertas con fallas o sin la profundidad mínima admisible de los canales en su banda de rodamiento.

G

100 a 200

Sí 1 Sí 7

5

329

30

a.4

G

100 a 200

Sí 1 Sí 7

4

307

G

100 a 200

No
No
4

1601

L

20 a 100

No
No
-

328

L

20 a 100

No
No
-

337

Sí 1

Sí 6
7

5

344

No
No
-

1320

No
No
-

1322

84

2

84

3

84

3

84

4

84

9

84

11

Ausencia de cubiertas neumáticas o de elasticidad equivalente.
A los conductores de velocípedos, ciclomotores y motocicletas, por conducir asidos de otros vehículos, o enfilados inmediatamente tras otros automotores Remolcar automotores sin los elementos correspondientes.
Remolcar automotores con vehículos no destinados a tal fin.
Sólo podrán hacerlo en caso de fuerza mayor utilizando elementos rígidos de acople y con la debida precaución.
Por circular con mas de un acoplado, salvo lo dispuesto para maquinaria especial o agrícola Por efectuar reparaciones en zonas urbanas, salvo arreglos de circunstancia, en cualquier tipo de vehículo Llevar animales de tiro, cargas o silla, cabezas de ganado aisladas, en manada o rebaño.

G

100 a 200

Sí 1 Sí 7
Sí 1 Sí 7

Circular con vehículos cuyas características técnicas no garanticen la seguridad vial
MG

L
G

83

2

Dejar animales sueltos en la zona de camino
84

10

Realizar venta de productos en zona de caminos.

L

38

Colocar obstáculos que comprometan la seguridad y/o fluidez de la circulación sin la debida autorización.

G

84

11

Por circular con bandas de rodamiento metálicas o con grapas, tetones, cadenas, uñas, u otro elemento que dañe la calzada salvo sobre el barro, nieve o hielo y también los de tracción animal en caminos de tierra
L

84

15

Circular con vehículos que posean defensas delanteras y/o traseras con enganches sobresalientes.

87

27
32

i.2

32

i.3

79

79
DESCRIPCION

L

30

CONDICIONES DE SEGURIDAD
Inc
L

MG

200 a 400
20 a 100
100 a 200
200 a 400
20 a 100
100 a 200

No
No
No
No
-

1323

No
No
-

1321

No
No
5

1304

20 a 100

No
No
-

301

L

20 a 100

No
No
2

345

Realizar publicidad por cualquier medio que incite a la velocidad excesiva, a la conducción temeraria, a situaciones de peligro o cualquier otra circunstancia que suponga una conducta contraria a los principios de la seguridad vial.

G

100 a 2000

No
No
-

1316

Instalar carteles de publicidad en lugares prohibidos.

G

100 a 2000

No
No
-

1317

No
No
-

1606

No
No
5

1607

1025

Adelantar, al vehículo precedente, cuando el mismo esté indicando con la luz de dirección izquierda la inconveniencia del adelantamiento.

Art
Por circular un vehículo sin contar el sistema de luces adicionales exigido Conducir automotor sin los caracteres identificatorios grabados indeleblemente.
Por circular sin portar, excepto las motocicletas, un matafuegos y balizas portátiles de acuerdo a la reglamentación
637

ADELANTAMIENTO
Art
Circular, los vehículos de tracción animal sin los artefactos de luz correspondientes, entre la puesta y la salida del sol
Circular, las bicicletas sin las luces correspondientes, entre la puesta y la salida del sol.
Circular las motocicletas en cualquier hora del día y por cualquier vía, sin llevar las luces encendidas.
No parar el motor cuando el vehículo se encuentre detenido en el interior de un túnel o en lugar cerrado aún cuendo el conductor no abandone su puesto.
No parar el motor del vehículo durante la carga de combustible, aún cuando el conductor no abandone su puesto.
Abrir las puertas antes de la completa inmovilización del vehículo.

G
G

100 a 200
100 a 200

L

20 a 100

No
No
-

342

L

20 a 100

No
No
-

343

L

20 a 100

No
No
-

347

Ptos
Cód.

5

306

44

Circular los vehículos de tracción animal, ciclos, ciclomotores o vehículos especiales en posición paralela entre sí.

L

20 a 100

No
No
2

613

-

1605

44

No circular por la banquina de su derecha o por la parte imprescindible de la calzada, los vehículos de tracción animal, los ciclos, los ciclomotores o los vehículos especiales, en el caso de que no exista vía o parte de la misma que le esté especialmente destinada a ello.

L

20 a 100

No
No
2

639

Sí 1 Sí 7

4

305

Sí 1 Sí 7

4

309

L

20 a 100

No
No
2

640

Sí 1 Sí 7

2

317

Sí 1 Sí 7

2

318

L

20 a 100

No
No
-

1211

-

320

54

Sí 1 Sí 7

No
No
No
No
78

44

82

Sí 1 Sí 7

4

325

56

Sí 1 Sí 7

4

326

82

-

327

82

No
No
No circular por la banquina de su derecha o por la parte imprescindible de la calzada los conductores de motocicletas, automóviles y camiones, que por razones de emergencia, transiten a velocidad anormalmente reducida, perturbando con ello gravemente la circulación.
Habiendo cruces a distinto nivel o senda para peatones, C cruzar la calzada el peatón por lugar diferente al indicado o señalizado.
Cruzar la calzada el peatón, violando la prioridad b.1
establecida por el semáforo.
En zona rural, no circular el peatón, por la banquina correspondiente al carril de sentido contrario.
En zona rural, cruzar la calzada el peatón, sin respetar la b.3
prioridad que poseen los vehículos.
b.4 Circular el peatón, por autopista.

L
L L
L

20 a 100
20 a 100
20 a 100
20 a 100

No
No
-

1214

No
No
-

1215

No
No
-

1216

No
No
-

1217

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/06/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date01/06/2010

Page count6

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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