Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/06/2010 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2

BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 20

Art
41

b
111

48

LEY CÓRDOBA

49

ALCOHOLEMIA

49

DESCRIPCION

Tipo
UF

Susp
Inhab
Ptos
Cód.

Conducir con tasas de alcoholemia superior a las admisibles.

MG

200 a 400

Sí 3

Sí 6
7

10

804

200 a 400

Sí 3

Sí 6
7

10

Sí 6
7

10

Inc
41

Conducir habiendo estimulantes u otras Negarse a realizar para determinar su drogas
Entablar competencias de velocidad en las vías públicas o de uso público, salvo que, con carácter excepcional, se hubieran autorizado Circular sin adecuar la velocidad de su vehículo a las condiciones físicas y psíquicas propias.
Circular sin adecuar la velocidad de su vehículo a las características del estado de la vía.
Circular sin adecuar la velocidad a las características de su vehículo y de su carga.
Circular sin adecuar la velocidad a condiciones meteorológicas y/o ambientales.

49

Codificador Córdoba Condordado
ingerido estupefacientes, psicotrópicos, sustancias análogas.
las pruebas expresamente autorizadas grado de intoxicación alcohólica o por
MG

G

De 100
Sí 1
a 200

CÓRDOBA, 1º de junio de 2010

49
78

Llevar abiertas las puertas del vehículo en movimiento.
Abrir las puertas o apearse del vehículo sin haberse asegurado previamente de que ello no implica peligro o entorpecimiento para otros usuarios.
Circular sin mantener la separación lateral suficiente de manera tal que el cruce con los vehículos que circulen en sentido contrario se efectúe con total seguridad.

802

78
1704

42

MG
G G
G G
L

84
43

Inc 14
1.f
39

DESCRIPCION
Circular con vehículos que emitan gases, humos, ruidos, radiaciones u otras emanaciones contaminantes del ambiente, que excedan los límites reglamentarios
Tipo G

No respetar las vías o carriles exclusivos.

G

Conducir sin ambas manos sobre el volante de dirección.

G

39

Conducir llevando personas, bultos o animales entre los brazos o a la izquierda del conductor.

G

39

Ceder el conductor a otro el control de la dirección.

G

31
52

2.c
56

2

54

a.8

43
47

74

3

74

1.b
74

1.b
74

1.a
5

49

56

2

49

1.g
27

72
49

93

f f
84

6

90

c
84
90
84

Quedar detenido con su vehículo en una intersección constituyendo un obstáculo para la circulación.
Por girar a la izquierda en vías de doble mano reguladas por semáforo sin señal que lo permita Circular sin ajustarse a las normas que establecen el uso de los carriles.
Circular por autopistas sin ajustarse a las normas establecidas para las mismas Circular sin llevar encendidas las luces de uso nocturno más las luces de niebla, cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad.
Circular con luz alta en zonas urbanas.
Circular con luz alta en zona rural cuando haya vehículos circulando en sentido contrario o cuando se transite detrás de otro vehículo.
No llevar encendida la luz baja, las luces de posición, y la luz de chapa de dominio, y en forma simultánea, los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol o a cualquier hora del día en rutas nacionales o provinciales en sus tramos interurbanos, en los túneles o demás tramos de vía afectados por la señal de uso obligatorio de luz baja.

Realizar movimientos zigzagueantes, caprichosos o intempestivos y/o frenadas bruscas Reducir considerablemente la velocidad de su vehículo salvo en caso de inminente peligro, poniendo en riesgo a otros usuarios o provocando el riesgo de colisión de los vehículos que circulan detrás suyo.
Penetrar con su vehículo en una intersección o en un paso para peatones, aún cuando goce de prioridad de paso, si la situación de la circulación es tal que, previsiblemente, pueda quedar detenido de forma que impida u obstruya la circulación transversal.

Estacionar o detenerse en autopistas o autovías.
Cruzar un paso a nivel ante la proximidad de un vehículo ferroviario y/o sin respetar las señales de advertencia.

72

93

G

Circular marcha atrás, salvo en los casos en que no sea posible marchar hacia adelante Efectuar la parada y/o el estacionamiento de manera que el vehículo obstaculice la circulación o constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, o que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor.

