Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/06/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 1º de junio de 2010

SISTEMA DE RECUPERO DE PUNTOS

Cursos oficiales de Se recuperan hasta cuatro 4
seguridad vial cada puntos, y no más de los dos 2 años.
puntos perdidos.

Clase F
Clase G

PROVINCIA DE CÓRDOBA

Ítem
CONCORDADO CON LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Y CON EL CONSEJO FEDERAL DE
SEGURIDAD VIAL

Saldo de puntos Ley
20
Texto Ordenado 8560 y sus Modificatorias
Sanciones por Leve: 0 - 2 ptos.
Grave: 2 - 4 - 5 ptos.
Tipo de Infracción Muy Grave: 5 - 10 - 20 ptos.

Clase de Licencia Clase A
Clase B
Clase C
Recupero puntos en pérdida parcial
Clase D
Clase E

Condición
Recupero
En general, por transcurso de tiempo sin cometer infracciones: dos 2 años sin sanciones firmes en vía administrativa se recupera el saldo total.
Inhabilitación Temporal. Primera vez: 6 meses para Licencias Clases A, B, F, G, y 3
meses para Licencias Clases C, D y E.
Inhabilitación Temporal. Seguda vez: 12 meses para Licencias Clases A, B, F, G, y Pérdida total de 6 meses para Licencias Clases C, D y E.
puntos:
Inhabilitación Temporal. Tercera vez: 18 meses para Licencias Clases A, B, F, G, y Sanciones /
9 meses para Licencias Clases C, D y E.
Inhabilitaciones Inhabilitación Temporal. Cuarta vez: 36 meses para Licencias Clases A, B, F, G, y 18 meses para Licencias Clases C, D y E.

Al recuperar la Licencia después de la inhabilitación, se retoma con saldo de 20
puntos.

Inhabilitación Permanente. Quinta vez.

Cursos oficiales de Se recuperan hasta cuatro 4
seguridad vial cada puntos, y no más de los dos 2 años.
puntos perdidos.

Beneficios en la Al renovar licencia, si no tuvo quita de puntos en los dos últmos años, se le asigarán 2 puntos más al Renovación saldo.
Licencia
Cursos oficiales de Se recuperan hasta cuatro 4
seguridad vial cada puntos, y no más de los un 1 año.
puntos perdidos.

La administración del sistema de puntos se realizará mediante el RePAT.

VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 209

suma de Pesos Un Mil Doscientos Ochenta $ 1.280 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-66987/2010 por todo concepto sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Un Mil Doscientos Ochenta $ 1.280 a la Jurisdicción 1.01, Programa 5/0, Partida Principal 03, Partida Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2010/000365, Ejercicio 2010, que certifica la reserva presupuestaria pertinente, a los efectos de atender la presente erogación.
ARTÍCULO 3.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por el señor MOTTA, Tomas Roberto, D.N.I. N
7.856.567 por la suma de Pesos Dos Mil Ochocientos Setenta $
2.870 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-67058/2010 por todo concepto sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 4º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Dos Mil Ochocientos Setenta $ 2.870 a la Jurisdicción 1.01, Programa 5/0, Partida Principal 03, Partida Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2010/000384, Ejercicio 2010, que certifica la reserva presupuestaria pertinente, a los efectos de atender la presente erogación.
ARTÍCULO 5.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por el señor ERRASQUIN, Lisandro, D.N.I. N
29.086.259 por la suma de Pesos Un Mil Ochocientos $ 1.800
y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-66624/2010 por todo concepto sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 6º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Un Mil Ochocientos $ 1.800 a la Jurisdicción 1.01, Programa 5/0, Partida Principal 03, Partida Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2010/000385, Ejercicio 2010, que certifica la reserva presupuestaria pertinente, a los efectos de atender la presente erogación.
ARTÍCULO 7º.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por la señora Ilda Flora Lizarraga, D.N.I. N
10.651.636, en su carácter de Gerente de la firma Avan Med S.R.L., por la suma de Pesos Tres Mil Novecientos $ 3.900 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-66936/2010 por todo concepto sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 8º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Tres Mil Novecientos $ 3.900 a la Jurisdicción 1.01, Programa 5/0, Partida Principal 03, Partida Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2010/000423, Ejercicio 2010, que certifica la reserva presupuestaria pertinente, a los efectos de atender la presente erogación.
ARTÍCULO 9.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección Gene-