70

84

Por no respetar la señalización y las reglas pertinentes a la circulación en giros rotondas
No guardar distancia prudente del vehículo que lo precede.

63

71

G

Por circular a contramano, sobre los separadores de tránsito o fuera de la calzada, salvo sobre la banquina en los casos permitidos.

42
48

Circular el vehículo sin exigencias mínimas de seguridad.

8
c 13

39

38
38

Detenerse a menos de 5 mts. de los rieles del ferrocarril cuando no hubiere barrera.
Detenerse obstaculizando el libre movimiento de las barreras y/o sobre los rieles del ferrocarril.
Circular en caminos, los ómnibus y camiones entre sí a una distancia menor a cincuenta metros.
Transportar animales o sustancias nauseabundas en infracción a las normas reglamentarias.
Transportar arena y/o aserrín y/o escombros y/o grava y/o tierra y/o cualquier carga a granel o polvorienta en vehículos no destinados a ese fin.
Transportar residuos que difundan olor desagradable, emanaciones nocivas o sea insalubre Transportar carga o elemento que afecte las condiciones aerodinámicas del vehículo.
Transportar carga o elemento que oculte indicadores, las luces y/o perturbe la visibilidad.
Transportar carga o elemento que sobresalga los límites permitidos.
Usar la bocina o señales acústicas; salvo en caso de peligro, y/o tener el vehículo sirena o bocina no autorizadas Conducir utilizando auriculares y/o sistemas de comunicación de operación manual. Se permite el uso de teléfonos manos libres.
Se prohíbe el uso y el emplazamiento de pantallas de televisión en todo tipo de vehículos, que permitan la visualización de imágenes desde la posición del conductor.
No señalizar la colocación y/o existencia de obstáculos en la vía pública.
Por circular con vehículo de emergencia en infracción a las normas establecidas para los mismos.
Por utilizar franquicia de tránsito no reglamentaria, o usarla indebidamente
98
100

L
G G
G

G

UF
100 a 200
100 a 200
20 a 100
100 a 200
100 a 200
100 a 200
100 a 200
20 a 100
100 a 200
100 a 200
100 a 200
100 a 200

Susp
Inhab
Ptos
Cód.

No
No
4

304

No
No
4

607

No
No
2

1301

Sí 1

No
4

1302

Sí 1

Sí 6

4

1303

No
No
4

1315

Sí 4

Sí 6
7

4

906

No
2

919

4

410

5

611

5

610

4

332

No Sí 4
Sí 1
Sí 1

Sí 6
7 Sí 6
7 Sí 6
7 Sí 7

Sí 1

Sí 7

4

335

MG

200 a 400

Sí 1

Sí 7

4

336

Sí 1

Sí 7

4

MG

200 a 400

Sí 1

Sí 6
7

10

601

G

100 a 200

Sí 1

Sí 6
7

4

605

G

100 a 200

Sí 1

Sí 6
7

4

506

G
G

20 a 100
100 a 200
100 a 200

L

20 a 100

L

20 a 100

G

100 a 200

G
G MG
G G

100 a 200
100 a 200
200 a 400
100 a 200
100 a 200

No
No
2

921

629

5

630

4

631

G

47

3

En autopistas, estacionar o detenerse para ascenso y descenso de pasajeros, o para efectuar carga y descarga de mercaderías, fuera de las dársenas construidas al efecto.

47

4

Sí 1

Sí 1
Sí 1

No No
5

1404

5

608

5

1810

5

1811

100 a 200
100 a 200
200 a 400
100 a 200
20 a 100

Sí 1

No
No
100 a 200

No
No
MG

200 a 400

No
No
5

1307

G

100 a 200

No
No
4

1305

G
G MG
G L
G

G
G

100 a 200
100 a 200

Sí 1

No
5

1818

Sí 1

No
5

1813

Sí 1

623

G

100 a 200

Sí 1

Sí 7

4

624

G

100 a 200

Sí 1

No
2

625

G

100 a 200

Sí 1

Sí 6
7

4

634

4

638

G
G

2

643

4

644

Utilizar el carril de deceleración en forma incorrecta.

G

Utilizar el carril de aceleración en forma incorrecta.

G
G

MG

200 a 400

Sí 1

Sí 6
7

10

1102

102

c
No denunciar el accidente ante la autoridad de aplicación.