Los cursos oficiales de seguridad vial son los establecidos por la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, debiendo notificarse al RePAT cuando se haya aprobado el curso a los fines de registrar la recuperación de los puntos.

ral de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN


Resolución Nº 228

Córdoba, 11 de mayo de 2010

VISTO: El expediente N 0165-083971/2010 del Registro de la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto Nº 150/04 Reglamentario de la Ley Nº 9086, modificado por Decreto N 1966/2009, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de la Resolución pertinente.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial N
9086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y la normativa citada;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- FORMALÍZANSE las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el reporte compactado, que incluye el Documento de Modificación de Crédito Presupuestario Nro. 1, que como Anexo I, compuesto de dos 2 fojas útiles forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLICESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS
RESOLUCION N 01 - 19/01/2010 - APLICAR al Sr.
FLORENCIO ALEJANDRO MATEOS, titular de una cantera ubicada en el Km. 15 ex 21 de la Ruta Provincial nº 5, Dpto. Santa María, Provincia de Córdoba, por incumplimiento de la normativa contenida en el Art.
173º Ley 5589 y Resoluciones 432/04; 666/06 y 515/
07, una multa de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA $ 3.480,00, prevista en el Art. 275º del Código de Aguas de la Provincia, por incumplimiento de la normativa contenida en el Art. 173º de la citada Ley y Resolución nº 375/06. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de DIEZ l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial y que de persistir en la omisión de la colocación del dispositivo de medición se aplicará el Art. 276º del mismo cuerpo legal y se procederá a la suspensión del uso del agua, mediante el precintado de la perforación. s/ Expte. N 0416-038393/04.RESOLUCION N 02 - 19/01/2010 - APLICAR al Establecimiento PARADOR TIO JOE, de propiedad del Sr. José Rossi y/o quien resulte responsable legal de mismo, sito en la zona rural de la Comuna de Mayu Sumaj, una multa diaria de PESOS TREINTA
Y CUATRO CON OCHENTA CENTAVOS $ 34,80, hasta tanto la infracción subsista, esto es hasta que cumplimente con lo requerido oportunamente a los fines de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales conforme al Decreto nº 415/99 y su modificatorio nº 2711/01, bajo apercibimiento de perseguir su cobro por vía judicial, de ordenar el cese definitivo del vertido y de efectuar la pertinente denuncia penal en caso de persistir en el incumplimiento.NOTIFICAR a la COMUNA DE MAYU
SUMAJ que el citado Establecimiento NO HA
CUMPLIMENTADO con la normativa legal de la Provincia, conforme a las constancias de estos actuados y al texto de la presente Resolución, expresando además que el mantenimiento y otorgamiento de habilitación corre por exclusiva cuenta y responsabilidad de la Municipalidad en función de los deberes y obligaciones que le son propios en dicha materia, entre los que se deben incluir garantizar en todo momento el cumplimiento de la normativa provincial vigente.s/ Expte. N 0416050306/07.RESOLUCION N 03 - 19/01/2010 - DEJAR SIN
EFECTO, en todas sus partes, la Resolución nº 427, de esta Subsecretaría de Recursos Hídricos, de fecha 22 de Septiembre de 2009 por la cual se le impusiera una multa a la Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos de Piquillín Ltda., atento las razones antes expresadas. s/ Expte. N 0416-032075/02.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/06/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date01/06/2010

Page count6

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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