No
No
2

1103

Sí 1
Sí 1

Sí 6
7 Sí 6
7

4

645

Sí 1

Sí 6
7

4

730

No
No
-

805

39

Conducir fumando.

L

20 a 100

No auxiliar o no solicitar auxilio para atender a las víctimas, o no prestar colaboración para evitar mayores daños o peligros cuando se esté implicado en un accidente de tránsito, lo presencien o tengan conocimiento de él.

G

100 a 200

Sí 1

Sí 6
7

5

1106

Circular sobre zonas cebreadas.

G

100 a 200

Sí 1

Sí 7

2

731

No cumplir con la imposición legal de la señal R-101 Entrada prohibida. Contramano.

MG

200 a 400

Sí 1

Sí 6
7

10

2902

No cumplir con la imposición legal de la señal R-300
Separación mínima.

MG

200 a 400

Sí 1

Sí 6
7

10

2922

No cumplir con la imposición legal de cualquier señal Reglamentaria que no esté codificada individualmente.

G

100 a 200

Sí 1

No
5

2923

No cumplir con el comportamiento vial impuesto por la señal P-21 escuela o niños.

MG

200 a 400

Sí 5

Sí 6
7

10

1208

DESCRIPCION
Tipo No respetar la prioridad de paso en intersecciones reguladas MG
por señales.
No respetar la prioridad de paso de la derecha en G
intersecciones no reguladas por señales.

UF
200 a 400
100 a 200

Susp
Inhab Sí 6
7 Sí 6
Sí 4
7

Ptos
Cód.

Sí 4

10

910

5

911

No respetar la prioridad de paso de la vía pavimentada cuando se accede desde una vía sin pavimentar.

200 a 400

Sí 6
7

10

912

10

914

1

PRIORIDAD
Art
Inc
52

1

52

2
2.a
MG

G

Fugarse o no detenerse inmediatamente habiendo participado en un accidente.

100 a 200
100 a 200
100 a 200

G

a
626

Sí 6
7

No respetar la prioridad de paso.

102

2

Sí 1

803

108

619

No
100 a 200

4

2

4

Sí 1

G

330

No
Sí 1

642

-

No
618

5

G

2302

4

Sí 6
7

Sí 6
7

MG

5

Sí 1

Sí 1

No respetar las indicaciones de la autoridad de comprobación o aplicación competente.

No
100 a 200
100 a 200

Sí 1

Sí 6
7 Sí 6
7

100 a 200

56

No
100 a 200
100 a 200

Sí 1

G

89

5

1101

G

4

1815

No
2

G

Sí 7

MG

No
20 a 100
100 a 200
100 a 200

Sí 1

No ceder el paso a los vehículos que posean la prioridad.

No
L

100 a 200

No ajustarse, el conductor del vehículo que haya de ceder el paso al comportamiento especificado para tal caso.

1814

Sí 1

622

52

5

Sí 1

Sí 6
7 Sí 6
7 Sí 6
7

633

G

52
Sí 6
7

Sí 1

4

G

721

Sí 1

Sí 1

4

Invertir el sentido de marcha en un lugar prohibido.

2

1403

100 a 200
100 a 200
100 a 200
100 a 200

Sí 1

Sí 7

62

No
5

100 a 200
100 a 200
100 a 200

Sí 1

62

No
Sí 6
7 Sí 6
7 Sí 6
7

G

Efectuar el cambio de sentido en lugares de la vía donde haya línea longitudinal continua.

Dec.
Anexo A1
Dec.
Anexo A1
Dec.
Anexo A1
Dec.
Anexo A1
Dec.
Anexo A1

20 a 100

e
Circular por autopistas por el carril extremo izquierdo cuando no se esté realizando una maniobra de adelantamiento.

602

Sí 1

346

4

G

2

2

1402

512

2

620

47

Sí 7

5

4

No
621

G

Sí 1

Sí 4

Sí 7

No
2

G

86

Sí 6
7

Sí 1

4

G

En zonas urbanas, cambiar sucesivamente de un carril a otro.

502

725

511

Sí 6
7 Sí 6
7 Sí 6
7

G

Circular por las autopistas con vehículos de tracción animal, ciclos, ciclomotores, y vehículos especiales.

5

2

4

612

1

Sí 7

No
Sí 7

5

1.e
Sí 1

No
510

Sí 1

Sí 6
7

47

No colocar las balizas reglamentarias cuando, por causa fortuita o de fuerza mayor, el vehículo o su carga quede detenido en la calzada o banquina.

4

Sí 1

43

b
509

Sí 7

100 a 200

G

58

4

Sí 1

G

Pisar o atravesar líneas longitudinales continuas.

a
Sí 6
7

348

1.e
58

Sí 1

2

1.g
Incorporarse a la circulación desde el borde de la calzada, desde otra vía, desde zonas de servicio o desde una propiedad colindante, poniendo en peligro a los demás usuarios, o no respetando la prioridad de paso de los demás vehículos.
Cuando la circulación esté detenida o en movimiento discontinuo, obstruir la maniobra del vehículo que pretende incorporarse a la circulación.

1325

No
43

En autopistas circular remolcando vehículos accidentados, con desperfectos mecánicos, etc., más allá de la primera salida de la autopista.
Girar a la derecha o izquierda para tomar otra vía o calzada, o para salir de la misma sin advertirlo a los demás usuarios, o sin hacerlo con la suficiente antelación.
No respetar la norma establecida para el caso de congestionamiento.
Efectuar el cambio de sentido en una autopista o autovía, salvo que se efectúe en un lugar habilitado para tal efecto.

20

No
43

75
L

Circular sobre las líneas longitudinales de cualquier tipo.
Circular por la banquina, salvo por emergencia o por velocidad inferior a la mínima.
No circular permanentemente en un mismo carril y por el centro de éste.

Sí 6
7

20 a 100

No advertir anticipadamente con la luz de giro, la intención de cambiar de carril.

58

L

107

1.e
58

No suministrar en caso de accidente datos de la licencia de conductor a la autoridad interviniente y/o a la otra parte.

d
43

341

b
102

1

62

102

No comparecer habiendo participado en un accidente, a declarar habiendo sido citado.
No comparecer ante la autoridad de juzgamiento o de investigación cuando se es citado.

43

77

200 a 400

100 a 200

1.g
76
Sí 1

MG

G

43

100 a 200
100 a 200
100 a 200
100 a 200
20 a 100

Sí 1

L

CIRCULACION
Art
200 a 400

52

1

2

52

2.a
No respetar, los vehículos procedentes de una vía no pavimentada, la prioridad de paso los vehículos que circulen por una vía pavimentada.

52

2.d
No ceder el paso al vehículo que sale del paso a nivel
G

52

2.b
No respetar la prioridad de los vehículos ferroviarios.

G

52

2.c
No respetar la prioridad de rotondas
G

55

1.a
55

1.b
55

1.c 2

No
No
5

1104

55

No
No
2

1702

57

No ceder el paso a los peatones en las esquinas o en las sendas peatonales, cuando el cruce no esté regulado por semáforo o autoridad de control de tránsito Al girar en una esquina o intersección, no ceder el paso a los peatones que estén cruzando por la vía a la que se pretende acceder.
Al ingresar o cruzar una banquina, no ceder el paso a los peatones que se encuentren circulando por ella.
Al ingresar o cruzar zonas áreas peatonales, no ceder el paso a los peatones.
No tomar todas las medidas a su alcance para facilitar el avance de los vehículos en servicio de urgencia.

200 a 400
200 a 400
100 a 200
100 a 200
100 a 200
100 a 200
100 a 200
100 a 200

MG

200 a 400

MG

200 a 400

MG
MG
G

200 a 400
200 a 400
100 a 200

Sí 4
Sí 4
Sí 4

Sí 6
7 Sí 6
7

5

915

No
No
4

1701

Sí 4

Sí 6
7

5

901

Sí 4

Sí 6
7

5

912

5

1405

5

1406

Sí 4
Sí 4
Sí 4

Sí 6
7 Sí 6
7 Sí 6
7

5

906

Sí 1

Sí 6
7

10

1203

Sí 1

Sí 6
7

10

1204

10

1205

10

1206

5

920

Sí 1
Sí 1
Sí 4

Sí 6
7 Sí 6
7 Sí 6
7

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/06/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date01/06/2010

Page count6

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2010>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930